jaja no creo que haga falta que sean tan elevados, con que cobres más de 15.000€ en declaración individual ya no te los van a devolver. Otra cosa es que sea conjunta, tengas hijos... y aún así ya veremos... Pero vamos, que lo de la encuesta me parece bien, de hecho yo aumentaría rangos!!
Voy a abrir la cuenta para beneficiarme de la promo de 150€ y a mayores por pertenecer a un colectivo concreto en el cual tenemos promocion, me van a dar otros 100€ más, en total 250 por la nómina , voy a hacer tintos germanos ajenos, pero para poder activar dicha promo conjunta tengo que abrir en oficina física y me piden nómina o declaración renta ( por motivos de blanqueo) sabéis si se le da la nómina , despues podrán comprobar que los tintos no llega de la misma cantidad? O es mejor que le dé la renta y me olvido.
Gran noticia lo del colectivo, habrá que ampliar esos colectivos por si nos podemos beneficiar.
Yo siempre entrego la nómina (si me la piden) y jamás me han puesto pegas de mi tintorro.
Saludos y nos cuentas
¿Y qué tipos de colectivos son?
¿Esta doble promoción solo se puede hacer en oficina física?
Voy a abrir la cuenta para beneficiarme de la promo de 150€ y a mayores por pertenecer a un colectivo concreto en el cual tenemos promocion, me van a dar otros 100€ más, en total 250 por la nómina , voy a hacer tintos germanos ajenos, pero para poder activar dicha promo conjunta tengo que abrir en oficina física y me piden nómina o declaración renta ( por motivos de blanqueo) sabéis si se le da la nómina , despues podrán comprobar que los tintos no llega de la misma cantidad? O es mejor que le dé la renta y me olvido.
Gran noticia lo del colectivo, habrá que ampliar esos colectivos por si nos podemos beneficiar.
Yo siempre entrego la nómina (si me la piden) y jamás me han puesto pegas de mi tintorro.
Saludos y nos cuentas
¿Y qué tipos de colectivos son?
¿Esta doble promoción solo se puede hacer en oficina física?
Voy a abrir la cuenta para beneficiarme de la promo de 150€ y a mayores por pertenecer a un colectivo concreto en el cual tenemos promocion, me van a dar otros 100€ más, en total 250 por la nómina , voy a hacer tintos germanos ajenos, pero para poder activar dicha promo conjunta tengo que abrir en oficina física y me piden nómina o declaración renta ( por motivos de blanqueo) sabéis si se le da la nómina , despues podrán comprobar que los tintos no llega de la misma cantidad? O es mejor que le dé la renta y me olvido.
Hola
Gran noticia lo del colectivo, habrá que ampliar esos colectivos por si nos podemos beneficiar.
Yo siempre entrego la nómina (si me la piden) y jamás me han puesto pegas de mi tintorro.
Voy a abrir la cuenta para beneficiarme de la promo de 150€ y a mayores por pertenecer a un colectivo concreto en el cual tenemos promocion, me van a dar otros 100€ más, en total 250 por la nómina , voy a hacer tintos germanos ajenos, pero para poder activar dicha promo conjunta tengo que abrir en oficina física y me piden nómina o declaración renta ( por motivos de blanqueo) sabéis si se le da la nómina , despues podrán comprobar que los tintos no llega de la misma cantidad? O es mejor que le dé la renta y me olvido.
Abrir la cuenta a nombre de mi hijo siendo yo representante, meter la pasta desde la otra entidad..
Habría que ver la implicación fiscal en la primera transferencia de entrada y la segunda una vez pasado un año, por poder ser interpretada como donación.
Yo creo que no se considera donacion, mientras sea un menor...ademas normalmente haces la declaracion conjunta... el dinero se queda en la unidad familiar... no creo que miren esas cosas... yo recuerdo haber metido dinero a mis hijos cuando la cuenta 123 mini remuneraba, cuando dejó de remunerar lo saque y no paso nada... Leer más ...
Hola, y perdon si este no es el apartado concreto del foro donde preguntarlo, pero no he encontrado otro.
Acabo de ver que ya esta disponible el borrador 2019 y al meter las cuotas sindicales de mi mujer, veo cómo en la declaración conjunta sí que reduce lo que tenemos que pagar, pero en la individual, que sale a devolver, no cambia la cifra ni siquiera 1 centimo.
