Y si es por ejemplo un depósito que hiciste hace dos años y cumple ahora en el 2015? Qué retención es? La de cuando lo contrataste 21 o la de ahora 20?
Y si es por ejemplo un depósito que hiciste hace dos años y cumple ahora en el 2015? Qué retención es? La de cuando lo contrataste 21 o la de ahora 20?
libradolar no es por la cantidad que tengas en los depósitos, es por los intereses/ganancias que te dan. Y es sobre el total, aunque lo dividieses en varios bancos sería lo mismo, pero si estás diciendo que tienes ingresos provenientes de intereses de depósitos superiores a 50.000€, con los intereses de risa que están dando....,¡¡no sé qué pintas aquí :-D!!!, tienes que ir a otros sitios...
Un uno por ciento progresivo anual durante dos años es, sinceramente, un timo en toda regla.
¿que pretenden hacer entender con esto? ¿que vamos a pagar menos impuestos? ¿un uno por ciento?
a los curritos normales cuando supone éso, ¿20 euros más?
Una rebaja seria sería en torno al 5% por lo menos, para empezar... y progresivamente hasta el 10%
por que, no nos olvidemos, nos están haciendo tributar doblemente, ya que ese dinero es generado gracias a otro dinero preexistente que ya ha sido cercenado por los impuestos... y ese 1% que ganamos en los depositos no llega ni al umbral de ipc.....
Se debería empezar a tributar en el ahorro si se gana a partir del ipc, no antes, ya que creo (yo al menos) que no se debería considerar ni si quiera ganancia, ya que es, como digo, tan sólo recuperación del ipc anual y una no-perdida del valor de lo generado (y previamente fiscalizado ya) por nuestro trabajo.
No se si se me entiende... creo que si, no?
¡¡¡¡Nos están robando y ahora dicen que nos perdonan un 1% y encima se dice que es una fantástica noticia!!!!!
libradolar no es por la cantidad que tengas en los depósitos, es por los intereses/ganancias que te dan. Y es sobre el total, aunque lo dividieses en varios bancos sería lo mismo, pero si estás diciendo que tienes ingresos provenientes de intereses de depósitos superiores a 50.000€, con los intereses de risa que están dando....,¡¡no sé qué pintas aquí :-D!!!, tienes que ir a otros sitios... Leer más ...
La reforma fiscal va a traer consigo cambios notables en los productos financieros en lo que se refiere a los tipos impositivos sobre las ganancias. Uno de los productos que más expectativas levantaban este sentido era el de los depósitos, que, como veremos, van a tener una rebaja progresiva en la aplicación de los citados tipos.
Se trata de una modificación que afecta a los productos de ahorro incluyendo por supuesto otras modalidades como pueden ser los bonos, las cuentas de ahorro, etcétera, en un proceso que está trayendo también algunas novedades como la aparición de nuevas figuras de ahorro que iremos revisando próximamente, incluyendo el tan traído y llevado Plan Ahorro 5.
...al departamento responsable y le responderemos a la mayor brevedad posible.
Muchas gracias por su colaboración.
Un saludo,
Tal vez si muchos insistimos se tomen la molestia de estudiarlo. Creo que sería muy interesante para los pequeños ahorradores, como los que abundamos por esta web. Sería una buena forma de darle en las narices a los dirigentes ineptos que tenemos y que nos han dejado casi sin rendimientos a nuestros ahorros, aprovechando el producto que se han inventado para que tengamos nuestro dinero a 5 años sin tocarlo y por un mísero interés. Ahorrarse la fiscalidad de casi cero intereses es un ahorro de prácticamente cero. Pero ahorrarse la fiscalidad de un 4 % no es nada despreciable.
Mis cálculos son que el plan de pensiones sólo interesa si el porcentaje de retención que te aplican ahora es superior al que te aplicarán cuando te jubiles por la suma de la jubilación + rescate plan pensiones.
Además del importante hándicap de no poder rescatarlo.
Lo de los regalos por traspasar el plan es el chocolate del loro.
En conclusión, interesa cuando cobras más de 60.000 euros año, o en todo caso cuando tienes ingresos de más de 35.000 € pero sabes que no vas a necesitar JAMÁS el dinero. Si no, mejor fondos de inversión. La oferta es mucho más diversa, suelen ser más baratos y tienen liquidez inmediata. Y la fiscalidad también puede ser interesante.
Se supone que con la nueva ley podrán rescatarse en breve no?
Mis cálculos son que el plan de pensiones sólo interesa si el porcentaje de retención que te aplican ahora es superior al que te aplicarán cuando te jubiles por la suma de la jubilación + rescate plan pensiones.
Además del importante hándicap de no poder rescatarlo.
Lo de los regalos por traspasar el plan es el chocolate del loro.
