Hola,
vamos a ver, es cierto que muchos Ayuntamientos aplican mas lo de la plusvalia, pero claro mal en su favor, esto es porque en el caso de estar exento por reinversion de la venta de tu vivienda habitual por la compra de otra vivienda que igualmente va a ser tu vivienda habitual, entiendo que ESTA EXENTA DE PLUSVALIA, al igual que en la herencia de una vivienda cuando uno de los titulares fallece y pasa a ser titularidad integra del otro componente del matrimonio, tambien está EXENTA DE PLUSVALIA, pero sin embargo NO LO APLICAN, desconozco los motivos pero es una practica habitual.
Y respecto de la GANANCIA PATRIMONIAL, añadir a lo que comenta jose que según la declaracion de la renta de cada cual puede ser mas rentable solo acogerse a PARTE de la exención fiscal, pues puede darse el caso de que al no tener muchos ingresos te SOBREN MINIMOS PERSONALES Y FAMILIARES a compensar, lo que reduciría el 15% que supone la ganancia y por ello empezarias a desgravar por la nueva vivienda por mucha menos cantidad y ademas con derecho a una cantidad total final superior. Esto supondría realizar una serie de calculos, que a groso modo sería con el sistema padre, calcular que margen... Leer más ...
hola, interesante tema, pero hay que aclarar varios conceptos:
- La plusvalía municipal es el impuesto por el que el vendedor paga una cantidad determinada por una fórmula matemática debido al incremento del valor del suelo(no de la vivienda).No confundir con el valor catastral, y viene especificado en el recibo del IBI. La fórmula para hallar esa cantidad no es complicada, pero es conveniente consultar con el Ayto. para asegurarse, ya que depende de la antigüedad de la vivienda.
- Otro concepto es laganancia patrimonial que se tiene al vender la vivienda; si se compró por 120.000€ y se vende por 300.000€ será de 180.000€; la cuota resultante es el valor de transmisión, del cual ha que pagar a HACIENDA el 15%. - La exección por reinversión en vivienda habitualla podemos incluir en la declaración de hacienda si en el plazo de 2 años compramos una vivienda habitual; en nuestro caso:
- valor de adquisición de 1ª vivienda:120.000€
- valor de transmisión:300.000(- plusvalía)
- ganancia patrimonial: (300.000- p.ej 2.000€)- 120.000€=178.000€
- exección por reinversión:178.000€.
- Hay que tener en cuenta las cantidades desgravadas por... Leer más ...
Imagínemos que compro un piso a 22 millones de pesetas y al cabo de 7 años lo decido vender a 50 millones. Cuál sería la plusvalía? Este impuesto se paga al Ayuntamiento, verdad (siempre había escuchado a Hacienda). También tengo oído que si luego (después de haber ganado 28 millones en el ejemplo) te compras una casa de 80 millones, estas exento de pagar ese impuesto porque se supone que no te has enriquecido. Bueno expertos, aquí abro un hilo de un tema interesante para el que quiera vender. Cuánto tiempo tienes para volver a comprar otra vivienda? Lo digo porque ahora con las ventas "alquiler opción a compra" te puedes pillar los dedos. Imaginaros compro con alquiler opción a compra a 5 años y a los 6 meses vendes el piso que tienes como entrada. Lo normal es que a los 6 meses "anules" la opción a compra para pagar o completar con la hipoteca el valor de lo que has comprado. Aunque lo suyo sería, si vendieses pronto, tener el dinero en la saca, agotar ese alquiler y a los 5 años comprar (si tuvieses que incrementar con hipoteca no pagarías intereses). Aquí viene mi duda de la plusvalía. Perdonar, no se si me he explicado bien y me entendeis.
Hola, tengo una duda a la hora de tributar unas ganancias de acciones en la declaración de la renta.
Hace tiempo compré cuando salieron las acciones de telefonica moviles, salieron a 11€ y compre 87 (957€), lo hice a traves del BBVA que supongo me cobraría algunas comisiones. El año pasado siendo ya acciones de telefonica las vendí con plusvalias.
Tengo los datos de la venta que son 1300,65 brutos - 12.06 de gastos de gestion = 1288,59€
He buscado el contrato de compra y no lo encuentro, y no se si tengo que poner en la declaracion la ganancia en bruto 1300,65 - 957, o incluyendo los gastos de gestion, 1288,59 - 957+gastos. En este ultimo caso me saldria menos cantidad a pagar, aunque por poca diferencia.
Por otro lado, hace años tuve un fondo de inversion con bbva que lo vendi con perdidas, pero no recuerdo exactamente en que año pero seguro que hace mas de 4 años. ¿Lo podria incluir para compensar las ganancias de acciones?
muchas gracias
Efectivamente los gastos se incluyen, tanto en la adquisición como en la venta.
Con respecto al fondo de inversión aseguraté que no tiene más de 5 AÑOS, si tuvieses menos... Leer más ...
Hola, tengo una duda a la hora de tributar unas ganancias de acciones en la declaración de la renta.
Hace tiempo compré cuando salieron las acciones de telefonica moviles, salieron a 11€ y compre 87 (957€), lo hice a traves del BBVA que supongo me cobraría algunas comisiones. El año pasado siendo ya acciones de telefonica las vendí con plusvalias.
Tengo los datos de la venta que son 1300,65 brutos - 12.06 de gastos de gestion = 1288,59€
He buscado el contrato de compra y no lo encuentro, y no se si tengo que poner en la declaracion la ganancia en bruto 1300,65 - 957, o incluyendo los gastos de gestion, 1288,59 - 957+gastos. En este ultimo caso me saldria menos cantidad a pagar, aunque por poca diferencia.
Por otro lado, hace años tuve un fondo de inversion con bbva que lo vendi con perdidas, pero no recuerdo exactamente en que año pero seguro que hace mas de 4 años. ¿Lo podria incluir para compensar las ganancias de acciones?
...motivo que hiciera entendible que no cumples con la obligacion de vivir durante tres años y pudieras justificar, tengo entendido que igualmente es permisible, un ejemplo de ello sería el que por ejemplo ha aumentado la familia (un nacimiento o mas) y se te ha quedado pequeño el piso. No que no se permite es que sea por simple capricho o motivo que de lugar a pensar esto.
Bueno una vez aclarado esto, el que tu te traslades por ejemplo por motivo laboral no obliga a que tengas que vender el piso, otra cosa es que lo quieras hacer por aprovechar la exención fiscal de declarar las plusvalías obtenidas con la venta, osea que tu perfectamente puedes seguir con tu piso en una provincia del que te estas desgravando como primera vivienda y mientras por motivo de tu trabajo estas en la otra punta de España vivienda en otra vivienda que te pone la empresa, por ejemplo, o incluso en otra que te tuvieras que comprar en esa nueva provincia, pues tu primera vivienda sigue siendo de la que te estas desgravando.
En cuanto a comunicar al banco que ese depósito es el que vas a utilizar como cuenta vivienda, no es preciso ni necesario, el único requisito es que cuando en la casilla... Leer más ...