Foro de Hipotecas y otros Prestamos: Foro donde se discuten Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con Prestamos, tanto Hipotecarios como de otro tipo, realizados por Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras
Este documento es un modelo para dirigirse al servicio de atención al cliente. La demanda es otra cosa.
Ok, es cierto. Hacerlo con Ocu son 242 euros más el 20% del importe que te devuelva el banco.
- Por lo que he leído, si la cantidad a reclamar es inferior a 2.000€ no necesitas abogado ni procurador, redactas la demanda y la presentas en el juzgado.
- Si no sabes o no tienes alguien que lo haga y no quieres pagar nada (ej: OCU) hasta ganar la demanda, hay bufetes que no cobran nada y sólo cobran si se gana la demanda.
Por eso ofrecía mi modelo de demanda para reclamación de importes inferiores a 2000, para presentarla uno mismo en el juzgado. Como he trabajado en ellas muchas horas, pensaba en cobrar una pequeña cantidad. Hasta ahora he recibido unas treinta preguntas de asesoramiento y ninguna propuesta de compra.
Alguien sabe cuanto cobran los de arriaga asociados? En su web pone que si pierden, ellos pagan los costes, pero no se cuanto cobran o con cuanto se quedan si ganan. .. ¿alguna opción mejor?
En mi caso serían unos 1500€, ¿hacer tú la demanda es de verdad factible o mejor ir con abogado?
Yo les escribí pidiendo información. Copio y pego el mail de respuesta. Un saludo.
Buenos días,
Me pongo en contacto para llevar a cabo la valoración de su caso sobre los gastos de hipoteca.
La documentación necesaria a aportar es:
§ Escritura de hipoteca
§ Factura del NOTARÍA correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario.
§ La TASACIÓN de la vivienda
§ Factura del REGISTRO DE PROPIEDAD por la inscripción de la Hipoteca.
§ IMPUESTO DE ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS al que se encuentre sujeta y no exenta la Escritura de Préstamo Hipotecario.
§ Gastos de GESTORÍA, siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el Banco.
§ Acuerdo firmado con el banco, en su caso.
Puede enviar la documentación contestando a este email y haremos la valoración.
Las condiciones de contratación son:
HONORARIOS DEL ABOGADO. Los honorarios de Abogado por la tramitación del encargo efectuado se determinan como se expone a continuación:
A) En caso de resolución estimatoria con condena en costas a la parte contraria, Arriaga Asociados percibirá el 10% de las cantidades reclamadas, las costas procesales y los intereses legales devengados, descontando la provisión de fondos.
B) En caso de resolución estimatoria sin condena en costas a la parte contraria, los honorarios de Arriaga Asociados ascenderán al 15% de la cantidad recuperada o del perjuicio establecido por la sentencia, adicionalmente a la provisión de fondos inicial.
C) En caso de acuerdo, judicial o extrajudicial, que ponga fin a la reclamación objeto de este encargo, el cliente deberá abonar adicionalmente a la provisión de fondos, el 15% de la cantidad recuperada en concepto de honorarios de su abogado. Esta misma cantidad aplicará si una vez presentada la demanda, el cliente viese satisfecha su reclamación por cualquier causa o motivo distinto de los anteriores y que no implicara un desistimiento.
D) Si el procedimiento judicial se pierde sin o con condena en costas, quedará en poder de Arriaga Asociados la provisión de fondos y el cliente no tendrá que pagar ninguna otra cantidad. Arriaga Asociados asumirá las costas de la parte contraria.
Los honorarios correspondientes al presente encargo se liquidarán por Arriaga Asociados, cuando finalice el encargo por cualquiera de las formas previstas en la presente hoja de encargo. La obligación del pago de los honorarios nace desde el momento que la entidad bancaria consigna el pago en el juzgado, realiza el pago directamente al cliente, se amortiza o compensa el crédito.
FORMA DE PAGO. Para el inicio de los trabajos objeto de este encargo, el CLIENTE ingresará en concepto de provisión de fondos la cantidad de 100€.