En conclusión, interesa cuando cobras más de 60.000 euros año, o en todo caso cuando tienes ingresos de más de 35.000 € pero sabes que no vas a necesitar JAMÁS el dinero. Si no, mejor fondos de inversión. La oferta es mucho más diversa, suelen ser más baratos y tienen liquidez inmediata. Y la fiscalidad también puede ser interesante.
No se si los a los fondos les van a aplicar la misma fiscalidad que a las acciones, si es así, es recomendable tenerlos más de un año, en caso de que tu diferencial sea alto, si es de mileurista como el mío te es indiferente, a no se que des con un buen chicharro que te suba a las nubes. Igual que tú creo que si no ha llegado el momento pronto llegará para posicionarse largo, aunque todavía puede haber sorpresas.
Ya nos contarás sobre ese fondo con garantía, pero no me fio de la letra pequeña de este tipo de fondos.
Saludos.
juncos Escribió:
Está bastante claro que a más riesgo mayor rentabilidad, lo complicado es saber establecer el equilibrio perfecto... Ya nos contarás que tal te va, aunque viendo tu experiencia seguro que bien...
No creas juncos, no lo creas, he tenido una racha muy mala hace apenas cuatro años con las acciones y los futuros. Los segundos los he abandonado por el seguimiento que se necesita y las primeras están en estudio, creo que vamos a entrar en un periodo bueno, muy bueno pero ahora estoy en formación, totalmente desinformado, así que barajo como primera posibilidad un fondo de inversión de garantía. He visto... Leer más ...
24000 x 2.60% = 624 Euros
+ la fiscalidad que corresponda a esa cantidad....
Aqui tienes esa misma televisión por 515 Euros Iva incluido + 10 Euros de transporte.
A mi forma de ver... no creo que salga rentable
Saludos
...en vigor en ese momento para el depósito de 12 meses (actualmente 3,25% TIN). El nuevo tipo de interés será comunicado por carta con al menos 15 días de antelación. En caso de no renovación, se puede cancelar el depósito llegada la fecha de vencimiento, solicitándolo previamente, pasando a abonar el importe principal en la cuenta vinculada. Cancelación anticipada: 1% TAE, los intereses que se liquidarán serán del 0,99% TIN (1 % TAE) por el periodo transcurrido desde la última fecha de liquidación de intereses y la fecha de cancelación de dicho depósito. Fiscalidad: retención del 19%. Para pasivo externo. Válido para un depósito por titular.
...de los fondos, y asi estan, y si quiere le refresco la memoria con la de gente que ha caido por el camino con los dichosos planes de pensiones, que cuando han ido a coger su dinero tras una merecida jubilacion, han tenido la grandisima mala suerte de tocar con gestores que no ven tres en un burro, ¿¿seran titulados??, y que han hecho perder casi lo aportado durante tantos años... o es que no son capaces de ver que a una persona con pocos años para rescatar no se le debe hacer un plan de pensiones invertido en bolsa, hace falta ser titulado para eso. Cuanto vender el cuento chino de la fiscalidad beneficiosa de este producto en Diciembre, porque no informan correctamente y les hablan del palo que se van a llevar cuando lo rescaten, sera porque es mas ventajoso tener ese dinero sujeto durante muchos años.... sera tal vez, ¿¿no??
Y si quiere le sigo explicando multitud de cosas,
Ahora esta muy de actualidad la actitud delictiva de ciertos personajes que especulando estan haciendo tambalear a toda una nacion, por lo visto se empieza a sentir ese pensar, ...... bueno si esto cuaja.... a que se van a dedicar??? porque no hay mayor especulacion que lo que han hecho... Leer más ...
...accidente de tráfico?, por poner un ejemplo. Se pierde Todo. Que se sepa.
-Las Garantías solo son ejecutables si se han realizado ante Notario bajo escritura Publica, dejando bien claro que el Acreedor de la Deuda es el Prestamista. No confundamos al personal. Lo demás como dicen por arriba, son pajas mentales.
Estas preguntas han sido realizadas hasta la saciedad, pero nunca respondidas de forma coherente, sin insultos y de forma educada y lógica.
Lo que se exige de estos señores es que expliquen de forma clara su negocio, riesgos reales, posibles problemas legales, fiscalidad, etc. y no solo hacer incapié en el famoso 33, 33, 33, 33, 33.
-En la vida, los negocios se cierran muchas veces basados en la Confianza Cliente-Empresa, en este caso la confianza empresarial está por los suelos.
La imagen en una empresa es un valor incalculable, el cual se tarda años y décadas en forjar, andar cambiando el nombre cada 3 años, no ofrece mucha garantía, es más, ninguna. Una web cutre sin Dirección Física, un simple movil que anda por la Web, un servicio que se mueve en el limbo de la legalidad, rozando la Usura, (delito), cualquier publicista o director de Marketing... Leer más ...