Hola, ya tengo en mis manos los datos fiscales correspondientes al 2013, y en el apartado de VENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS Y OTROS VALORES MOBILIARIOS me aparecen únicamente el importe de venta y no los beneficios o pérdidas además de la venta por derechos, supongo que de las ampliaciones. ¿Si se lo llevo a un gestor para que me haga la declaración tengo que llevarle algo más?
salud.
me sale a devolver, espero que teniendo en cuenta la venta de acciones no me salga a pagar al final.
Tendrás que llevarle los movimientos del bróker para poder calcular la perdida/ganancia.
Yo me tengo que sumar todos los años un montón, y este año encima con la distinción de ventas <1 año y >1 año va a ser divertido
Hola, ya tengo en mis manos los datos fiscales correspondientes al 2013, y en el apartado de VENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS Y OTROS VALORES MOBILIARIOS me aparecen únicamente el importe de venta y no los beneficios o pérdidas además de la venta por derechos, supongo que de las ampliaciones. ¿Si se lo llevo a un gestor para que me haga la declaración tengo que llevarle algo más?
salud.
me sale a devolver, espero que teniendo en cuenta la venta de acciones no me salga a pagar al final.
Tendrás que llevarle los movimientos del bróker para poder calcular la perdida/ganancia.
Yo me tengo que sumar todos los años un montón, y este año encima con la distinción de ventas <1 año y >1 año va a ser divertido
Las ganacias obtenidas en compraventa inferiores a un año suman al total del rendimiento del trabajo y tributan como tal(vamos que como ganes pasta asi te quitan un pellizco) y las de superior a un año no.
Las perdidas obtenidas en compraventa inferior a un año restan al total del rendimiento del trabajo hasta un maximo del 10% del total tributado por esto ultimo.
Cualquier duda me dices
Un saludo
Hola, ya tengo en mis manos los datos fiscales correspondientes al 2013, y en el apartado de VENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS Y OTROS VALORES MOBILIARIOS me aparecen únicamente el importe de venta y no los beneficios o pérdidas además de la venta por derechos, supongo que de las ampliaciones. ¿Si se lo llevo a un gestor para que me haga la declaración tengo que llevarle algo más?
salud.
me sale a devolver, espero que teniendo en cuenta la venta de acciones no me salga a pagar al final.
Las ganacias obtenidas en compraventa inferiores a un año suman al total del rendimiento del trabajo y tributan como tal(vamos que como ganes pasta asi te quitan un pellizco) y las de superior a un año no.
Las perdidas obtenidas en compraventa inferior a un año restan al total del rendimiento del trabajo hasta un maximo del 10% del total tributado por esto ultimo.
Por lo que he leído parece que no tiene nada que ver con la fiscalidad de los depósitos.
salud.
El problema es que con los depósitos viene todo hecho y con lo valores no, pero tampoco es difícil.
Con esto quiero decir que con los depósitos los puedes incluir automáticamente en la declaración y con los valores los tienes que hacer manualmente.
Importante a tener en cuenta que si tienes valores hacienda no te hace el borrador y si tienes mas de 3 operaciones tampoco puedes pedir hora para que te la hagan en hacienda.
Hola, he estado leyendo sobre la fiscalidad de la venta de acciones (www.invertirenbolsa.info/) y me parece mucho mas complicado que la fiscalidad de los depósitos.
¿Es realmente tan complicado? Las ganancias y perdidas que tenga este año ¿apareceran en la info fiscal del año que viene?, dentro de un apunte como aparece en los depos.
salud.
No aparece de diferente manera empezando con que no te aplican la retención del 21 por ciento como en los depósitos.
Tributación de las plusvalías generadas a corto plazo
La modificación sobre la tributación de las plusvalías generadas en menos de un año se aplicará para las operaciones realizadas desde el 1 de Enero de 2013.
Hasta ahora, las plusvalías generadas por la compra venta de elementos patrimoniales tributaban integrándose en la base del ahorro del esquema del IRPF; fuera el que fuera su periodo de generación. A partir del 1 de Enero de 2013, las plusvalías generadas en el corto plazo se integrarán en la base imponible general. Es decir, el beneficio obtenido se sumará a los rendimientos del trabajo y se aplicará la escala progresiva que corresponde a la base imponible general del IRPF, que va desde el 24 hasta el 42%.
- Las minusvalías de más de un año, de ejercicios anteriores se podrán compensar solamente con plusvalías "de más de un año" de los 4 ejercicios siguientes.
- Las minusvalías de "menos de un año" se podrán compensar con los rendimientos generales, hasta un 10% de estos.
Aquí ganamos ya que hacienda nos subvenciona fácilmente el 40 ó el 50%de la pérdida.
Hola, he estado leyendo sobre la fiscalidad de la venta de acciones (www.invertirenbolsa.info/) y me parece mucho mas complicado que la fiscalidad de los depósitos.
¿Es realmente tan complicado? Las ganancias y perdidas que tenga este año ¿apareceran en la info fiscal del año que viene?, dentro de un apunte como aparece en los depos.