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Exclamation Los pequeños inversores de Rumasa, los últimos en cobrar Compartir


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Miquel
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Envío Asunto: Los pequeños inversores de Rumasa, los últimos en cobrar   Compartir Responder citando
La solvencia de los pagarés emitidos por la compañía depende de si tienen garantías reales. Quienes optaron por participaciones no pueden reclamar.

Los inversores que confiaron sus ahorros a Nueva Rumasa podrían ser los últimos en recuperar su patrimonio si, finalmente, las empresas de la familia Ruiz-Mateos presentan el concurso de acreedores.

Anteayer, Dhul, Clesa, Carcesa, Hibramer, Garvey, Hotasa, Trapa, Quesería Menorquina, Elgorriaga y Rayo Vallecano optaron por acogerse al artículo 5.3 de la Ley Concursal, es decir, el preconcurso que otorga un plazo de hasta cuatro meses para negociar la refinanciación con los acreedores y blinda a la sociedad de reclamaciones anticipadas de deuda. Sólo con la banca, Nueva Rumasa afronta una deuda de 700 millones.

El proceso no paraliza procedimientos anteriores, como embargos preventivos o ejecuciones hipotecarias. Sin embargo, lo lógico es que Nueva Rumasa firme un acuerdo de stand-still (espera) que, en la práctica, detenga estos movimientos para poder negociar con tranquilidad y presentar un convenio anticipado de acreedores, según explican los juristas consultados.

Dos vías
En esta situación, los inversores particulares juegan un papel clave. Los ahorradores han podido invertir en las empresas de los Ruiz-Mateos por dos vías: los pagarés corporativos y las participaciones en empresas.

Entre febrero de 2009 y hasta mediados de abril de 2010, Nueva Rumasa emitió pagarés corporativos de diferentes empresas. La familia habla de cinco mil partícipes aunque no ha desvelado el importe captado, por lo que la realidad de la situación es un misterio. Para evitar la calificación de emisión pública, la inversión mínima ascendía a 50.000 euros. En este caso, la solvencia de los pagarés emitidos dependerá de la existencia o no de garantías reales.

Cada inversor tuvo la oportunidad de negociar de forma particular con la familia y aquéllos que consiguieron una hipoteca sobre alguno de los bienes de las empresas gozarán de mayor protección. Así, si se presenta el concurso de acreedores, tendrán la condición de crédito privilegiado. Mientras, los que sólo cuenten con el papel comercial estarán en situación de crédito ordinario y, por tanto, tendrán más complicado el cobro.

De todos modos, los inversores particulares se situarán por detrás de la Tesorería de la Seguridad Social y Hacienda. En el caso de las hipotecas, la preferencia en el ejercicio de su derecho la ostenta el que primero la concedió. Por eso, las entidades financieras que otorgaron préstamos a las empresas se situarán por delante de los minoritarios, si la garantía se concede sobre el mismo bien.

Desde que Nueva Rumasa optó por esta fórmula de financiación, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) lanzó sucesivas advertencias a los inversores. Ante la imposibilidad de actuar, el Gobierno decidió pasar a la acción. El 14 de abril, cambió la legislación y obligó a que las emisiones públicas de pagarés (aquéllas con publicidad) contaran con la participación de un intermediario financiero, entidad que sí está supervisada por la CNMV.

Nueva Rumasa negoció con M&G Valores e, incluso, llegó a anunciar un acuerdo, aunque desde la firma de inversión aseguran que nunca se llegó a rubricar un contrato porque “no tenía interés para nosotros”. Según fuentes del sector, no consiguió encontrar un intermediario porque una de las misiones de este tipo de compañías es advertir del riesgo de las operaciones a los inversores y muchos tenían dudas de poder llegar hasta el fondo en las cuentas de las sociedades que emitían los pagarés.

Participaciones
Ante la imposibilidad de emitir pagarés y acuciada por la falta de liquidez, Nueva Rumasa cambió su fórmula de financiación. En abril de 2010, optó por ampliar el capital de sus empresas, como Clesa (sociedad limitada), a través de participaciones.

En esta ocasión, la inversión mínima por partícipe se rebajó a 3.300 euros. La CNMV advirtió, en esta ocasión, de la iliquidez de las participaciones. Los inversores que optaran por esta modalidad deben tener en cuenta que no son acreedores de la empresa, sino accionistas, y, por tanto, no tienen ningún derecho a reclamar su inversión. “La diferencia con el pagaré es radical”, subraya un jurista.

En opinión de los analistas bursátiles, las advertencias de la CNMV y los altos tipos de interés ofrecidos eran signos de alerta suficiente para que cada inversor valorara si quería o no asumir el riesgo.

Fuente Expansión.com
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