Hola. Necesito que me ayudéis a ver si las cuentas las hago bien o no en el tema de la reinversión en vivienda habitual.
En mayo de 2017 vendí mi vivienda habitual por 111.000 euros libre de hipotecas (la había comprado en 2004 por 120.000).
Gracias a esa venta me compro otra vivienda (habitual) por 165.000 euros y 19.000 euros de gastos (notaria, hacienda, registro, gastos de nueva hipoteca…), es decir, total 184.000 euros. Sobre esta vivienda constituimos una hipoteca de 80.000 euros.
Si de 184.000 que me ha costado la casa quito los 80.000 que me dio el banco en hipoteca, me salen 104.000 euros que he puesto de mi bolsillo. Como obtuve 111.000 por vender (que se supone que es lo que debo reinvertir), la diferencia son 7.000 euros sobre los que hacienda me va a crujir, ¿no? (¿Cuánto sería aproximadamente?)
De ser así, y como se supone que tengo hasta 2 años para reinvertir lo obtenido por la venta en la nueva casa, ¿cuenta para cubrir esos 7000 euros los 6500 que amorticé anticipadamente de la hipoteca actual y/o sus respectivas mensualidades?
Es más, ¿puedo y debo incluir esos gastos de 19000 euros como parte de la compra... Leer más ...
Hola. Necesito que me ayudéis a ver si las cuentas las hago bien o no en el tema de la reinversión en vivienda habitual.
En mayo de 2017 vendí mi vivienda habitual por 111.000 euros libre de hipotecas (la había comprado en 2004 por 120.000).
Gracias a esa venta me compro otra vivienda (habitual) por 165.000 euros y 19.000 euros de gastos (notaria, hacienda, registro, gastos de nueva hipoteca…), es decir, total 184.000 euros. Sobre esta vivienda constituimos una hipoteca de 80.000 euros.
Si de 184.000 que me ha costado la casa quito los 80.000 que me dio el banco en hipoteca, me salen 104.000 euros que he puesto de mi bolsillo. Como obtuve 111.000 por vender (que se supone que es lo que debo reinvertir), la diferencia son 7.000 euros sobre los que hacienda me va a crujir, ¿no? (¿Cuánto sería aproximadamente?)
De ser así, y como se supone que tengo hasta 2 años para reinvertir lo obtenido por la venta en la nueva casa, ¿cuenta para cubrir esos 7000 euros los 6500 que amorticé anticipadamente de la hipoteca actual y/o sus respectivas mensualidades?
Es más, ¿puedo y debo incluir esos gastos de 19000 euros como parte de la compra (hay quien me ha... Leer más ...
Hola. Necesito que me ayudéis a ver si las cuentas las hago bien o no en el tema de la reinversión en vivienda habitual.
En mayo de 2017 vendí mi vivienda habitual por 111.000 euros libre de hipotecas (la había comprado en 2004 por 120.000).
Gracias a esa venta me compro otra vivienda (habitual) por 165.000 euros y 19.000 euros de gastos (notaria, hacienda, registro, gastos de nueva hipoteca…), es decir, total 184.000 euros. Sobre esta vivienda constituimos una hipoteca de 80.000 euros.
Si de 184.000 que me ha costado la casa quito los 80.000 que me dio el banco en hipoteca, me salen 104.000 euros que he puesto de mi bolsillo. Como obtuve 111.000 por vender (que se supone que es lo que debo reinvertir), la diferencia son 7.000 euros sobre los que hacienda me va a crujir, ¿no? (¿Cuánto sería aproximadamente?)
De ser así, y como se supone que tengo hasta 2 años para reinvertir lo obtenido por la venta en la nueva casa, ¿cuenta para cubrir esos 7000 euros los 6500 que amorticé anticipadamente de la hipoteca actual y/o sus respectivas mensualidades?
Es más, ¿puedo y debo incluir esos gastos de 19000 euros como parte de la compra (hay quien me ha hecho... Leer más ...
Un truco que no necesariamente funciona, pero que te puede servir para seguir desgravando y defenderlo ante hacienda.
Si te compras la vivienda en Diciembre del 2013, no tendrás derecho a deducciones ningún año a partir del 2013 (salvo que cambie la normativa).
Si en el momento de la compra firmáis un contrato privado, con fecha de noviembre de 2012, diciendo que la compra se hace en ese instante, aunque dando un plazo para entregar la casa de 1 año. Puedes defender que la compra se realizo en 2012 y tienes derecho a desgravar durante todo el pago de la vivienda.
No se si hacienda te lo consentirá, pero el NO ya lo tienes.
