Hola estoy compartiendo una cuenta mancomunada, y durante algunos meses siempre firmabamos dos personas de las tres que estamos en ella. Pero mi sorpresa ha sido que uno se ha hecho una tarjeta de credito y ha dispuesto de 600 euros.
No puedo explicar mi estado de indignación.
Eso es legal?. Quién es el responsable de eso?
Cosas de novato... Aunque es obvio, Invitado soy yo, Carlos.
quisiera saber si en una cuenta mancomunada de tres titulares y un usufructuario que es mi madre si dos hijos y la madre estan dr acuerdo y uno se niega al reparto que se puede hacer
Ojalá sea así, como comentas, y acabe esta situación cuanto antes; por supuesto, recuperando mi dinero y eliminado mi nombre de esa cuenta.
La cuenta fue firmada por esa persona, por mí, y claro, por el representante de la entidad. Nadie más.
Yo también pensaba lo mismo: el primer paso es obtener una copia del contrato inicial, donde único firme yo. A partir de ahí, a ver qué sale...
Una vez en mi poder una copia, pienso presentar un escrito con registro a ellos -tal y como me "animaron". Y como bien dices, en caso de que siga su curso sin solucionar esta situación, expondré mi queja ante el Bco. De España.
Me has ayudado bastante, tanto anímicamente como en el asesoramiento sobre cómo proceder.
Hola Carlos: en una cuenta con firma mancomunada no puede ser modificado ninguno de sus aspectos si no se recoge la firma de los titulares. La única salvedad que te hago aquí es que si la cuenta tiene más de dos titulares (p.ej. tres) y se dice de forma expresa a la apertura de la cuenta, que la disposición de la misma es con "dos firmas cualesquiera de esas tres" puede ser que las otras dos personas saquen dinero, hagan transferencias, etc. sin tu firma (por lo que he entendido este no es tu caso pues creo que solo sois dos en la cuenta, no?). Volviendo a tu caso, lo más importante creo que es que te hagas con una copia del contrato firmado inicialmente (la sucursal tiene obligación de darte aunque sea una fotocopia, ¡¡¡pero del firmado el día en que se abrió la cuenta!!!) pues ahí verás si te la abrieron indistinta, que es lo que te dicen ahora, o mancomunada, que es lo que te comentaron en su momento. Si se abrió mancomunada y en el transcurso de este tiempo se ha modificado a indistinta su disposición, tienen la obligación de tener el contrato en el que se modifica la disposición y por supuesto con la firma de ambos titulares, en cuanto falte una firma, o no aparezca el... Leer más ...
Recurro a este foro, por cuanto me he visto inmerso en una situación engorrosa por culpa de una cuenta mancomunada. La próxima semana he de tener un nuevo encuentro con la entidad, y ya estoy preparando el escrito que voy a presentar por su registro, como paso previo a -si es necesario- emplear sus "hojas de reclamaciones".
Mi duda principal es saber si una cuenta que se ha abierto como mancomunada -esto es, que para realizar cualquier movimiento sea necesario la firma de ambos titulares- pueda ser cambiada en sus condiciones por una de esas partes. En su momento me aseguraron que no, pero ahora resulta que por arte de magia (salvo que sí sea posible, o me engañaran) ya ha dejado de ser mancomunada.
Pero mejor será que explique brevemente lo ocurrido.
Hace unos años, una persona cercana atravesó una "crisis"; a raíz de ello, su psicólogo le animó que abriera una cuenta mancomunada con alguien de confianza, para así obligarse a no gastar más que lo necesario, o en todo caso, no tener la libertad de disponer de su dinero (lo cual significaba en su estado gastarse hasta el último euro compulsivamente).
Esa persona de confianza fui yo, y tras... Leer más ...