Cualquier duda puede llamar al 900 264 600.
En mi caso es una escritura de compraventa con subrogación hipotecaria a la que ya tenían firmada los constructores. ¿tendría derecho a reclamar en este caso? porque en la escritura compadezco yo y la otra parte es la constructora, no el banco... Aunque sí se cita al banco en cuestión con el que se tiene la hipoteca
Yo les escribí pidiendo información. Copio y pego el mail de respuesta. Un saludo.
Buenos días,
Me pongo en contacto para llevar a cabo la valoración de su caso sobre los gastos de hipoteca.
La documentación necesaria a aportar es:
§ Escritura de hipoteca
§ Factura del NOTARÍA correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario.
§ La TASACIÓN de la vivienda
§ Factura del REGISTRO DE PROPIEDAD por la inscripción de la Hipoteca.
§ IMPUESTO DE ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS al que se encuentre sujeta y no exenta la Escritura de Préstamo Hipotecario.
§ Gastos de GESTORÍA, siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el Banco.
§ Acuerdo firmado con el banco, en su caso.
Puede enviar la documentación contestando a este email y haremos la valoración.
Las condiciones de contratación son:
HONORARIOS DEL ABOGADO. Los honorarios de Abogado por la tramitación del encargo efectuado se determinan como se expone a continuación:
A) En caso de resolución estimatoria con condena en costas a la parte contraria, Arriaga Asociados percibirá el 10% de las cantidades reclamadas, las costas procesales y los intereses legales devengados, descontando la provisión de fondos.
B) En caso de resolución estimatoria sin condena en costas a la parte contraria, los honorarios de Arriaga Asociados ascenderán al 15% de la cantidad recuperada o del perjuicio establecido por la sentencia, adicionalmente a la provisión de fondos inicial.
C) En caso de acuerdo, judicial o extrajudicial, que ponga fin a la reclamación objeto de este encargo, el cliente deberá abonar adicionalmente a la provisión de fondos, el 15% de la cantidad recuperada en concepto de honorarios de su abogado. Esta misma cantidad aplicará si una vez presentada la demanda, el cliente viese satisfecha su reclamación por cualquier causa o motivo distinto de los anteriores y que no implicara un desistimiento.
D) Si el procedimiento judicial se pierde sin o con condena en costas, quedará en poder de Arriaga Asociados la provisión de fondos y el cliente no tendrá que pagar ninguna otra cantidad. Arriaga Asociados asumirá las costas de la parte contraria.
Los honorarios correspondientes al presente encargo se liquidarán por Arriaga Asociados, cuando finalice el encargo por cualquiera de las formas previstas en la presente hoja de encargo. La obligación del pago de los honorarios nace desde el momento que la entidad bancaria consigna el pago en el juzgado, realiza el pago directamente al cliente, se amortiza o compensa el crédito.
FORMA DE PAGO. Para el inicio de los trabajos objeto de este encargo, el CLIENTE ingresará en concepto de provisión de fondos la cantidad de 100€.
Cualquier duda puede llamar al 900 264 600.
Gracias.
Yo les llamé y me pidieron los datos para tener una cita gratuita y sin compromiso con los abogados, pero no tenían hueco en agenda y me dijeron que me llamarían cuando tuvieran abierta más agenda.
Este documento es un modelo para dirigirse al servicio de atención al cliente. La demanda es otra cosa.
Ok, es cierto. Hacerlo con Ocu son 242 euros más el 20% del importe que te devuelva el banco.
- Por lo que he leído, si la cantidad a reclamar es inferior a 2.000€ no necesitas abogado ni procurador, redactas la demanda y la presentas en el juzgado.
- Si no sabes o no tienes alguien que lo haga y no quieres pagar nada (ej: OCU) hasta ganar la demanda, hay bufetes que no cobran nada y sólo cobran si se gana la demanda.
