Foro de Fiscalidad de las Inversiones: En este foro se debatira sobre las repercusiones fiscales de las inversiones y se analizara el impacto de esta fiscalidad en la rentabilidad.
Tengo varias dudas sobre los rendimientos del capital mobiliario:
Si tengo unos rendimientos por una cuenta bancaria inferiores a 1600 euros brutos anuales y unos ingresos por rendimiento del trabajo superiores a 22000 euros brutos anuales, reteniéndome la empresa lo que me corresponde:
- ¿Estoy obligado hacer la declaración de la renta? En caso afirmativo, si la empresa me ha retenido lo que me corresponde, ¿me devolverán la retención de los interes inferiores a 1600 euros? ¿o tendré que pagar?
Y si tengo unos rendimientos superiores a 1600 euros y rendimientos del trabajo superiores a 22000, ¿estoy obligado hacer la declaración, ¿tendré que pagar? ¿o me devolverán?
Señalar que soy soltero, sin hijos y sin vivienda propia, ni hipoteca.
Por culpa de tener mas de 22.000 euros en ingresos integros en tus rendimientos del trabajo, SI ESTAS OBLIGADO A PRESENTAR LA DECLARACION.
En cuanto si te saldria a pagar con los datos que me indicas, lo mas probable es que si, pero desde luego como obligacion tienes de hacerla, pues no te va a quedar mas remedio que llegar a saberlo.
No obstante yo de ti me iria preparando la declaracion del año 2008, antes de que acabe el año, para que asi te devuelvan cuando la hagas el año que viene.
Una de las maneras seria abrirte una cuenta vivienda, que te recomiendo que leas el apartado correspondiente en esta pagina, pero si no te ves comprando un piso de aqui a 4 años mejor olvida el consejo y buscate cualquier otro tipo de producto que te beneficie en la declaracion.
Un saludo.
Mira para rebajar los rendimientos del trabajo, por ejemplo pagar una cuota sindical, aumentar tu cotizacion a la Seguridad Social para una pension mayor, etc....
Por supuesto lo dicho antes de la cuenta vivienda, que es lo mejor para el dia de mañana contar como minimo con la entrada mas gastos.
Obtener hasta 1500 euros en dividendos, que estan exentos, y ademas los gastos si son deducibles.
Si tus padres son mayores o tiene alguna dependencia, demostrar que te haces cargo de ellos, segun tambien los ingresos de ellos.
No se es que asi a vote pronto no se me ocurren mas y tampoco se tus circunstancias, pero creo que lo mas aconsejable es lo de la cuenta vivienda si estas decidido a dar el paso.
Un saludo, no obstante ten en cuenta que el que te salga positiva no por los intereses, sino ya de por si solo con los ingresos, ya que es muy dificil que las empresas cuadren las retenciones de los empleados para que salga la declaracion a cero.
Un saludo.
Mira para rebajar los rendimientos del trabajo, por ejemplo pagar una cuota sindical, aumentar tu cotizacion a la Seguridad Social para una pension mayor, etc....
Por supuesto lo dicho antes de la cuenta vivienda, que es lo mejor para el dia de mañana contar como minimo con la entrada mas gastos.
Obtener hasta 1500 euros en dividendos, que estan exentos, y ademas los gastos si son deducibles.
Si tus padres son mayores o tiene alguna dependencia, demostrar que te haces cargo de ellos, segun tambien los ingresos de ellos.
No se es que asi a vote pronto no se me ocurren mas y tampoco se tus circunstancias, pero creo que lo mas aconsejable es lo de la cuenta vivienda si estas decidido a dar el paso.
Un saludo, no obstante ten en cuenta que el que te salga positiva no por los intereses, sino ya de por si solo con los ingresos, ya que es muy dificil que las empresas cuadren las retenciones de los empleados para que salga la declaracion a cero.
Un saludo.
Pero, ¿las empresas no están obligadas a cuadrar las retenciones a 31/12? Por eso, a final de año suelen meterte bastante más, aunque creo que tienen que ir revisándolo cada mes.
Hola, efectivamente estan obligadas a cuadrar las retenciones, pero se hace en base a los rendimientos que tuvistes el año pasado y los que se estima que vas a tener en el año en curso, cruadando el desvio cada cierto tiempo y por supuesto proximos al final de año, y si durante el año han existido variaciones en tu situacion que tu hayas comunicado a la empresa. Pero según las rentas que tu percibas, si dentro de ellas entran conceptos que son variables, ejemplo dietas, pues es mas dificil que resulte cuadrado, sino que mas bien se aproximara lo mas posible al cuadre.
No obstante en cuanto a ti, no existen problemas en cuanto a un exceso de retencion, siempre que no sea algo exagerado, pues en cuanto realices la declaracion deberias de recuperar el exceso de lo retenido.
El problema lo tiene la empresa con retenerte de menos, pues ahi si que si andas listo, puedes hacer constar en la declaracion la retencion que efectivamente deberia haberte hecho y entonces será Hacienda quien le tire de las orejas a tu empresa, ademas de reclamarle la diferencia, que no recupera de ti.
Un saludo
Página 1 de 1 - Tema con 5 Mensajes y 11708 Lecturas - Última modificación: 22/06/2008
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