gonso Escribio: |
karana Escribio: |
La retención a cuenta en estos casos de ingresos en especie es idéntico al criterio que se utiliza para calcular las retenciones en las nominas, que en cada caso será el que tenga que ser pero no necesariamente el 18 %. Esta retención estándar es de aplicación solo en productos financieros. |
Creo que te equivocas. Este tipo de obsequios se asimila a los intereses. De echo en mi información de la renta viene en ese apartado.
Por eso esta grabado con el 18% y eso es lo que ellos calculan para hacer el ingreso a hacienda.
Lo calculan mal, pero intentan calcular el 18%. Ese ha sido por lo menos mi caso con el regalo del vino. |
Tienes toda la razón, peo yo no he dicho que no sea así. De hecho, El importe del regalo que recibe un cliente bancario se considera a efectos fiscales rendimiento de capital mobiliario, sujeto a tributación y a ingreso a cuenta del 15%."Se integrará como rendimiento de capital mobiliario el resultado de incrementar al valor de mercado del regalo el ingreso a cuenta realizado a cargo de la entidad. El ingreso a cuenta se obtendrá del cálculo del 15% del valor de mercado de la retribución en especie". (Extraido de
revista.consumer.es/we... /70852.php). En tu caso representa un 15,24% (No se trata de un error de calculo). En mi caso 181,42 de ingreso y 27,66 de retenciones a cuenta. Total un 15,24%