Foro de Fiscalidad de las Inversiones: En este foro se debatira sobre las repercusiones fiscales de las inversiones y se analizara el impacto de esta fiscalidad en la rentabilidad.
Efectivamente, muchisima gente no esta cayendo en el detalle de las compensaciones fiscales y con ello va a suponer unos ingresos extras para el Gobierno que no se yo si se lo esperaban o no. Lo que esta claro es que va a ser una perdida de dinero para todos aquellos no sepan ni de que se está hablando.
Efectivamente según mis calculos si lo que has aportado al prestamo hipotecario son unos 9000 euros, que es la cantidad que pones para desgravarte, según la legislacin antigua debería ser una devolución de unos 1800 euros redondeando por abajo, y con la nueva legislación son 1350 euros, por tanto la diferencia que se pierde por aplicación de la nueva legislación con respecto a la que ya teniamos son eso unos 450 euros, afirmativo.
Es desde luego de las compensaciones que mas dinero a perder va a suponer a la gente de no darse cuenta de estas compensaciones, pues el resto de compensaciones no suponen una cantidad tan alta, salvo el tema de los planes de pensiones, etc, pero en cuanto a depositos a mas de dos años, seguros de vida-ahorro, etc, no llegan a suponer tanto.
También estamos hablando de casi el tope en la desgravación de la vivienda, osea los 9000 euros pagados (el limite es 9015), pero que oye 450 euros son dinero, ¿o no?
Bueno, el que ya la haya echado o haya confirmado el borrador y ahora compruebe que efectivamente le faltan esos euros, puede hacer una complementaria, que debería igualmente hacersela HACIENDA, pero que sepan que el plazo es hasta el 30 DE JUNIO.
Un saludo.
Bueno entiendo que se tratará de la compensación por deducción de vivienda, porque existen otras compensaciones mas, pero explicar todas seria muy largo, así que te explico como va la compensación por deducción de vivienda, si quieres hacer los calculos por ti mismo para comprobar que está correcto:
Tienes que calcular lo que te resultaria la deducción con la anterior legislación en la que tenias los porcentajes incrementados del 20% y del 25%, sobre el 50% de la base de 9015 y el 50% restante al 15%, de todo ello obtienes lo que te corresponderia deducir, ejemplo A
Luego calculas para la misma cantidad a deducir pero sobre unicamente el 15% y el resultado es lo que saldria a deducir con la nueva Legislación, ejemplo B.
Bueno pues la diferencia de B menos A, es el resultante de la compensación que debe resultar en la casilla correspondiente de la Declaración.
Por norma general es mas deducción la legislación anterior que la actual, así que desde luego algo se obtiene para la compensación, por supuesto hasta los 4507 es cuando mas alta es la diferencia, pues anteriormente le corresponderia un 20 o un 25%, y actualmente solo le corresponde un 15%, lo que quiere decir que con la compensación deberias recuperar ese 5 o 10% que pierdes con lo nuevo.
Un saludo.
Yo en la casilla 737 tengo 170 euros yo y lo mismo mi mujer. Haber si lo podeis explicar algo mejor, para echar unas cuentas
Si tienes rellena la casilla 737 ya tienes hecho todo lo que dice manu.
El problema puede estar en que a veces hacienda no la rrellena por que considera que la vivienda se ha comprado después del 20 de enero de 2006
Hola,
lo mejor es hacer tu mismo los calculos, y lo que tiene que aparecer en dicha casilla 737, es la diferencia de lo que te deducirias con el sistema antiguo con respecto a lo que te deduces con el nuevo.
El calculo en si no tiene ninguna problema, claro que si no lo has hecho nunca es mas complicado, pero en si es calcular la deducción a la cantidad empleada en la vivienda habitual aplicando los porcentajes desaparecidos del 20 o del 25% a la parte de la cantidad que le correspondiese, que depende de cuanto sea, y al resto el 15%, de aquí obtienes un importe que es el que restas del importe que obtienes aplicando simplemente el 15% a toda la cantidad empleada en la vivienda.
Esa diferencia es la que debe reflejarse en la casilla 737 y la que minora la cuota.
Esta cantidad en la casilla sera mayor o menor según si te acercas mas o menos al limite legal de los 9015 euros.
Bueno a ver un ejemplo para que lo veas mas claro.
Desde el 01/01/07 el porcentaje de deducción por vivienda habitual es unicamente del 15% hasta un limite de 9015 euros anuales.
Antes la base eran 9015,16 euros de limite. En los dos primeros años de la compra la deducción por hasta los primeros 4507,59 euros era del 25% y el resto hasta los 9015,16 euros era al 15%.
A partir del segundo año, hasta los primeros 4507,59 euros era del 20% y el resto hasta los 9015,16 euros era al 15%.
Bien pues la compensación, casilla 737, es la diferencia entre el antes y el ahora.
Ejemplo, la vivienda la compras el 15 Enero 2006 y lo que has pagado de hipoteca durante el 2007 son 9000 euros.
ANTES: 4507,59 X 25%=1126,90 euros
9000-4507,59=4492,41 euros
4492,41 x 15%= 673,86 euros
A deducir serian 1126,90 + 673,86= 1800,76 euros
Por tanto son 450,76 euros lo que deberia aparecer en la casilla 737, y es lo que tu pierdes con la aplicación de la nueva fiscalidad vigente a partir del 2007, pero que por no perjudicar a los que se compraron su piso con la anterior fiscalidad, puedan todavia compensarse por la perdida que les ocasiona la nueva fiscalidad.
Un saludo.
Muchas gracias por tu respuesta y explicación. He echo cuentas y faltan 55 euros a mi y otros a mi mujer. No voy a reclamar porque tengo el prestamo para un local y el coche, lo abri al cancelar mi antigua hipoteca, la cual me desgrabe, y no quiero que me empiecen a tocar los h..... Mirandosela bien... Pero para el año que viene no aceptare tan rapido el borrador
Si, ademas como base de la deducción puedes incluir todo aquello a lo que el banco te ha obligado a contratar, como puede ser el coste del seguro de incendios o de hogar, o un seguro de vida, o seguro de cobertura, etc
Te pongo el ejemplo de un prestamo que ya esta funcionando un par de años y que ya estan pagados todos los tributos, notario, registro, etc en otros años, bueno pues para lo que es un prestamo normal de un año cualquiera, lo que se refleja como base pueden ser:
CAPITAL PAGADO+INTERESES PAGADOS+AMORTIZACIONES REALIZADAS+PAGO ANUAL SEGURO HOGAR o INCENDIO+ PAGO ANUAL SEGURO DE VIDA (si es impuesto por el banco)+ PAGO ANUAL SEGURO COBERTURA POR VARIACIONES DEL TIPO(impuesto por el banco su pago)+ Cualquier otro gasto te haya impuesto el banco para obtener el prestamo (por ejemplo incluso los gastos de correo de la correspondencia por los recibos de la hipoteca).
Un saludo.
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