Hasta donde yo sé, lo que cuenta es la fecha en que se escritura la vivienda, no el contrato de compra-venta, así que esto no funciona.
Exáctamente, ya que el año que te compras la vivienda, a 31 de diciembre ya no existe cuenta vivienda para incluir en la declaración de la renta de ese año.
Un saludo!
i02hajij Escribió:
Además hay que tener en cuenta una cosa. El año que te compras la vivienda no cuenta para desgravar la cuenta vivienda. O te desgravas de la compra (lógicamente lo más favorable) o de la cuenta vivienda, pero no de ambas.
Además hay que tener en cuenta una cosa. El año que te compras la vivienda no cuenta para desgravar la cuenta vivienda. O te desgravas de la compra (lógicamente lo más favorable) o de la cuenta vivienda, pero no de ambas.
Acabo de llamar a Hacienda, y me han dicho que si hago una cuenta vivienda en 2012, me la puedo deducir en 2012 (presentación junio 2013) sin ningún problema. Que en los siguientes años aún no se sabe, pero vamos, que mi intención es comprar la vivienda al año que viene, así que se pueda o no seguir deduciendo casi que me da igual,,,bueno, a no ser que por algún imprevisto no me venga bien comprármela al año que viene y espera otro año más.
Yo me aseguraría de esto, ya que tengo entendido que salvo que compres la casa este año 2012 no vas a poder desgravarte por la cuenta ahorro vivienda en el ejercicio fiscal 2013 (referente al año 2012). De hecho, han incluido en un proyecto de ley que el importe de todas aquellas cuentas que a 1 enero de 2013 no cumplan el plazo de 4 años para la adquisición, tendrá que ser devuelto, pero sin intereses. Yo me enteré por un contacto en Hacienda...
Hola i02hajij. Puedes seguir desgravándote de la vivienda, como bien han dicho. Yo por ejemplo, que mi intención es comprar una vivienda a finales del 2013, no tendré derecho a deducción, pero en cambio, me acabo de abrir una cuenta vivienda para que al menos, poder beneficiarme de la deducción por cuenta vivienda en la renta 2012. Hay mucha gente muy confundida en este tema, entre todos por el foro, iremos conociendo todos los detalles y novedades.
Hola i02hajij. Puedes seguir desgravándote de la vivienda, como bien han dicho. Yo por ejemplo, que mi intención es comprar una vivienda a finales del 2013, no tendré derecho a deducción, pero en cambio, me acabo de abrir una cuenta vivienda para que al menos, poder beneficiarme de la deducción por cuenta vivienda en la renta 2012. Hay mucha gente muy confundida en este tema, entre todos por el foro, iremos conociendo todos los detalles y novedades.
Hola a todos.
Como bien sabréis, a partir del próximo año, los que compramos una vivienda no nos podemos degravar. Es decir, en mi caso en la declaración del próximo mayo de 2013 (correspondiente al ejercicio de 2012) será la última vez que me pueda desgravar por la compra de la vivienda que hice en 2011.
Para el ejercicio de 2011 me desgravé el máximo, ya que como es lógico coincidió con la compra de la vivienda, por lo que en principio, para el año 2012 sólo me podré desgravar por lo que he pagado de hipoteca y por el seguro de vida y hogar, ya que están ligados a dicha hipoteca.
El problema es que me ha surgido una gran duda. Para la obra de la cocina, tanto de electrodomésticos como de muebles... Leer más ...
La rebaja de impuestos es para vivienda nueva. Teniendo en cuenta que la mayoría del parque inmobiliario de este país lo poseen los bancos, al comprarle una vivienda a ellos, estaríamos hablando de vivienda de segunda mano, así qué, una cosa más que va a depender de los bancos, que repercuta sobre los compradores esta rebaja impositiva sobre la compra de viviendas nuevas.
Los bancos tienen mucha vivienda usada, pero también mucha vivienda nueva, de las constructoras que no han podido pagarles.
Las viviendas nuevas que los bancos se han quedado de los promotores tributan por Transmisiones, no se paga IVA.
La primera transmision de vivienda está sujeta a IVA.
No estoy seguro al 100%, pero creo que una ejecuccion hipotecaria o un embargo no tiene la consideracion de "transmision" y por lo tanto a efectos del pago de IVA seguirian siendo consideradas igualmente viviendas nuevas.
La venta de una vivienda está sujeta al IVA la primera vez, a partir de ahi las sucesivas transmisiones pagan ITP, en el caso de una ejecuccion o de un embargo, no hay pago de IVA, por lo tanto la primera transmision... Leer más ...
