Límite de la deducción: inversión máxima deducible.
a) Adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación
de la vivienda habitual y cantidades depositadas
en cuentas vivienda.
El importe máximo de las inversiones con derecho
a deducción por el conjunto de estos conceptos
está establecido en 9.015 euros anuales, sin que el
eventual exceso de las cantidades invertidas sobre
dicho importe pueda trasladarse a ejercicios futuros.
b) Cantidades destinadas a la realización de obras
e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual
del contribuyente por razón de discapacidad.
El importe máximo de la inversión con derecho
a deducción por este concepto está establecido en
12.020 euros anuales, sin que el eventual exceso de
las cantidades invertidas sobre dicho importe pueda
trasladarse a ejercicios futuros.
Este último límite es independiente del establecido
para los restantes conceptos deducibles por inversión
en vivienda habitual. En consecuencia, si concurriera
el derecho a deducción por este concepto y, por
ejemplo, por adquisición de la vivienda habitual, las
cantidades invertidas para dicha adquisición darían
derecho a deducción hasta la cuantía de... Leer más ...
...de pagos o únicamente no se aplicaría y ya está? Que conste que yo soy funcionario de carrera y la letra no supone más del 30% de mi nómina con lo que quiero decir que hay seguridad de pago de las letras.
¿En la firma de la hipoteca o en la póliza de protección de pagos te hacen firmar que estás trabajando actualmente?
¿O acaso la unica cuestión es que la póliza no te pagaría por no cumplir los requisitos de la cobertura (trabajador indefinido con más de 6 meses de antigüedad)?
Gracias a todosDesde el mes Febrero solicite una subrogación y ampliación de una hipoteca que tengo con cajamar .Me habéis concedido la operación y a los seis meses después, una Srta. Silvia Jara y una tal Elena de riesgos de Madrid se dan cuenta de una incidencia con la nota simple ,¿como no se han dado cuenta de esta incidencia si la nota simple la tienen desde el mes de Febrero?Esta es mi queja y a la que voy ha llevar a donde la ley me ampare y hasta el final pues no es legal tener a una familia durante cinco meses esperando y después de citarme dos veces en notaria para firmar, habiendo firmado el escrito pidiéndole a cajamar la oferta vinculante y vino aceptada y aprobada la operación... Leer más ...
Hola,
confirmarte que SI ha sido aprobado, y los datos son los siguientes si quieres consultarlos:
REAL DECRETO 1975/2008, de 28 de noviembre sobre las medidas urgentes a adoptar en materia económica, fiscal, de empleo y de acceso a la vivienda.
PUBLICADO EN EL B.O.E nº.290 del martes 02 de Diciembre de 2008, paginas 48135 a 48142.
De todas formas, de aqui al dia 27 no creo que te de tiempo a comprarte un piso, asi que, ya solo te queda, o bien tener 2 años mas, o devolver el dinero a haciendo el año que viene. Pero yo creo que será lo primero.
Hola,
yo entiendo que si, desde el 28 de noviembre, segun aparece en la pagina web de Economia, pero el caso es que no he conseguido ver nada publicado en el BOE, no obstante vete a Hacienda haz la consulta y si no te quedas convencido, haz una solicitud de aplazamiento por escrito, con ello tendrías justificado el haber superado el plazo.
Un saludo.
Hola! El 27 de Diciembre se me cumplen los 4 años de la cuenta vivienda, y me gustaría saber si la ampliación anunciada por el Gobierno hasta los 6 años está ya en vigor. Muchas gracias.
Hola,
como continuación a la medida respecto de ampliación del plazo para las cuentas vivienda, acompaño escrito del ministerio de economia:
¿Quién puede beneficiarse?
-Los titulares de una cuenta ahorro-vivienda cuyo plazo de 4 años para materializar la inversión en la compra de una vivienda se cumpla entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2010.
¿En quéconsiste?
-En la ampliación, hasta el 31 de diciembre de 2010, del plazo para adquirir una vivienda para los titulares de cuentas ahorro-vivienda cuyo plazo de cuatro años expire en 2008, 2009 y 2010.
-Durante el periodo extra, las aportaciones que se realicen a lacuenta vivienda no tendrán derecho a desgravación fiscal.