Todo está en el % que quieran cobrar al final pero si no sale adelante y no te conlleva gastos estaría muy bien.
A mi me lo va a llevar en Cáceres un abogado que me da por escrito que a mi no me cobra nada.
Que sólo gana los honorarios del juicio si condenan en costas al banco, en cuanto me dé el papel todo escrito empiezo el proceso y ya os diré.
Saludos a todos
Según lo expuesto referente al bufete 4rr14g4 as0c14d0s no sale gratis la demanda, lo mínimo que palmarás es la provisión de fondos, la cual inicialmente son 100€ pero eso no quita para que más adelante te pidan pagar más por provisión...claro este bufete cuenta con que la demanda va a ganarse al menos parcialmente (lo de los AJDs está por ver) y con ello el escenario más probable a día de hoy es que te cobren la/s provisión/es y el 15% de la cantidad ganada. En el caso de ganar la demanda completamente, el bufete pega el sablazo, debe serle poco ganar las costas y el 10% de lo ganado, sino que se lleva también los intereses de demora que en algunas hipotecas de muchos años puede ser muy suculento ya que los intereses de demora pueden ser del 10% anual.
A mi me parece un "robo", teniendo en cuenta que el trabajo que harán para un cliente va a ser el mismo al 80% que el de otro cliente y que juegan con las cartas marcadas una vez que se pronunció el Tribunal Supremo en favor de los clientes... A rio revuelto ganacia de estos tiburones, ya huelen la carnaza y muestran su apetito.
P.D. Según se comentó, al futbolista C4sill4s que tiene por castigo el dinero, aunq tiene fama de ser un rata, le salió gratis los servicios jurídicos de este bufete a cambio de ofrecer su imagen en los anuncios que se ven de este bufete.
Según lo expuesto referente al bufete 4rr14g4 as0c14d0s no sale gratis la demanda, lo mínimo que palmarás es la provisión de fondos, la cual inicialmente son 100€ pero eso no quita para que más adelante te pidan pagar más por provisión...claro este bufete cuenta con que la demanda va a ganarse al menos parcialmente (lo de los AJDs está por ver) y con ello el escenario más probable a día de hoy es que te cobren la/s provisión/es y el 15% de la cantidad ganada. En el caso de ganar la demanda completamente, el bufete pega el sablazo, debe serle poco ganar las costas y el 10% de lo ganado, sino que se lleva también los intereses de demora que en algunas hipotecas de muchos años puede ser muy suculento ya que los intereses de demora pueden ser del 10% anual.
A mi me parece un "robo", teniendo en cuenta que el trabajo que harán para un cliente va a ser el mismo al 80% que el de otro cliente y que juegan con las cartas marcadas una vez que se pronunció el Tribunal Supremo en favor de los clientes... A rio revuelto ganacia de estos tiburones, ya huelen la carnaza y muestran su apetito.
P.D. Según se comentó, al futbolista C4sill4s que tiene por castigo el dinero, aunq tiene fama de ser un rata, le salió gratis los servicios jurídicos de este bufete a cambio de ofrecer su imagen en los anuncios que se ven de este bufete.
Creo que no es así, si ganas con condena a costas a la parte contraria se quedarían con el 10% incluyendo los 100€ de la provisión + los intereses. En mi caso sobre unos 1500€ se quedarían con 100€ + intereses de unos 12 años, que eso es verdad que me repatea un poco porque parece un poco oscuro y engañoso, pero si no tienes abogado de confianza como es mi caso no lo veo mala opción.
Si ganas sin condena a costas sería el 15% +100€, en mi caso unos 250€ pero en este caso si me quedo con los intereses
Creo que no es así, si ganas con condena a costas a la parte contraria se quedarían con el 10% incluyendo los 100€ de la provisión + los intereses. En mi caso sobre unos 1500€ se quedarían con 100€ + intereses de unos 12 años, que eso es verdad que me repatea un poco porque parece un poco oscuro y engañoso, pero si no tienes abogado de confianza como es mi caso no lo veo mala opción.
