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RESCATE PLAN PENSIONES Tema: RESCATE PLAN PENSIONES - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

pin1
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EnvíoAsunto: Re: RESCATE PLAN PENSIONES

Publicado:
Para recibir la prestación de un plan de pensiones, el Reglamento de Planes establece cuatro posibles contingencias:

Artículo 7. Contingencias
Las contingencias susceptibles de cobertura en un plan de pensiones podrán ser:
a) Jubilación.
b) Incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo, y gran invalidez.
c) Fallecimiento del partícipe o beneficiario.
d) Dependencia severa o gran dependencia del partícipe regulada en la Ley 39/2006

Por su parte el articulo 11 establece:
A partir del acceso a la jubilación, el partícipe podrá seguir realizando aportaciones al plan de pensiones. No obstante, una vez iniciado el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia

Contestando directamente a tu caso, te diré que puedes seguir aportando pero no puedes rescatarlo al estar jubilado, solamente y desgraciadamente se podrá hacer en caso de fallecimiento o dependencia. ¿Tienes dependencia? Si es afirmativo puedes rescatarlo

www.dgsfp.meh.es/ ...0/RPFP.pdf

¡¡Qué mal te informaron en el...
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RESCATE PLAN PENSIONES Tema: RESCATE PLAN PENSIONES - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

portuense
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EnvíoAsunto: Re: RESCATE PLAN PENSIONES

Publicado:
Para recibir la prestación de un plan de pensiones, el Reglamento de Planes establece cuatro posibles contingencias:

Artículo 7. Contingencias
Las contingencias susceptibles de cobertura en un plan de pensiones podrán ser:
a) Jubilación.
b) Incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo, y gran invalidez.
c) Fallecimiento del partícipe o beneficiario.
d) Dependencia severa o gran dependencia del partícipe regulada en la Ley 39/2006

Por su parte el articulo 11 establece:
A partir del acceso a la jubilación, el partícipe podrá seguir realizando aportaciones al plan de pensiones. No obstante, una vez iniciado el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia

Contestando directamente a tu caso, te diré que puedes seguir aportando pero no puedes rescatarlo al estar jubilado, solamente y desgraciadamente se podrá hacer en caso de fallecimiento o dependencia. ¿Tienes dependencia? Si es afirmativo puedes rescatarlo

www.dgsfp.meh.es/ ...0/RPFP.pdf

¡¡Qué mal te informaron en el banco!! El caso es...
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RESCATE PLAN DE PENSIONES Tema: RESCATE PLAN DE PENSIONES - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

valenciano
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EnvíoAsunto: Re: RESCATE PLAN DE PENSIONES

Publicado:
tenía dos planes ultima aportacion año 2004. (en ambos)
Rescato uno 2010 en su totalidad (aunque el impreso gestora dice renta).
Rescato otro un mes despues en 2010 todo de una vez (impreso dice capita)
¿Pregunto?. Tengo la exención del 40% en los dos planes.
aunque el primero dice RENTA pero lo cobré en un unico pago.
En caso de tener derecho a la REDUCCION en uno solo puedo elegirlo yo.
El rescate lo he realizado de los dos en este año 2010. estoy jubilado.

Mejor Forma Rescate Plan de Pensiones Tema: Mejor Forma Rescate Plan de Pensiones - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

manu
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EnvíoAsunto: Re: Mejor Forma Rescate Plan de Pensiones

Publicado:
Hola,
por partes dos cosas,
la primera entiendo que sois matrimonio en gananciales por tanto los ingresos de tu marido al 50% son tuyos, por tanto ya tienes ingresos. No obstante en este punto se contradice Hacienda pues si que lo considera para algunas cosas y para otras no, como en esta te puede decir que para eso existe la APORTACION AL PLAN DEL CONYUGE QUE puede realizar tu marido y no tu directamente a un plan tuyo. Ahi ya estamos con que se quiera interpretar, por esa regla de tres nunca podrias tener la propiedad de un piso por ejemplo, sin embargo se acepta, etc.....
la segunda si tu marido se va a jubilar en este año y es cuando piensa rescatar su plan de pensiones es cuando precisamente le interesa tu aportacion a tu plan de pensiones para que realizando una declaracion de la renta apropiada le pueda beneficiar el hecho de que tu aportes y por tanto restes a lo que le tocaria pagar del plan. No obstante posiblemente le interesase esperarse al año que viene para rescatarlo, dado que si sumamos que ya jubilado cobrara menos en el año, mas las aportaciones tuyas al plan de pensiones, y sumado las deducciones le puedan corresponder segun la antiguedad del plan...
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Duda rescate Plan de pensiones. Tema: Duda rescate Plan de pensiones. - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

jose
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EnvíoAsunto: Duda rescate Plan de pensiones.

Publicado:
Hola, quería realizar una consulta.
Tengo un plan de pensiones individual desde hace más de 20 años, pero no realizo ninguna aportación desde hace más de 15 porque no me interesaba fiscálmente. Durante estos años he ido moviéndome de un plan más agresivo a unoo cada vez más conservador.

