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Hipoteca de 2007 subrogada del promotor, donde se pagaron por escritura todos los gastos de mi parte. Luego en 2009 subrogamos la hipoteca con otra entidad (iBanesto, que corrio con todos los gastos). Que opciones veis de reclamar los gastos de formalización de la hipoteca en la primera entidad?
Ni que decir tiene que seguimos pagando la hipoteca en iBanesto-iSantander-Santander.
Saludos.
En plazo estás para ambas hipotecas, no sé por qué no te planteas reclamar también la segunda aunque sea subrogación, el razonamiento principal del juez que hay detrás de la famosa sentencia se basa en que el Banco es el principal interesado en asegurar y formalizar la operación, y por tanto es abusivo que el consumidor apenque con todo... Ergo es aplicable en principio para cualquier hipoteca, como si metes la de la 2ª o 3ª vivienda si la tuvieras
Siempre que se cumplan también el resto de condicionantes: que esté expresamente reflejado, etc.
_________________ No me des, llévame dónde haya.
http://pastaextra.blogspot.com.es
Reclamación entregada a la directora de Ibercaja, que me ha hechado bronca y lecciones de moral. Cuento que van a pasar de mi directamente, que no me van a contestar y me surgen dos dudas. Me espero 2 meses como máximo para esperar respuesta que no llegara, vale la pena hacer la reclamación al Banco de España para que medie?... No se si denunciar directamente?
Tienes que esperarte porque la posterior demanda debe incluir que has intentado llegar a un acuerdo por la vía amistosa y 1) no estás de acuerdo con la respuesta o 2) ante la falta de respuesta después de 2 meses, inicias entonces la reclamación judicial
Lo del Banco de España no vale nada más que para retrasar más el proceso, además sus resoluciones NO son vinculantes así que te daría la razón pero eso y ná...
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Hipoteca de 2007 subrogada del promotor, donde se pagaron por escritura todos los gastos de mi parte. Luego en 2009 subrogamos la hipoteca con otra entidad (iBanesto, que corrio con todos los gastos). Que opciones veis de reclamar los gastos de formalización de la hipoteca en la primera entidad?
Ni que decir tiene que seguimos pagando la hipoteca en iBanesto-iSantander-Santander.
Saludos.
En plazo estás para ambas hipotecas, no sé por qué no te planteas reclamar también la segunda aunque sea subrogación, el razonamiento principal del juez que hay detrás de la famosa sentencia se basa en que el Banco es el principal interesado en asegurar y formalizar la operación, y por tanto es abusivo que el consumidor apenque con todo... Ergo es aplicable en principio para cualquier hipoteca, como si metes la de la 2ª o 3ª vivienda si la tuvieras
Siempre que se cumplan también el resto de condicionantes: que esté expresamente reflejado, etc.
¿Cuál es ese plazo?
Yo tenía una hipoteca con Bankinter constituida en 2002 que pasé a iBanesto (iBanesto->iSantander->Santander, ya sabéis) y que acabé de pagar en octubre del año pasado.
Tienen cuatro años de plazo para reclamar a contar desde la Sentencia, es decir, el 24 de diciembre de 2019; y para aquéllas que hayan sido abonadas, se podrá proceder a la reclamación, si el pago total se hizo cuatro años antes de la sentencia, es decir, desde el 23 de diciembre de 2011.
Sin embargo yo lo he consultado con un abogado y solo considera el límite del 24 de diciembre de 2019.
No entiendo el "sin embargo", tienes las 2 hipotecas en activo, no has cancelado ninguna ANTES del 23 de diciembre de 2011, tienes hasta el 24 de diciembre de 2019 para reclamar, supongo que no esperarás hasta el puente de diciembre para iniciar los trámites ¿no?
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No entiendo el "sin embargo", tienes las 2 hipotecas en activo, no has cancelado ninguna ANTES del 23 de diciembre de 2011, tienes hasta el 24 de diciembre de 2019 para reclamar, supongo que no esperarás hasta el puente de diciembre para iniciar los trámites ¿no?
Me refiero a que en el artículo de El País indica que, para aquéllas que hayan sido abonadas, se podrá proceder a la reclamación, si el pago total se hizo desde el 23 de diciembre de 2011 además del límite del 24 de diciembre de 2019.
En mi caso particular, yo solo tenía una que formalicé con Bankinter en 2002, que en 2010 subrogué a iBanesto y que finalicé en octubre de 2016.
Por eso me preocupa cómo podría considerar Bankinter mi reclamación si es que la fecha del 23 de diciembre de 2011 es realmente relevante y si Bankinter considera que, desde su punto de vista, mi hipoteca finalizó con ellos en 2010 cuando la subrogué a iBanesto.
La de Bankinter, siendo así, es difícil de defender, según el artículo 1301 del Código Civil: "La acción de nulidad sólo durará cuatro años. Este tiempo empezará a correr: En los de error, o dolo, o falsedad de la causa, desde la consumación del contrato". Pero hay abogados que defiendes la imprescriptibilidad de la acción de nulidad. Yo te diría que hay que tener cuidado con lo que se pide. Saludos.
