Hola,no lo entiendo bien: ¿que tienes, 2 cuentas vivienda en entidades diferentes, o sustituiste una por otra en otra entidad?
Si es el primer caso, no puedes, cada contribuyente sólo puede ser titular de una cuenta vivienda.Si la haces conjunta, es posible incluir las 2, siempre y cuando sean titulares diferentes.
En el segundo caso, puedes incluir la última cuenta.
Hola, cuenta vivienda con esa denominación tengo una con x dinero a fecha 31 diciembre de 2010 y x el 31 dIciembre.
Pero en otra cuenta de ING ahorro tengo 12.000e más que no pasé a ese x. Podría incluirlo en la renta de Bikaia?
Gracias.
hola, a ver, la denominación de cuenta vivienda es ficticia, es decir, se la denomina así porque algunos bancos la remuneran un poco más.
A la hora de hacer la declaración, es cuando introducimos ese nº de cuenta, que a efectos fiscales, es la que tiene en consideración hacienda.
Puedes cambiar de cuenta corriente cuentas veces quieras, eso sí,manteniendo como mínimo el saldo anterior.
Por lo tanto, si en la declaración del ejercicio 2010 tenías x dinero en BBK(supongo), tienes 2 opciones:
-traspasar... Leer más ...
Buenas, pues tras haber pasado en casi dos años por casi todos los depósitos de bienvenida: tubancaja, Sabadell, ING, Ibanesto sobretodo. (tengo además uno-e, e-popular...)
Ya no me rentan al 3 o 4% ni en ING cuenta Naranja ni en la Azul del Inabesto. Y cuando muevo dinero entre estas dos cuentas ya detecta que he disminuido el ahorro. Si he podido crear 22.000€ en Ibanesto en un depósito azul al 3.6% hasta el 1 de Noviembre que está bastante bien visto lo visto.
Tengo unos 75.000€ en total pero que a 31 de Diciembre debo sacar para dejarlos en una cuenta vivienda.
Cuándo considera ING dinero nuevo? A principio de mes? Y con Banesto? Dónde puede ir depóstio o cuenta que pasen el 3.5%?
Precisamente hoy he llamado a Hacienda para confirmar mis dudas y lo que hay que indicar a la hora de hacer la declaración es:
* La fecha de apertura de la primera cuenta/depósito que utilicemos como cuenta vivienda (a partir de la cual comienzan a contar los 4/6 años de plazo).
* El número de cuenta/depósito donde se encuentre el dinero a fecha de 31 de diciembre del año en cuestión.
Como una misma persona no puede tener 2 cuentas viviendas disintas, a fecha de 31 de diciembre todo el dinero que vayamos a declarar debe estar en la misma cuenta/depósito que utilicemos como cuenta vivienda.
En el ejemplo que comentas, si no te dejan hacer nuevas imposiciones sobre el mismo depósito a 15 meses, o tampoco tienes la típica cláusula para cancelarlo cada 3 meses, no te conviene utilizarlo. Mejor abrir un depósito a 1 año, que el 1 de diciembre de 2009 terminaría, y podrías abrir otro nuevo con los 9015 euros de este año más los 9015 euros extras del segundo año.
En lo relativo a plan de ahorro vivienda me entran un par de dudas y es posible que a alguno también le pueda surgir esto, o le haya surgido ya.
El otro día me estuve informando en varias cajas y bancos sobres planes de ahorro vivienda y sobre otros depósitos, que como he podido leer en hacienda es lo mismo…. Y el problema es el siguiente:
Uno de los depósitos que me interesan es a 15 meses y tal y como esta la economía me interesa más que uno de 3 meses porque al terminar dentro de 3 meses lo probable es que todos los depósitos sean a un interés menor, posiblemente mucho menor. (¿Opináis igual que yo?).
La duda que tengo es que si lo abro a 1 de diciembre de 2008 el deposito con 9015 euros, se terminaría el 1 de marzo de 2010. Para la declaración de 2008 escribiría como cuenta la que este el deposito en cuestión, pero en el 2009 que cuenta pongo en la declaración, porque tendría esta cuenta y luego otra que habría abierto con otros 9015 euros. Es decir a 31 de diciembre tendría dos depósitos para destinar a una vivienda. ¿Se puede hacer esto?, ¿o solamente podría utilizar el tema de depósitos en periodos no superiores a 1 año?. Que complicado es esto y todo por no abrir... Leer más ...
Para Hacienda, Cuenta Vivienda es cualquier producto de ahorro, llamese cuenta a la vista, deposito, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos:
1.- El dinero que allí se meta no se podrá sacar para otro fin que la compra de la vivienda.
2.- No se podrá disponer de el dinero salvo para la compra de la vivienda.
No es necesario avisar a Hacienda, ellos sólo controlan los saldos y los incrementos que hagas al año del saldo, ya que sobre este ultimo calculan tu beneficio fiscal. Creo recordar que el 15% de un incremento maximo de 9.015€.
Yo sigo teniendo una duda:
¿Tienes que avisar a la entidad que el deposito que vas a contratar lo vas a declarar como cuenta vivienda?
Gracias y un saludo a todos.
Para nada.