¿Quésucede si no se adquiere la vivienda a 31 de diciembre de 2010?
-El titular de la cuenta deberádevolver la deducción fiscal que se haya aplicado.
ejemplo
El titular de una cuenta vivienda abierta el 8 de noviembre de 2004 debería haber comprado su vivienda antes del 8 de noviembre de 2008. Ahora, dispondráhasta el 31 de diciembre de 2010 para llevar a cabo la compra.
Corredor considera "razonable" alargar los plazos de vencimiento de las cuentas vivienda
La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, considera "razonable" prorrogar los plazos de vencimiento de las cuentas ahorro vivienda que ofrecen las entidades financieras, dada la actual situación del mercado inmobiliario, sin embargo ha querido dejar claro que "no es una cuestión que entre en la competencia del Ministerio de Vivienda".
En rueda de prensa para presentar los presupuestos de su departamento, la ministra quiso dejar claro que "no me corresponde a mí pronunciarme, lo tendrían que decidir los que tienen competencia en ello: el Ministerio de Economía y Hacienda y las entidades financieras, que son las que facilitan las cuentas ahorro vivienda", señala Corredor.
Propuesta del PP
Por lo general, las cuentas ahorro vivienda tienen un plazo de vencimiento de cuatro años, a excepción de algunas comunidades autónomas, y una deducción fiscal del 15% en la declaración de la Renta, hasta un máximo de 9.015 euros.
Desde la Asociación Hipotecaria de España (AHE) se ha recomendado la posible prórroga, ampliación y mejora de las actuales cuentas viviendas en vigor porque... Leer más ...
Hola, aqui os pongo la nota de prensa del ministerio de economia sobre las medidas va a adoptar para la mejora de la situacion economica del pais, entre ellas la famosa de los 400 euros y sobre las hipotecas, ademas de otras. Un saludo.
El Gobierno aprueba un plan de medidas deestímulo económico
Este conjunto de medidas inyectará 10.000 millones de euros a la economía española durante 2008.
La nueva deducción de 400 euros supone una reducción de impuestos de 6.000 millones de euros.
A partir del mes de mayo, y durante dos años, todas las familias que quieran ampliar el plazo de su hipoteca podrán hacerlo gratis.
Se elimina el gravamen en el Impuesto sobre el Patrimonio con fecha 1 de enero de 2008.
A partir de 2009 las devoluciones del IVA se podrán obtener mensualmente.
Se eliminan las retenciones sobre los intereses de la Deuda Pública y otros instrumentos de renta fija para los no residentes.
18 abril de 2008. El Consejo de Ministros ha aprobado un conjunto de medidas de estímulo económico que, en total, inyectarán este año 10.000 millones de euros a familias y empresas. Las medidas, que se articulan en un Real Decreto-Ley y un Acuerdo del Consejo de... Leer más ...
Hola a todos, aqui mas abajo os transcribo la guia del ministerio de economia sobre la reciente aprobacion de un real decreto por el que alargar el plazo en tiempo del prestamo hipotecario NO VA A SUPONER COSTES NINGUNO, y cuya ventaja va a ser unicamente por dos años.
GUIA INFORMATIVA
CÓMO OBTENER UNA AMPLIACIÓN GRATUITA DEL PLAZO DE SU
PRÉSTAMO HIPOTECARIO.
¿A quién está dirigido?
Los beneficiarios de esta medida han de reunir los siguientes requisitos:
- Ser personas físicas.
- Titulares de un préstamo con garantía hipotecaria para la construcción,
rehabilitación o adquisición de su vivienda habitual. Esta medida no se aplica
respecto de los créditos con garantía hipotecaria.
- La hipoteca ha de recaer sobre su vivienda habitual.
- Los préstamos con garantía hipotecaria han debido ser necesariamente
concedidos por entidades de crédito, esto es, bancos, cajas de ahorros,
cooperativas de crédito o establecimientos financieros de crédito.
¿En qué consiste?
Se trata de una novación, es decir, de una modificación de una de las condiciones del
préstamo hipotecario que usted formalizó en su momento con su entidad de crédito.
En concreto, se modifica el plazo de... Leer más ...