Ahora, me he jubilado y quiero recuperar el capital. Tengo entendido que, si lo recuperas de una sola vez, puedes deducir un 40% siempre que las aportaciones se realizaran antes de 2007. Y ahí viene la cuestión. Creo recordar que, después de esa fecha, moví de un plan a otro dentro de la misma entidad. ¿Eso supone que Hacienda considera eso una nueva aportación a un nuevo plan o "comprende" que no es una nueva aportación?

Gracias de antemano.

Aportación Plan Pensiones Jubilado Tema: Aportación Plan Pensiones Jubilado - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

Fran
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EnvíoAsunto: Re: Aportación Plan Pensiones Jubilado

Publicado:
Si uno se jubila el 20 de agosto (p.e.) hasta el 31 de diciembre de ese año puede aportar cantidades a su Plan de Pensiones para poder rescatarlo con lo ya acumulado anteriormente en el plazo actual en vigor desde el dia de la jubilación?

Aportación Plan Pensiones Jubilado Tema: Aportación Plan Pensiones Jubilado - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

antonioa
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EnvíoAsunto: Re: Aportación Plan Pensiones Jubilado

Publicado:
segun la ley 35/2006 de 28 de noviembre
Las aportaciones que se realicen a un plan de pensiones una vez jubilado y antes de iniciar el cobro de las prestaciones tambien se podran recuperar en vida. Sin embargo una vez iiniciado el cobro de la prestación de jubilación las aportaciones realizadas solo podran destinarse a contingencias de fallecimiento

Aportación Plan Pensiones Jubilado Tema: Aportación Plan Pensiones Jubilado - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

manu
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EnvíoAsunto: Re: Aportación Plan Pensiones Jubilado

Publicado:
Hola,
si todavia no lo has rescatado lo único que te podría beneficiar algo es esperar al mejor momento a partir del cual cobras menos y donde la suma con lo rescatado, bien capital bien renta, no se te dispare el IRPF.
Luego ya otra cosa es poder beneficiarte de otras deducciones al IRPF como cualquier otro ciudadano, caso vivienda, etec....
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Aportación Plan Pensiones Jubilado Tema: Aportación Plan Pensiones Jubilado - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

santicid
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EnvíoAsunto: Re: Aportación Plan Pensiones Jubilado

Publicado:
Muchas gracias,

entonces no hay ningún sistema para deducirme de algo al rescatar mi plan de pensiones que no sea dejar a mis herederos?

Aportación Plan Pensiones Jubilado Tema: Aportación Plan Pensiones Jubilado - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

manu
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EnvíoAsunto: Re: Aportación Plan Pensiones Jubilado

Publicado:
Hola,
las aportaciones que realices una vez jubilado, van a tus herederos.
Ya depende de tus intereses, pero es una de las formas de favorecer al heredero que consideres tu mas apropiado dado que ahi no entra lo de la legítima o no legítima, sino que simplemente tu designas al beneficiario y punto.
Un saludo.

Aportación Plan Pensiones Jubilado Tema: Aportación Plan Pensiones Jubilado - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

santicid
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EnvíoAsunto: Aportación Plan Pensiones Jubilado

Publicado:
Buenas a todos,

Tengo una pequeña duda, yo ya estoy jubilado cobrando mi jubilación de la Seguridad Social y tengo un plan de pensiones que todavía no he rescatado y me preguntaba, si hago una aportación al plan de pensiones ahora mismo lo podré rescatar en forma de renta o capital o va para mis herederos?

Muchas gracias

Caja España – Regalo 2% por Traspaso de Plan de Pensiones Tema: Caja España – Regalo 2% por Traspaso de Plan de Pensiones - Planes de Pensiones Foro: Planes de Pensiones

ob6
Imagen: Ob6
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EnvíoAsunto: Caja España – Regalo 2% por Traspaso de Plan de Pensiones

Publicado:
Caja España – Regalo 2% por Traspaso de Plan de Pensiones



Planes de Pensiones 2008

Por Abrir un Plan de Pensiones, Trasladarlo desde Otra Entidad financiera o Realizar Aportaciones al mismo.

En función del importe de las Aportaciones o Traspasos realizados:
Si la suma de aportaciones a los Planes de Pensiones Caja España es igual o superior a 5.000 euros, aportan hasta el 2% de las mismas a su Plan Fidelis.
Si son inferiores a 5.000 euros por periodo, regalan 1 Punto Caja España por cada euro aportado.

Periodos para traspasos y aportaciones:
Primer periodo: del 01/01/2008 al 30/06/2008.
Segundo periodo: del 01/07/2008 al 31/12/2008.
Periodos independientes, los traspasos que se hagan en el primer periodo no se acumularán a los que se hagan en el segundo.


Esta Promoción continuada no se acumulará a ninguna otra que pudiese existir para planes de pensiones.

Los importes de aportaciones y traspasos nunca se suman entre sí, siempre han de tomarse por separado.

La suma de los importes se calcula por semestres naturales (01/01/2008 al 30/06/2008 y 01/07/2008 al...
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