Hipoteca de 2007 subrogada del promotor, donde se pagaron por escritura todos los gastos de mi parte. Luego en 2009 subrogamos la hipoteca con otra entidad (iBanesto, que corrio con todos los gastos). Que opciones veis de reclamar los gastos de formalización de la hipoteca en la primera entidad?
Ni que decir tiene que seguimos pagando la hipoteca en iBanesto-iSantander-Santander.
Saludos.
En plazo estás para ambas hipotecas, no sé por qué no te planteas reclamar también la segunda aunque sea subrogación, el razonamiento principal del juez que hay detrás de la famosa sentencia se basa en que el Banco es el principal interesado en asegurar y formalizar la operación, y por tanto es abusivo que el consumidor apenque con todo... Ergo es aplicable en principio para cualquier hipoteca, como si metes la de la 2ª o 3ª vivienda si la tuvieras
Siempre que se cumplan también el resto de condicionantes: que esté expresamente reflejado, etc.
Quizás no me he explicado bien. Solo he tenido una hipoteca para una vivienda. Entiendo que en 2007 cuando compré, me subrogue al préstamo que tenía el banco con el promotor.Ahí pagué gastos, y es en la que podría pensar en reclamar esos gastos. En 2009 realicé una subrogación de esa hipoteca con otra entidad que se hizo cargo de todos los gastos, por tanto, ahí no tengo nada que reclamar.
Mi duda es que como en 2009 la hipoteca con la primera entidad, por la que pagué gastos, quedó cerrada, no se si procede reclamación ya que han pasado más de 4 años. Qué creeis?
En una hipoteca con subrogación, cómo sabéis qué gastos corresponden a compraventa y qué gastos corresponden a préstamo hipotecario?
Tengo varias hipotecas de varias propiedades diferentes y con bancos diferentes.
En todos los casos hay escritura de compraventa con sus gastos (notaria, registro...) y otra escritura para el préstamo hipotecario con sus gastos (notaría, registro..).
Sin embargo hay una que es una subrogación, y en esa sólo hay una escritura. Además, en las facturas de notario y demás aparece todos los gastos juntos.
En una hipoteca con subrogación, cómo sabéis qué gastos corresponden a compraventa y qué gastos corresponden a préstamo hipotecario?
Tengo varias hipotecas de varias propiedades diferentes y con bancos diferentes.
En todos los casos hay escritura de compraventa con sus gastos (notaria, registro...) y otra escritura para el préstamo hipotecario con sus gastos (notaría, registro..).
Sin embargo hay una que es una subrogación, y en esa sólo hay una escritura. Además, en las facturas de notario y demás aparece todos los gastos juntos.
Cómo sé qué importes debo reclamar en ese caso?
Gracias.
Yo estoy como tú. He enviado los documentos a arriaga asociados para que me digan si es reclamable o no y según me digan decidiré si hacer algo o esperarme y si hacerlo con ellos o no...
Por cierto, no creéis que es mejor esperar un poco por si hace algún procedimiento extrajudicial como con las clausulas suelo?
Eso sería lo deseable para nosotros, pero me da que este caso es peor para los bancos que las cláusulas suelo, porque aquellas eran unas pocas y estas son casi todas, y no nos engañemos, el procedimiento para las cláusulas suelo se ha hecho para no seguir perjudicando los bancos con los gastos judiciales...
Alguien sabe que pasa con las hipotecas canceladas antes de 2011?
Yo soy socio de la Ocu, basicamente para pillar la tablet que regalan. ¿Me doy de baja o ellos me pueden ayudar para lo de los gastos de la hipoteca?(hipoteca con Bankia, ya acudí a arbitraje por lo de las preferentes en si día, que jarto con este banco. Esverdad que en este caso son TODOS los bancos...)
Qué plazos te dan... Se que depende del juzgado... Pero seguramente tu abogado te habrá dado de forma orientativa un posible periodo verdad?
En mi caso estoy a la espera de que la NO ATENCIÓN AL CLIENTE no me conteste, osea que pasen 2 meses desde que entregué la reclamación al superdire de la oficina... Una vez pasen los 2 meses abogado...
Eso sería lo deseable para nosotros, pero me da que este caso es peor para los bancos que las cláusulas suelo, porque aquellas eran unas pocas y estas son casi todas, y no nos engañemos, el procedimiento para las cláusulas suelo se ha hecho para no seguir perjudicando los bancos con los gastos judiciales...
Alguien sabe que pasa con las hipotecas canceladas antes de 2011?
Saludos.
¿Por qué puede reclamar todo el mundo?
• Se trata de supuestos de nulidad de pleno derecho y, por tanto, resulta irrelevante que el contrato de préstamo se encuentre ya amortizado o no vigente.
Yo no he usado abobado. Hay una corriente interpretativa que entiende que hay cuatro años para hacer la reclamación desde la cancelación.
Jules Escribió:
Sagara1977 Escribió:
Yo.
Qué plazos te dan... Se que depende del juzgado... Pero seguramente tu abogado te habrá dado de forma orientativa un posible periodo verdad?
En mi caso estoy a la espera de que la NO ATENCIÓN AL CLIENTE no me conteste, osea que pasen 2 meses desde que entregué la reclamación al superdire de la oficina... Una vez pasen los 2 meses abogado...
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