Si ganas sin condena a costas sería el 15% +100€, en mi caso unos 250€ pero en este caso si me quedo con los intereses
Es así o se me escapa algo?
Me remito al post de "pin1" que ha aportado las condiciones supuestamente del bufete.
Si condenan al contrario en costas, es porque te han estimado la demanda totalmente, el bufete se lleva esas costas (pagadas por el contrario), y a ti te sacan ADEMÁS el 15% y los intereses de demora.
Pero si no condenan en costas al contrario, es porque te han estimado en parte tu demanda que probablemente sea porque no te han concedido la devolución de AJD que supone la mayor parte del montante que demandarías, es decir, que te concederían mucho menos de lo que has demandado y por otro lado pagarías al bufete el 10% de lo ganado más la provisión. Mención especial que indican explicitamente "provisión inicial" en cambio cuando hay costas para el contrario indican únicamente "provisión" lo que deja abierta la posibilidad de que te pudieran exigir varias provisiones durante el proceso, porque en mi opinión me extraña que si el proceso es largo se vayan a conformar con una única provisión de 100€. Si tu demandas 1500€ y te lo estiman parcialmente (sin costas al contrario) suponiendo que te estimen solo 500€ al final tendrías que pagar al bufete 175€ (100 + 75) lo cual resulta el 35% de lo que has ganado. Y no se habla de que ocurre si se recurre la sentencia...y los gastos que eso incrementa.
Yo lo veo un abuso, esas condiciones tendrían sentido si no hubiera habido sentencia del TS y entonces tuvieran que trabajrse mucho más a fondo el asunto pero teniendo ya la ayuda importante de esa sentencia la victoria es "segura", a falta de si te lo estiman parcial o totalmente. Para eso creo que es más rentable meterse en alguna asociación, los costes son inferiores y se hace más fuerza, ni decir tiene si debajo de 3000€ no hace falta abogado/procurador incluso. Yo lo veo así, en mi opinión.
Para eso creo que es más rentable meterse en alguna asociación, los costes son inferiores y se hace más fuerza, ni decir tiene si debajo de 3000€ no hace falta abogado/procurador incluso. Yo lo veo así, en mi opinión.
Es por debajo de 2000 cuando no hace falta abogado/procurador
Creo que no es así, si ganas con condena a costas a la parte contraria se quedarían con el 10% incluyendo los 100€ de la provisión + los intereses. En mi caso sobre unos 1500€ se quedarían con 100€ + intereses de unos 12 años, que eso es verdad que me repatea un poco porque parece un poco oscuro y engañoso, pero si no tienes abogado de confianza como es mi caso no lo veo mala opción.
Si ganas sin condena a costas sería el 15% +100€, en mi caso unos 250€ pero en este caso si me quedo con los intereses
Es así o se me escapa algo?
Me remito al post de "pin1" que ha aportado las condiciones supuestamente del bufete.
Si condenan al contrario en costas, es porque te han estimado la demanda totalmente, el bufete se lleva esas costas (pagadas por el contrario), y a ti te sacan ADEMÁS el 15% y los intereses de demora.
Pero si no condenan en costas al contrario, es porque te han estimado en parte tu demanda que probablemente sea porque no te han concedido la devolución de AJD que supone la mayor parte del montante que demandarías, es decir, que te concederían mucho menos de lo que has demandado y por otro lado pagarías al bufete el 10% de lo ganado más la provisión. Mención especial que indican explicitamente "provisión inicial" en cambio cuando hay costas para el contrario indican únicamente "provisión" lo que deja abierta la posibilidad de que te pudieran exigir varias provisiones durante el proceso, porque en mi opinión me extraña que si el proceso es largo se vayan a conformar con una única provisión de 100€. Si tu demandas 1500€ y te lo estiman parcialmente (sin costas al contrario) suponiendo que te estimen solo 500€ al final tendrías que pagar al bufete 175€ (100 + 75) lo cual resulta el 35% de lo que has ganado. Y no se habla de que ocurre si se recurre la sentencia...y los gastos que eso incrementa.
