Pues cuando me venza el depósito, si me cobran comisiones es lo que haré. Muchas gracias por vuestra ayuda, espero no perder esos 80 eurillos....que pensando que ya los tenia perdidos...si los recupero....me van a saber a gloria....
en el bes son muy serios si te han cobrado alguna comision por una cuenta exclusiva para un deposito se lo dices y te devoveran la comision ipsofacto sin esperar a que te venza el deposito
Pues cuando me venza el depósito, si me cobran comisiones es lo que haré. Muchas gracias por vuestra ayuda, espero no perder esos 80 eurillos....que pensando que ya los tenia perdidos...si los recupero....me van a saber a gloria.... Leer más ...
Hola, aver si alguien me saca de dudas, yo hace casi un año contrate un deposito con BES. Para hacer el depósito, me dijeron que tenía que abrir una cuenta, la cual, sino me equivoco, tiene unos gastos anuales sobre 80 euros+- , al tener solo esa cuenta por el depósito, no estoy obligado a pagar comisiones? Gracias!!
A ver... Obligado no estás nunca, aunque cuando te cargan comisiones, en algunos casos no puedes hacer nada para evitarlo, y en otros, como el que tú expones, puedes reclamar el abono de las mismas.
La normativa del BDE es clara al respecto y dice:
"El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad, o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los íntegros de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración."
Atendiendo a esto, solicita amablemente al director de la oficina el abono de comisiones cobrada y que no te las carguen en el futuro, sino acude al defensor del cliente de la entidad y en último lugar recurre al Banco de España.
Hola, aver si alguien me saca de dudas, yo hace casi un año contrate un deposito con BES. Para hacer el depósito, me dijeron que tenía que abrir una cuenta, la cual, sino me equivoco, tiene unos gastos anuales sobre 80 euros+- , al tener solo esa cuenta por el depósito, no estoy obligado a pagar comisiones? Gracias!!
Bueno no se muy bien si aqui procede pero SabadellCam (oficinas de CAM antiguas) si haces más de 5 domiciliaciones en cuenta al mes te cascan 0,25 céntimos por cada una. Dicen que es porque Sabadell ya lo hacía y ellos deben seguir ahora sus pasos. Pero en qué quedamos? Te incentivan para que domicilies cosas y ahora cambian las reglas del juego? Vamos lo de siempre: SINVERGÜENZAS!
Eso es Miquel, lo que pasa es que a jofemalo le obligaron a contratar el seguro, de una compañía de su grupo, seguramente con la condición de concederle la hipoteca o rebajarle el porcentual.
La ley solo obliga a tener un seguro de incendio sobre la vivienda y que como beneficiario sea la entidad prestataria.
De hecho, ya comenta que ha cambiado la domiciliación del seguro.
[quote="jose193Miquel, yo entiendo que el seguro de la casa está vinculado a la hipoteca, y por tanto, a la cuenta. Por lo tanto, además de "obligarte"(no es necesario) con el seguro, te cobran por todo ello.
saludos
Discrepo jose... una cosa es la hipoteca y la otra es el seguro. El banco te obliga a tener un seguro para así poder tener cubierta su deuda (osea asegurarse el bien). Me parece que por ley te obligan tan sólo a tener un seguro de incendios (me equivoco?, corregirme). Pero ese seguro, que es obligatorio, lo puedes realizar en cualquier otra compañía aseguradora vinculando el préstamo bancario. Así creo yo, vamos... Leer más ...
Corregirme si me equivoco... yo entiendo que si por ese número de cuenta te pasan, además de la hipoteca, el seguro de casa, sí que te pueden cobrar comisiones de mantenimiento (sólo por ese maldito apunte). Otro gallo cantaría si ese seguro se pasara por otro número de cuenta...
Salud
Miquel, yo entiendo que el seguro de la casa está vinculado a la hipoteca, y por tanto, a la cuenta. Por lo tanto, además de "obligarte"(no es necesario) con el seguro, te cobran por todo ello.
saludos
¿Es ese el documento que tengo que aportar junto con la carta?. Según el documento tengo que indicar el importe que reclamo, ¿con o sin intereses, o indico X € + intereses?.
Entiendo que la carta va dirigida al director de la sucursal. ¿Tengo que mandar la misma carta a algún sitio más?.
Muchas gracoas.
Este es, resumido, el camino de la reclamación:
-reclamar en la oficina
-Si no te es satisfactorio, reclamar al servicio de atención al cliente. Adjuntar la reclamación en oficina y otra vez la carta.
-Si tampoco es satisfactorio o no contestan en 2 meses, debes reclamar al Servicio del Banco de España, adjuntando toda la anterior documentación.
-Si sabes exactamente la cantidad a reclamar, indícala;si no, resalta la fecha desde que te están cobrando indebidamente. Te recomiendo que es preferible tirar por lo alto. En los escritos, solicita también los intereses legales, pero no suelen abonarlos.
-Recalca sobre todo, la normativa del BdE.
-Por último, paciencia. Si eres socio de alguna organización de consumidores o tienes algún gabinete jurídico... Leer más ...
tuve una cuenta para un plazo y cuando acabo la deje a 0€ porque me insistio el director en que no la cerrara que no tenia comisiones y al cabo de unos años me encuentro una carta del asnef reclamandome la entidad 167€ sin que en ningun momento la entidad me huviera reclamado nada.