¿alguien me lo aclara?
GRACIAS
es posible que antes de meter la cuota sindical la devolucion ya alcanzase el total de retenciones realizadas? es decir hacienda no da dinero, el maximo que puedes obtener es la devolucion de todas las retenciones que se te han practicado
Pienso lo mismo, ya tendrá la devolución de todo lo que le han retenido. No te pueden pagar más de lo que te habían "quitado".
A mi me pasa con mi vivienda, vamos al 50% mi mujer y yo....Pues al añadir el seguro de hogar a mi me devuelven 15€ más, y a ella no le cambia, porque ya tiene todo lo que le habían retenido.
Hola, y perdon si este no es el apartado concreto del foro donde preguntarlo, pero no he encontrado otro.
Acabo de ver que ya esta disponible el borrador 2019 y al meter las cuotas sindicales de mi mujer, veo cómo en la declaración conjunta sí que reduce lo que tenemos que pagar, pero en la individual, que sale a devolver, no cambia la cifra ni siquiera 1 centimo.
¿alguien me lo aclara?
GRACIAS
es posible que antes de meter la cuota sindical la devolucion ya alcanzase el total de retenciones realizadas? es decir hacienda no da dinero, el maximo que puedes obtener es la devolucion de todas las retenciones que se te han practicado
Hola, y perdon si este no es el apartado concreto del foro donde preguntarlo, pero no he encontrado otro.
Acabo de ver que ya esta disponible el borrador 2019 y al meter las cuotas sindicales de mi mujer, veo cómo en la declaración conjunta sí que reduce lo que tenemos que pagar, pero en la individual, que sale a devolver, no cambia la cifra ni siquiera 1 centimo.
Estamos hablando de 687€ de intereses en 5 años, es decir unos 130€ al año, eso es poco más del 1%, no interesa amortizar. Además de desgravar en la declaración.
Alberto el máximo que puedes deducir en un año con declaración conjunta son 9.040€ , si realizáis individual 9.040€ cada uno. www.agenciatributaria.es/ ...tual.shtml
Ten en cuenta que también para deducir debes tener retenciones, así que quizás té tenga cuenta amortizar este año que entre el sueldo y finiquito, tendrás mas ingresos y retenciones, y te puede salir a pagar más en la Renta.
Hola,no lo entiendo bien: ¿que tienes, 2 cuentas vivienda en entidades diferentes, o sustituiste una por otra en otra entidad?
Si es el primer caso, no puedes, cada contribuyente sólo puede ser titular de una cuenta vivienda.Si la haces conjunta, es posible incluir las 2, siempre y cuando sean titulares diferentes.
En el segundo caso, puedes incluir la última cuenta.
Hola, cuenta vivienda con esa denominación tengo una con x dinero a fecha 31 diciembre de 2010 y x el 31 dIciembre.
Pero en otra cuenta de ING ahorro tengo 12.000e más que no pasé a ese x. Podría incluirlo en la renta de Bikaia?
Gracias.
hola, a ver, la denominación de cuenta vivienda es ficticia, es decir, se la denomina así porque algunos bancos la remuneran un poco más.
A la hora de hacer la declaración, es cuando introducimos ese nº de cuenta, que a efectos fiscales, es la que tiene en consideración hacienda.
Puedes cambiar de cuenta corriente cuentas veces quieras, eso sí,manteniendo como mínimo el saldo anterior.
Por lo tanto, si en la declaración del ejercicio 2010 tenías x dinero en BBK(supongo), tienes 2 opciones:
-traspasar... Leer más ...
Hola,no lo entiendo bien: ¿que tienes, 2 cuentas vivienda en entidades diferentes, o sustituiste una por otra en otra entidad?
Si es el primer caso, no puedes, cada contribuyente sólo puede ser titular de una cuenta vivienda.Si la haces conjunta, es posible incluir las 2, siempre y cuando sean titulares diferentes.
En el segundo caso, puedes incluir la última cuenta.
Hola, cuenta vivienda con esa denominación tengo una con x dinero a fecha 31 diciembre de 2010 y x el 31 dIciembre.
Pero en otra cuenta de ING ahorro tengo 12.000e más que no pasé a ese x. Podría incluirlo en la renta de Bikaia?