Pero lo malo es que si se lo dices, puede que el comercial esté menos informado que tú y te diga que un deposito no sirve y que tienes que hacer por fuerza su producto destinado a cuenta vivienda, como me paso a mi. Por mucho que le decia que lo habia leido todo en internet, no se fiaba. Aunque al dia siguiente me llamo rapidamente dandome la razón
y ala hora de hacer la declaracion que hay que hacer para q un deposito nos cuente como cuenta vivienda.
En el apartado donde tienes que poner el numero de la cuenta, pones el nº de la cuenta donde tengas esos ahorros. A hacienda la da igual si esa cuenta es de un deposito o una cuenta corrienta normal. Lo unico que ya sabes que de ese dinero no podras coger ninguna cantidad para otra cosa que no sea la futura vivienda.
Completamente. Olvidate de los productos de las entidades con denominación cuenta vivienda, suelen dar mucha menos rentabilidad que los depositos tradicionales. Hacienda permite por ejemplo que el dinero invertido en un deposito sea utilizado como cuenta vivienda. Estudia las opciones de los depositos que hay muchas oferta y muy buena.
Se nota que no has buscado en el foro porque ya se ha hablado bastante de las cuentas viviendas, y lo mejor es meterlo en cualquier deposito o cuenta de alta remuneracion que sirve igual que una cuenta vivienda de cara a hacienda, y consigues mucho mas que esos 4 y pico %
Yo acabo de cancelar la cuenta vivienda con ahorros de mas de 3 años para llevarlos al deposito bienvenida de ibercaja, y la que me atendio lo unico que me ofeció es un plan de ahorro creciente o no se que historia ?¿?
Yo comentaros que estoy moviendo el dinero libremente, de hecho ya lo hice el año pasado y no tuve ningún problema, además como superaba los 20.000 euros este año incluso lo tengo troceado que en vistas de como esta la situación mejor no correr ningún riesgo, vamos que el dia 20 de diciembre si que lo agruparé en una cuenta cualquiera y en 5 de enero lo vuelvo a empezar a mover. Si no me lo permiten pues oye mala suerte, total lo de comprar piso no lo tengo nada claro, ... Leer más ...
Hola,
mi contestación es que si, pero como ves hay disparidad de interpretaciones, incluso desde la misma Hacienda, no obstante, si, es más, mantener una cuenta para la compra de vivienda a un 3,5% hoy por hoy es perder dinero, e incluso abrirla al 4,5% te diría que tambien, tienes productos al 6% como ING si no quieres marearte mucho, es decir la cuenta naranja te sirve igualmente, no hace falta que se llame cuenta vivienda.
Un saludo.
Tengo una duda. Si tienes una Cuenta Vivienda en un Banco X que te da un interés del 3,5%, puedes traspasarla al Banco Y que te da un 4,5%?
Es posible hacer esto?
Gracias por anticipado
A mi este año me aseguraron en Hacienda que no se podía traspasar el dinero de la cuenta o depósito que consideres como Cuenta Vivienda, pero por lo que he visto luego fue más desinformación de la chica que me atendió que otra cosa. En este párrafo que comentaba manu deja bien claro:
manu Escribió:
En el supuesto de que el saldo de la cuenta vivienda provenga, total o parcialmente, de cantidades depositadas en otra cuenta vivienda anterior al haberse producido un traslado del saldo de una cuenta a otra, se indicará como fecha de apertura la que corresponda a la cuenta más antigua, sin que, en ningún caso, los saldos procedentes de ejercicios anteriores den derecho a deducción en 2007.
Tengo una duda. Si tienes una Cuenta Vivienda en un Banco X que te da un interés del 3,5%, puedes traspasarla al Banco Y que te da un 4,5%?
Es posible hacer esto?
Gracias por anticipado
Yo creo que la ley está clara y Si se puede cambiar de cuenta.
En cualquier caso cuando vayas abrirte la nueva cuenta no estaria de mas que lo consultaras con el nuevo banco y que solicitara un traspaso por la totalidad del saldo para que quedara claro que el saldo proviene de la cuenta en cuestion y no se ha usado para otro fin.
Tengo una duda. Si tienes una Cuenta Vivienda en un Banco X que te da un interés del 3,5%, puedes traspasarla al Banco Y que te da un 4,5%?
Es posible hacer esto?
Yo, como ya llevo varios años con ella ... Estoy hasta los c@j@nes de tener que volver a rellenar el número de Cuenta ya que a Hacienda no le apetece ponerlo en el borrador porque PUEDES CAMBIAR DE CUENTA VIVIENDA ...
Lo unico que no puedes hacer es REDUCIR el saldo respecto al declarado en la ultima declaración ...
Claro que tambien cambio de vivienda y tampoco les sale de los c@j@nes actualizar mi dirección pero eso es otra historia ...
Bueno, pues nada mas que concretar, sino esto se va a convertir en un si, un no, y de ahi no salimos, lo importante es que no se te pase el plazo de los 4 años.
Un saludo.
En el supuesto de que el saldo de la cuenta vivienda provenga, total o parcialmente, de cantidades depositadas en otra cuenta vivienda anterior al haberse producido un traslado del saldo de una cuenta a otra, se indicará como fecha de apertura la que corresponda a la cuenta más antigua, sin que, en ningún caso, los saldos procedentes de ejercicios anteriores den derecho a deducción en 2007.
Pues este párrafo parece que lo deja muy claro. Pero ayer precisamente llamé a uno de los números de Hacienda y me volvieron a decir por teléfono que la cuenta o depósito debe ser la misma... Leer más ...