...o sea, por el CashBack en mis compras diarias, ya que la tarjeta de mi banco español no tiene ese regalito plus para mí.
Ah, y una cosa
importante, ¡NO tenéis que declarar vuestros bienes de fuera de España
si su valor no excede los 50.000 euros!
Y eso en cada tipo de bienes, o sea, puedes tener por ejemplo un coche en valor de 49.999€, un piso de 49.999 y una cuenta bancaria con 49.999€ fuera de España sin que tengas que declarar. En el momento que en cualquier activo sobrepases esa cantidad, debes rellenar el Modelo
720, así dice la ley, y hay que cumplirla.
Ah, sí... ¿las criptomonedas también cuentan como valor? Sobre eso todavía hay borrosidad... ¡Justamente por eso quieren
legalizar el uso de las criptomonedas en varios países, para poder controlarlas, para darles valor oficial y así sumarlas a la lista oficial de bienes!
Y hasta que no esté completada la legalización, pueden insinuir por todos lados que declares tus criptomonedas, pero obligarlo no pueden, todavía no es obligatorio, por la falta de la legalización total. Por supuesto si declaras, puedes hacerlo, no hay dinero que la Hacienda no reciba con gran alegría.
Pero no...
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