Gracias.
hola, a ver, la denominación de cuenta vivienda es ficticia, es decir, se la denomina así porque algunos bancos la remuneran un poco más.
A la hora de hacer la declaración, es cuando introducimos ese nº de cuenta, que a efectos fiscales, es la que tiene en consideración hacienda.
Puedes cambiar de cuenta corriente cuentas veces quieras, eso sí,manteniendo como mínimo el saldo anterior.
Por lo tanto, si en la declaración del ejercicio 2010 tenías x dinero en BBK(supongo), tienes 2 opciones:
-traspasar el saldo de ING a... Leer más ...
Creo que no lo volveré a ver en mi vida. El año pasado se han juntado varias cosas: desgravación por vivir de alquiler, compra del piso, que la he hecho conjunta al estar mi mujer en paro...
...de dinero de un contribuyente a otro, por eso indica que en caso de que éstas se esten realizando entre personas de la misma unidad familiar (a efectos fiscales) no tendría mayor importancia, pero si estas transferencias se realizan entre personas que no pertenezcan a la misma unidad familiar (novios, padres, hijos, amigos, etc) es altamente probable que esos señores "que somos todos" te pidan explicaciones por donaciones injustificadas de una importante cantidad de dinero.
De ahí que en caso de que éstas no se realizaran por la otra pareja del matrimonio (y realicen declaracion conjunta), la mejor opcion sin lugar a dudas es que las transferencias las realice un AUTORIZADO en la cuenta en la que es titular precisamente el destinatario de la transferencia en la otra entidad, ya que a nivel fiscal el autorizado sólo está moviendo dinero del titular A del banco "x" a la cuenta del titular A a la cuenta del banco "y" y por lo tanto no hay movimientos de capital entre personas distintas que Haciend pudiera interpretar como donaciones encubiertas.
Os puedo asegurar que para Haciend todos los movimientos superiores a 3.000€, asi como los movimientos de inferior cuantia... Leer más ...
...de dinero de un contribuyente a otro, por eso indica que en caso de que éstas se esten realizando entre personas de la misma unidad familiar (a efectos fiscales) no tendría mayor importancia, pero si estas transferencias se realizan entre personas que no pertenezcan a la misma unidad familiar (novios, padres, hijos, amigos, etc) es altamente probable que esos señores "que somos todos" te pidan explicaciones por donaciones injustificadas de una importante cantidad de dinero.
De ahí que en caso de que éstas no se realizaran por la otra pareja del matrimonio (y realicen declaracion conjunta), la mejor opcion sin lugar a dudas es que las transferencias las realice un AUTORIZADO en la cuenta en la que es titular precisamente el destinatario de la transferencia en la otra entidad, ya que a nivel fiscal el autorizado sólo está moviendo dinero del titular A del banco "x" a la cuenta del titular A a la cuenta del banco "y" y por lo tanto no hay movimientos de capital entre personas distintas que Haciend pudiera interpretar como donaciones encubiertas.
Os puedo asegurar que para Haciend todos los movimientos superiores a 3.000€, asi como los movimientos de inferior cuantia... Leer más ...
Para las transferencias de esta promoción se esta hablando tanto de varios titulares en una misma cuenta como de autorizados. No se si alguien lo ha aclarado pero las repercusiones fiscales que ello conlleva son totalmente diferentes en cada caso.
Hasta donde yo se en el caso de declaracion del IRPF conjunta (matrimonio) no habría problema. Pero en caso de declaracion individual con relaciones entre emisor receptor tales como "novia/o" (hay algún post) no lo veo nada claro.
Corregidme si me equivoco, pero una cuenta con 2 titulares, para hacienda "significa" que cada titular es responsable del 50% del capital de la cuenta, sus rendimientos, etc, y asi debe declararlo (si la declaración no es conjunta puede ser "divertido"). Sin embargo un autorizado tan solo mueve el capital en nombre del titular, y no conlleva repercusion fiscal, pero tengo dudas si sería válido para la promoción (en la transferencia probablemente constará el titular y no el autorizado que es lo que interesa).
Toda esta parrafada es teórica, despues en la práctica, considerando el escaso importe, la "devolución" de dicho importe de forma casi inmediata, etc, puede que no pase nada... Leer más ...
