Anonymous Escribio: |
Salvo que la cantidad sea mucha yo lo haría sin decírselo a nadie y me ahorraría todos los impuestos.
Otra forma seria que te lo prestase mediante un contrato privado. Dentro de cinco años decís que te se lo has devuelto poco a poco y habéis cumplido. |
hola, eligas la opción que eligas, tienes que presentar los documentos de impuestos de transmisiones patrimoniales y AJD, estando EXENTA de impuestos, es decir, de pagar.
-Recuerda que el tratamiento que hace Hacienda no cambia sea quién sea el prestatario, a la hora de desgravar IRPF, se considera también financiación. Se puede fijar en un contrato privado que el tipo de interés será al 0%
-Para aprovechar la deducción, el importe íntegro se tiene que destinar a la compra de vivienda.
-Otra opción es la posibilidad de devengo y cobro de intereses a los 2 años y un día, para acogerse a la reducción del 40%, pero es más complicada yhay que ajustar los números y cuentas.
En resumen, se puede hacer préstamos entre particulares, pero hazlo bien, como por ejemplo: contrato privado,que las cuotas se devuelvan, que tengas patrimonio suficiente para devolverlo, cuentas corrientes diferentes que justifiquen los pagos,etc. Si te investigan, te pueden imputar la evitación del pago de impuestos, con lo que acarrea.
saludos