Yo lo veo un abuso, esas condiciones tendrían sentido si no hubiera habido sentencia del TS y entonces tuvieran que trabajrse mucho más a fondo el asunto pero teniendo ya la ayuda importante de esa sentencia la victoria es "segura", a falta de si te lo estiman parcial o totalmente. Para eso creo que es más rentable meterse en alguna asociación, los costes son inferiores y se hace más fuerza, ni decir tiene si debajo de 3000€ no hace falta abogado/procurador incluso. Yo lo veo así, en mi opinión.
Que recomendarías entonces? En la OCU creo que sale más caro todavía...
Muchas gracias por ponerse en contacto con nosotros. En respuesta a su cuestión, estos son nuestros honorarios y nuestra manera de trabajar:
Nuestros honorarios por este trabajo son los siguientes:
A) Vía amistosa: Si recuperamos su dinero sin demanda, mediante negociación con el banco: 100 € + IVA como provisión de fondos + 15 % + IVA de la cantidad recuperada.
B) Vía judicial: Si tenemos que demandar al banco:
A) Si el banco se allana a nuestra petición sin celebrar juicio: 15 % + IVA de la cantidad recuperada.
B) Si el banco no se allana y se celebrar juicio:
B1) Si no hay condena en costas al banco el 15% + IVA de la cantidad recuperada.
B2) Si hay condena en costas al banco: cobraremos las costas y usted no pagará nada más que los 100 € + IVA iniciales.
Nuestra intención es que usted recupere su dinero lo más rápidamente posible y, de no ser así, que no tenga que pagarnos nada al condenar el juez al banco en costas.
¿Por qué debería confiar en nosotros?:
1.- Siempre conocerá a su abogado, este será el mismo en todo el proceso y podrá llamarlo y visitarlo las veces que haga falta.
2.- Nuestro compromiso es por escrito, ante todo claridad en el servicio y tranquilidad para usted.
3- Solo cobramos cuando usted lo haga.
Tiene a su entera disposición este correo de contacto para cualquier cuestión.
.CCS Paseo de la Castellana, 59 Planta baja 28046 Madrid 91 0609739
Buenos Días,
Esta es la documentación que nos haría falta que nos remitiese de la hipoteca:
1. Escritura de hipoteca
2. Factura del notario
3. Factura del registro de la propiedad
4. Liquidación del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados
5. Honorarios de la gestoría.
El estudio no conllevaría ningún tipo de coste o compromiso. En caso de ganar, nosotros le cobraríamos un 15% de las cantidades recuperadas, pero siempre con posterioridad al momento en que usted recuperase el dinero.
Si quiere una cita puede llamar o bien al teléfono siguiente: 912 913 777
Por mi parte lo tengo claro:
1) Vía amistosa: lo reclamo a lo Juan Palomo en el banco a ver qué me dicen (o no me contestan en 2 meses desde la presentación de la reclamación al SAT). Lo poco o mucho que consiga no lo reparto con nadie...
2) Vía judicial: uso abogados que vayan a comisión, mejor darles el 15-20% que quedarme yo con el 100% de nada... (en cuanto a los 100 y pico euros como provisión de fondos para los gatos iniciales de presentar la demanda los doy por bien empleados ya que las posibilidades de ganar aunque sea parcialmente -que sólo reconozcan el 50% de los gastos de formalización- son muy altas.
La opción de presentar yo mismo la demanda por ser menor de 2000 euros aunque posible la descarto, no soy abogado ni quiero embarcar gratis a ningún abogado conocido al que al final tendría que agradecerle el favor con un regalo a la altura... Prefiero contratar los servicios de alguien y despreocuparme (por otra parte, tampoco me la quiero jugar presentando algo que luego por defecto de forma por hacerlo en plan "aficionao" y tirando de favores al final no consiga resultados).