Para las transferencias de esta promoción se esta hablando tanto de varios titulares en una misma cuenta como de autorizados. No se si alguien lo ha aclarado pero las repercusiones fiscales que ello conlleva son totalmente diferentes en cada caso.
Hasta donde yo se en el caso de declaracion del IRPF conjunta (matrimonio) no habría problema. Pero en caso de declaracion individual con relaciones entre emisor receptor tales como "novia/o" (hay algún post) no lo veo nada claro.
Corregidme si me equivoco, pero una cuenta con 2 titulares, para hacienda "significa" que cada titular es responsable del 50% del capital de la cuenta, sus rendimientos, etc, y asi debe declararlo (si la declaración no es conjunta puede ser "divertido"). Sin embargo un autorizado tan solo mueve el capital en nombre del titular, y no conlleva repercusion fiscal, pero tengo dudas si sería válido para la promoción (en la transferencia probablemente constará el titular y no el autorizado que es lo que interesa).
Toda esta parrafada es teórica, despues en la práctica, considerando el escaso importe, la "devolución" de dicho importe de forma casi inmediata, etc, puede que no pase nada (pero no veo... Leer más ...
...y con la posibilidad de depos por aumentos de saldo (4meses al 4%) o por amagos (3meses al 4%, esta no siempre). Pero que ya te digo es un ejemplo solo es ver que ofrece cada cual y al igual que si fueran para ti, pero contratado al menor.
Bueno y para acabar, respecto de la fiscalidad, que es muy variable dependiendo de las circunstancias personales de cada cual, en lineas generales son dos puntos a tener en cuenta:
SI GANA EL MENOR MAS DE 1800 EUROS BRUTOS EN DEPOS EL MINIMO FAMILIAR (unos 1900 euros de deduccion o mas segun los casos) SOLO LO VA A TENER QUIEN HAGA LA DECLARACION CONJUNTA CON EL.
SI GANA MENOS DE 1800 EUROS BRUTOS AMBOS TENDREIS DERECHO AL MINIMO FAMILIAR.
SI GANA ENTRE 1800 Y 8000 EUROS SOLO UNO TIENE DERECHO AL MINIMO FAMILIAR.
MAS DE 8000 EUROS NINGUNO TIENE DERECHO A LA DEDUCCION POR MINIMO FAMILIAR.
EL MENOR TIENE DERECHO SI FUERA LA OPCION MAS RENTABLE HA PODER HACER SU DECLARACION INDIVIDUAL, que junto con una conjunta con quien de los dos siempre le devuelvan el total, ES LA FORMA DE RECUPERAR EL TOTAL DE LO RETENIDO EN LOS DEPOS PARA IMPUESTOS, el famoso 19% para los primeros 6.000 euros.
...efectivamente la cuota mensual, mas las amortizaciones, mas los gastos, entre ellos los gastos de correo, mas los seguros de hogar, de vida, etecc... son los que cuya suma deben contabilizarse para los 9015 euros.
14.- CASO DE MATRIMONIOS (gananciales) O PAREJAS,..... bien unos u otros en los que la vivienda y el prestamo esta a nombre de ambos, y siempre que cada cual tenga rentenciones superiores a 1350 euros, y que no se den otras circunstancias que lo desaconsejen, lo interesante es HACER DOS DECLARACIONES INDIVIDUALES, en vez de una conjunta, porque así serán 9015 euros por cada declaración, lo que supone que en el matrimonio o pareja, se esta pagando 18030 euros cada años, con su correspondiente desgravación de 2700 euros, en conjunto. Con esta operación acabaremos todavia antes con el prestamo, claro si se puede mantener pagando esas cantidades.
Y bueno, no se si se me olvida algo mas, pero es mi opinión y mi aportación de lo que se habla en este hilo.
Un saludo.
Como saber, a día de hoy, si la declaración es mejor individual o conjunta? según ellos directamente te ponen la que te es favorable... a mi me han dicho la conjunta... pero me dan mucho miedo los borradores, siempre se equivocan (curiosamente a su favor).
Son más sospechosos que unos gitanos haciendo footing (lo digo porque no les veo en chandal ni con las típicas nike running -a parte de las risillas de alguno de la foto y con unas piedrecicas en la mano... incluso uno corriendo con un cigarro... jejeje-)
Seguro que es mejor que me la cambie de modalidad. No tengo oportunidad de ver las dos opciones, sólo te pone una.