Ashcroft28 Escribio: |
Selfbank dice
Quote:: |
"Estimado cliente,
Informarle que no tiene que volver a "pagar" a hacienda, pero debe anotar los ingresos por la promoción y la correspondiente retención ya la ha efectuado Self Bank por usted tal como puede comprobar en su cuenta
Esperamos que la presente información le sirva de orientación y se ajuste a
la respuesta de su demanda.
Quedamos a su disposición para cualquier duda o consulta (902 888 888)
Atentamente,
www.selfbank.es" |
Es lo que me han respondido |
NI MIENTEN NI DICEN LA VERDAD.
Me explico,
supongamos que tienes tu tipo marginal en el 31%, si lo hubiesen figurado como intereses en especie, tu declaracion quedaria:
-rendimientos de capital 60€
-cuota liquida (19% sobre rendimientos del capital) 11,40€
-retencion efectuada 11,40€
-cuota diferencial (a pagar) 11,40-11,40 = 0€
y en el caso de que se figurara como premio (que es como lo va a interpretar Hacienda, por que es como figura en la comunicacion que le ha pasado el banco):
-incremento patrimonial 60€
-cuota liquida (tipo marginal sobre los incrementos de patrimonio -en tu ejemplo 31%-) 18,60€
-retencion efectuada 11,40€
-cuota diferencial (a pagar) 18,60-11,40 = 7,20€
O sea que como ves, no es que tengas que volver a "pagar" a Hacienda, si no que en
UN CASO ya estaría pagado y no te supondría mas desembolso, y en cambio en
EL OTRO tendras que pagar más todavia, por que con la retencion que ten han efectuado no se cubre la totalidad del impuesto que soportan los incrementos de patrimonio (los premios entre otros)