Suerte a todos en cualquier caso a los que reclamen (el 10% según dicen de los afectados).
_________________ No me des, llévame dónde haya.
http://pastaextra.blogspot.com.es
Por mi parte lo tengo claro:
1) Vía amistosa: lo reclamo a lo Juan Palomo en el banco a ver qué me dicen (o no me contestan en 2 meses desde la presentación de la reclamación al SAT). Lo poco o mucho que consiga no lo reparto con nadie...
2) Vía judicial: uso abogados que vayan a comisión, mejor darles el 15-20% que quedarme yo con el 100% de nada... (en cuanto a los 100 y pico euros como provisión de fondos para los gatos iniciales de presentar la demanda los doy por bien empleados ya que las posibilidades de ganar aunque sea parcialmente -que sólo reconozcan el 50% de los gastos de formalización- son muy altas.
La opción de presentar yo mismo la demanda por ser menor de 2000 euros aunque posible la descarto, no soy abogado ni quiero embarcar gratis a ningún abogado conocido al que al final tendría que agradecerle el favor con un regalo a la altura... Prefiero contratar los servicios de alguien y despreocuparme (por otra parte, tampoco me la quiero jugar presentando algo que luego por defecto de forma por hacerlo en plan "aficionao" y tirando de favores al final no consiga resultados).
Suerte a todos en cualquier caso a los que reclamen (el 10% según dicen de los afectados).
Hipoteca de 2007 subrogada del promotor, donde se pagaron por escritura todos los gastos de mi parte. Luego en 2009 subrogamos la hipoteca con otra entidad (iBanesto, que corrio con todos los gastos). Que opciones veis de reclamar los gastos de formalización de la hipoteca en la primera entidad?
Ni que decir tiene que seguimos pagando la hipoteca en iBanesto-iSantander-Santander.
Reclamación entregada a la directora de Ibercaja, que me ha hechado bronca y lecciones de moral. Cuento que van a pasar de mi directamente, que no me van a contestar y me surgen dos dudas. Me espero 2 meses como máximo para esperar respuesta que no llegara, vale la pena hacer la reclamación al Banco de España para que medie?... No se si denunciar directamente?
Hipoteca de 2007 subrogada del promotor, donde se pagaron por escritura todos los gastos de mi parte. Luego en 2009 subrogamos la hipoteca con otra entidad (iBanesto, que corrio con todos los gastos). Que opciones veis de reclamar los gastos de formalización de la hipoteca en la primera entidad?
Ni que decir tiene que seguimos pagando la hipoteca en iBanesto-iSantander-Santander.
Saludos.
En plazo estás para ambas hipotecas, no sé por qué no te planteas reclamar también la segunda aunque sea subrogación, el razonamiento principal del juez que hay detrás de la famosa sentencia se basa en que el Banco es el principal interesado en asegurar y formalizar la operación, y por tanto es abusivo que el consumidor apenque con todo... Ergo es aplicable en principio para cualquier hipoteca, como si metes la de la 2ª o 3ª vivienda si la tuvieras
Siempre que se cumplan también el resto de condicionantes: que esté expresamente reflejado, etc.
_________________ No me des, llévame dónde haya.
http://pastaextra.blogspot.com.es
Reclamación entregada a la directora de Ibercaja, que me ha hechado bronca y lecciones de moral. Cuento que van a pasar de mi directamente, que no me van a contestar y me surgen dos dudas. Me espero 2 meses como máximo para esperar respuesta que no llegara, vale la pena hacer la reclamación al Banco de España para que medie?... No se si denunciar directamente?
Tienes que esperarte porque la posterior demanda debe incluir que has intentado llegar a un acuerdo por la vía amistosa y 1) no estás de acuerdo con la respuesta o 2) ante la falta de respuesta después de 2 meses, inicias entonces la reclamación judicial
Lo del Banco de España no vale nada más que para retrasar más el proceso, además sus resoluciones NO son vinculantes así que te daría la razón pero eso y ná...
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