Serra, creo que no tienes alternativa y antes de fin de año te has de espabilar o te cogerá el toro.
Gonso, quizá tu amigo, tenga suerte, no haya hecho nunca la delaración o se les haya pasado por alto, no es lo común, pero que piense que hacienda puede reclamar de los cinco ejercicios anteriores. De todas formas le deseo suerte.
Yo creo que con el hecho de dar la señal para una vivienda ya se cumple el requisito para no tener que devolver nada de la cuenta de vivienda, independientemente de cuando tengas que dar el dinero.
De todas formas, yo no me preocuparía demasiado en ningún caso, ya que conozco gente que lleva mas de 4 años desgravándose por la cuenta vivienda y hacienda nunca le ha dicho nada.
Yo sigo teniendo una duda en cuanto a la disposición del dinero de la cuenta vivienda.
Resulta que ya he ahorrado el maximo posible durante 4 años y me he desgravado la cuenta vivienda en 4 ejercicios. Ahora en 2010 (gracias a la moratoria que dio el gobierno) es cuando tengo que gastar los ahorros en comprar una vivienda.
Pero es que la cantidad total supera los 37.000€, y si compro una vivienda de nueva construcción llegara el 31 de diciembre y aun tendre dinero en la cuenta. Porque haciendo numeros, entre lo que doy de reserva, los gastos de escritura y empiezo a pagar las cuotas de entrada... de aqui a que me gaste todo lo de la c.v. habran pasado 2 años más, y la vivienda me la entregarian quizas dentro de 3.
¿No me vale de esta forma? ¿a la fuerza tengo que buscar una vivienda que ya este construida para desembolsar los 37000 antes de final de año?
Hola,
lo normal es que el destino del dinero de la cuenta vivienda vaya directamente al pago de la vivienda, lo cual no es preciso que sea mediante una transferencia sino simplemente con sacarlo en efectivo y entregarlo en mano al comprador, justificandolo con un contrato de pago en señal para en una fecha fijada posteriormente escriturar en notaria es suficiente.
La pega te la puede poner Hacienda cuando compruebe que dejar de desgravarte por cuenta vivienda y sin embargo no existe una referencia catastral en tu declaracion de la renta.
Cuando se quiere disponer de los fondos de una cuenta ahorro vivienda ¿para justificar que lo has destinado a la compra de vivienda es suficiente con comprar la vivienda el mismo año en el que canceles la cuenta, o es necesario que el dinero vaya directamente desde la cuenta al vendedor de la vivienda?
¿Me podría poner hacienda alguna pega si, por ejemplo, paso durante unos días el dinero a otra cuenta normal antes de pagar la entrada de la vivienda?.
Hola a todos, vamos a ver si citando la norma y dando mi opinion sobre ella se aclara algo.
CONCEPTO DE CUENTA VIVIENDA.- Son las cantidades que se depositen en entidades de credito cumpliendo ciertos requisitos y que son empleadas en aplicar la deduccion por adquisicion, construccion o rehabilitacion de la vivienda habitual porque son destinadas a estos fines.
REQUISITOS DE LAS CUENTAS VIVIENDA.- Las cantidades deben ser depositadas en cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, sin que sea necesario que tengan la denominacion de cuenta vivienda y es preciso que constituyan deposito en entidades de credito y no cualquier otro producto financiero.
Cada contribuyente solo podrá mantener una cuenta vivienda, en caso de matrimonio ambos conyuges pueden ser cotitulares de una única cuenta vivienda o cada uno de ellos ostentar la titularidad exclusiva de su respectiva cuenta vivienda.
Los saldos de la cuenta deben destinarse exclusivamente a la primera adquisicion o construccion, o rehabilitacion de la vivienda habitual del contribuyente. Por tanto es necesario que el contribuyente no haya sido nunca propietario de otra edificacion que hubiera constituido su... Leer más ...