Yo lo que hice fue mandar una carta a atencion al cliente y como insistieron en que les tenia que pagar , a los 2 meses de enviar la reclamacion a atencion al cliente hice la reclamacion al banco de españa que despues de varios meses me ha dado a mi la razon acusandoles de abuso de la confianza del cliente y malas practicas bancarias .
Por ultimo solo mencionar la profesionalidad de los funcionarios del banco de españa en todo el proceso , en mi caso alguna documentacion que me pedian despues de tantos años no la tenia y no se la podia aportar y en vez de pasar del tema se la han solicitado a la entidad .
Disculpad, estaba haciendo uso de la carta tipo del compañero pin1 en la que habla de un formulario de reclamación. Como Caja Murcia pertenece a BMN, he encontrado esto: www.bmn.es/ ...tename=BMN
¿Es ese el documento que tengo que aportar junto con la carta?. Según el documento tengo que indicar el importe que reclamo, ¿con o sin intereses, o indico X € + intereses?.
Entiendo que la carta va dirigida al director de la sucursal. ¿Tengo que mandar la misma carta a algún sitio más?.
Bueno, les voy a mandar el escrito haciendo referencia al día que retiré el ingreso de nómina y los recibos de la casa y dejé sólo el seguro de hogar. Si cuela, pues son algo más de 120 € que me tienen que devolver, si no por lo menos sé que desde hoy ya no me tienen que cobrar más comisiones, ya que me he buscado un seguro de hogar más económico (con Linea Directa) y lo pago desde Ing Direct. Ahora ya si que no tengo nada con la cuenta de Caja Murcia más que el pago de la hipoteca.
Se agradece mucho vuestra ayuda, espero poder algún día responder igual, aunque en estos temas flojeo mucho.
Ya os comentaré como quedo al final.
Gracias,
Saludos.
Corregirme si me equivoco... yo entiendo que si por ese número de cuenta te pasan, además de la hipoteca, el seguro de casa, sí que te pueden cobrar comisiones de mantenimiento (sólo por ese maldito apunte). Otro gallo cantaría si ese seguro se pasara por otro número de cuenta...
Muy al contrario, es como debes actuar.
En tu lugar, me imprimiría la normativa del Banco de España que habla sobre ello y se la "regalaría" al empleado con el que hables, para que entienda que estás al tanto.
...no estoy equivocado pertenece a Caja Murcia. El caso es que la cuenta la uso sólo para pagar la hipoteca y para el pago del seguro.
De inmediato he ido hacer el cambio de número de cuenta bancaria para el pago del seguro. La persona que me ha atendido me ha dicho que apriori no habrá ningún problema en cambiar el número de cuenta, aunque me ha informado que en casos de otras entidades no se ha podido realizar.
Ahora bien, si me dicen que no hay problema en cambiar el número de cuenta (a otra entidad, Ing Direct), entiendo que he hecho un uso de la cuenta, por lo que no podré reclamar la comisiones, pero si podré decir que a partir de ahora no me cobren ninguna comisión.
En el caso de que no me permitieran hacer el cambio de cuenta, es decir, que me obligan a realizar el pago a través de Caja Murcia, entiendo que si puedo reclamar las comisiones desde el 01/06/2008, ya que me obligan a pagar al igual que me obligan a tener la cuenta por tener el prestamo hipotecario.
¿Cómo lo veis, estoy muy equivocado?
Muchas gracias.
Entiendo que sigue en vigor, cuando continúa apareciendo en la web del Banco de España.
Sin ir más lejos, ha sido un elemento de persuasión definitivo a los impresentables con los que tengo la hipoteca, que pretendían freírme a comisiones.
gracias por tu respuesta... y desde luego que viene bien saberlo... yo tengo un deposito en bankinter y como no era cliente suyo me obligaron a abrir una cuenta para cuando finalice el plazo depositen los intereses, como no trabajo con ellos igual cuando finalice el plazo del deposito y lo saque todo, como ya se que van a cobrar comision de mantenimiento de esa cuenta que esta parada sin movimientos, pues habra que intentar que devuelvan la comision
un saludo
Entiendo que sigue en vigor, cuando continúa apareciendo en la web del Banco de España.
Sin ir más lejos, ha sido un elemento de persuasión definitivo a los impresentables con los que tengo la hipoteca, que pretendían freírme a comisiones.
y esto sigue estando en vigor o desde que se publico esto hasta la fecha de hoy ha variado....
Quote::
Les recuerdo que el Banco de España en su Circular 8/1990, de 7 de septiembre, basada en la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989 establece los requisitos que deben concurrir en el momento de percibirse comisiones por las entidades de crédito, entre los que se encuentran la existencia de un servicio efectivo al cliente y que aquel haya sido solicitado en firme o aceptado por este último. Asimismo, las consideraciones efectuadas por el Servicio de Reclamaciones del Banco de España en relación a las ‘Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo’ establecen que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad, o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los íntegros de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración.
Los 2 meses son desde que entra el escrito al Defensor del Cliente. En la carta del 29/12 debería ponerte la fecha de entrada. Si no sabes las fechas, espera al 29 de febrero y vete sobre seguro, con los plazos cumplidos porque si no es así el Banco de España te va a devolver la reclamación sin entrar a tratar el asunto.