Creo que os estais liando, los ingresos por transferencia ordinaria solo sirven para evitar los gastos de mantenimiento de la cuenta "Va Contigo", para adherirse a la promocion queda especificado en las bases legales que debe ser una nomina o pension, pego aqui lo que pone en la pagina 13 de las bases legales asociadas a la promocion:
- Nómina: debe venir emitida de acuerdo a la codificación establecida para
abono de nóminas en la normativa bancaria relativa a compensación de
transferencias.
Es decir, si el abono en cuenta se ingresa como transferencia, pero no viene
identificada con el código de nómina, no se procederá a realizar la bonificación
de la promoción.
- Nuevas domiciliaciones de nómina o pensión por un importe mínimo de 600€/mes en una cuenta sin libreta.
- Una permanencia de 24 meses.
- No realizar operaciones en oficina.
- Darse de alta en un servicio de e-correspondencia.
- Tener informado email y teléfono móvil en base de datos.
- Válida hasta el 30 de septiembre 2021.
- Nuevas domiciliaciones de nómina o pensión por un importe mínimo de 600€/mes en una cuenta sin libreta.
- Una permanencia de 24 meses.
- No realizar operaciones en oficina.
- Darse de alta en un servicio de e-correspondencia.
- Tener informado email y teléfono móvil en base de datos.
- Válida hasta el 30 de septiembre 2021.
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