La rebaja de impuestos es para vivienda nueva. Teniendo en cuenta que la mayoría del parque inmobiliario de este país lo poseen los bancos, al comprarle una vivienda a ellos, estaríamos hablando de vivienda de segunda mano, así qué, una cosa más que va a depender de los bancos, que repercuta sobre los compradores esta rebaja impositiva sobre la compra de viviendas nuevas.
Los bancos tienen mucha vivienda usada, pero también mucha vivienda nueva, de las constructoras que no han podido pagarles.
Las viviendas nuevas que los bancos se han quedado de los promotores tributan por Transmisiones, no se paga IVA.
La rebaja de impuestos es para vivienda nueva. Teniendo en cuenta que la mayoría del parque inmobiliario de este país lo poseen los bancos, al comprarle una vivienda a ellos, estaríamos hablando de vivienda de segunda mano, así qué, una cosa más que va a depender de los bancos, que repercuta sobre los compradores esta rebaja impositiva sobre la compra de viviendas nuevas.
Los bancos tienen mucha vivienda usada, pero también mucha vivienda nueva, de las constructoras que no han podido pagarles.
La rebaja de impuestos es para vivienda nueva. Teniendo en cuenta que la mayoría del parque inmobiliario de este país lo poseen los bancos, al comprarle una vivienda a ellos, estaríamos hablando de vivienda de segunda mano, así qué, una cosa más que va a depender de los bancos, que repercuta sobre los compradores esta rebaja impositiva sobre la compra de viviendas nuevas.
...fuera es de ñapas, es decir funcionamos a modo de remiendos pero sin tomar decisiones verdaderamente serias.
Prefiero la desgravacion fiscal a este 4%, pero no solo eso sino que opino que esta reduccion del IVA para lo unico que va a servir es para RALENTIZAR todavia mas el que el precio de los pisos finalmente se adecuen a su sitio real en este momento, pues de seguro la picaresca hara que muchos aprovechen para subir precio, lo que todavia hara alargar mas el que el precio del piso llegue realmente a su sitio, con el que realmente se encuentre con la realidad de la demanda, hablo de la vivienda real de la que utilizamos los mortales para vivir, no de lo que puedan hacer quienes tener el poderio de buscar rentabilidades.
En conclusion va a suponer un trastorno, pues como por lo visto es de aplicacion inmediata surgen muchas dudas en su aplicacion y otras muchas de lo que pasará tras el 31 de Diciembre, sobre todo por quienes realizen pagos a cuenta de la compra.
Para la segunda vivienda no creo que le acabe repercutiendo tanto pues es la que mas se va amoldando a los precios reales, aunque todavia queda por bajar, es la que mejor situada se encuentra y son mejores... Leer más ...
El año pasado compré un piso con mi pareja (no estamos casados) y ella lleva no trabaja.
Quisiera saber si ella puede declarar el 50% de su parte del piso o al no trabajar ni cobrar nada ese 50% no se puede declarar y se pierde y sólo puedo declarar yo mi 50%.
Gracias a todos de antemano
Sentinel en el Irpf pareja de hecho y conyugue no son equiparables por lo que teneis que hacer declaraciones individuales. Si tu pareja trabajó el año pasado (parece que sí ya que dices comprasteis el piso en ese año), ella puede hacer su declaración e incluir el 50% de la vivienda con el resultado a que diera lugar.
Ten en cuenta que si no la retuvieron merecería la pena la molestía
ACLARACION:
en el último parrafo debe decir:
Ten en cuenta que si no la retuvieron NO MERECERIA LA PENA LA MOLESTIA.
El año pasado compré un piso con mi pareja (no estamos casados) y ella lleva no trabaja.
Quisiera saber si ella puede declarar el 50% de su parte del piso o al no trabajar ni cobrar nada ese 50% no se puede declarar y se pierde y sólo puedo declarar yo mi 50%.
Gracias a todos de antemano
Sentinel en el Irpf pareja de hecho y conyugue no son equiparables por lo que teneis que hacer declaraciones individuales. Si tu pareja trabajó el año pasado (parece que sí ya que dices comprasteis el piso en ese año), ella puede hacer su declaración e incluir el 50% de la vivienda con el resultado a que diera lugar.
Ten en cuenta que si no la retuvieron merecería la pena la molestía
Nooooooooo, se acerca el momento de devolver lo de mi antigua cuenta vivienda con 5 años de intereses snif.
¿cuando suelen poner para descargar el programa padre?
De momento hay que conformarse con el simulador de la renta que está disponible desde finales de 2010. Si todo marcha como debe, a mediados del mes que viene tendremos ya el Pograma Padre 2010, aunque hay ejercicios en los que no lo han liberado hasta bien entrado mayo...
Esperemos que no sea el caso