La primera es evidente, no pueden cobrar mas que lo tienen aprobado. En la segunda condición, en todos los depositos que recuerdo, he visto esa condición incluida por el banco.
¿Conoces algún deposito en que se haya dado ese caso?
Eso supondría perder dinero, directamente.
un saludo.
Comisión y penalización por cancelación anticipada de depósitos a plazo fijo
El Servicio de Reclamaciones mantiene el criterio de que son dos los límites a los que debe ceñirse la aludida comisión: no rebasar el máximo recogido en las tarifas de comisiones y gastos de la entidad, y que la cuantía de la penalización no supere el importe de los intereses devengados por la imposición.
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