...no las tengo todas conmigo en que me admitan la demanda ¿A tí te la han admitido Sagara1977?. Esto es debido a que si el juez dice que en vez de juicio verbal tiene que ser juicio ordinario por razón de materia (artículo 249 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, punto 1-5º, que hace referencia a condiciones generales de contratación), tienes que coger abogado y procurador sí o sí independientemente de la cuantía.
Un saludo
Estoy a la espera de la decisión sobre admisión, teniendo en cuenta lo que tú expones y en sentido contrario que la tendencia de las últimas reformas de las leyes procesales son favorecedoras del derecho de los consumidores. Preparado para subsanar por medio de habilitación del Colegio de Abogados en caso de inadmisión, porque en mi caso hay una circunstancia habilitante, el título de Licenciado en Derecho, según el artículo 17.5 del Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española.
Esa opción no la tengo yo ya que no he estudiado derecho ni nada parecido :-(. De todos modos buscando en google "cláusula suelo juicio verbal" salen sentencias que sí han ido por juicio verbal, y la... Leer más ...
...no las tengo todas conmigo en que me admitan la demanda ¿A tí te la han admitido Sagara1977?. Esto es debido a que si el juez dice que en vez de juicio verbal tiene que ser juicio ordinario por razón de materia (artículo 249 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, punto 1-5º, que hace referencia a condiciones generales de contratación), tienes que coger abogado y procurador sí o sí independientemente de la cuantía.
Un saludo
Estoy a la espera de la decisión sobre admisión, teniendo en cuenta lo que tú expones y en sentido contrario que la tendencia de las últimas reformas de las leyes procesales son favorecedoras del derecho de los consumidores. Preparado para subsanar por medio de habilitación del Colegio de Abogados en caso de inadmisión, porque en mi caso hay una circunstancia habilitante, el título de Licenciado en Derecho, según el artículo 17.5 del Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española.
hola compis, soy un poco nulo en estos temas y he estado documentandome pero me surgen un par de dudas:
Formalice con el BBVA , en el año 2000 una hipoteca, que todavia estoy pagando religiosamente, seguidamente en el año 2007 solicite una ampliacion de dicha hipoteca para poder afrontar una reforma del piso, hay van mis dudas:
1ª Podria solicitar el reintegro de los gastos de notaria , registro e impuestos de actos juridicos de la hipoteca y de la ampliacion, creo recordar que hubo que tasar la vivienda para concederme dicha ampliacion. No se si el gasto de tasacion se puede solicitar.
2ª Estaria en plazo para solicitar dichos reintegros.
Un saludo
...no das la "talla", podrías hablar con un asesor fiscal para elevar, aunque sea temporalmente esos "datos" para poder presentarlos al banco. Si quieres saber más dímelo por privado.
Éso es lo que yo haría.
Ahora bien, yo no lo haría ni loco, más que nada por que éso de que "compro una casa y la alquilo".. ya lo tienes que tener muuuuyyy seguro por que las casas (más que los pisos) tienen muchísimos gastos... un ibiu bestial (si la casa vale 500.000€ el ibiu será de 1.000 euros seguro), basura, etc... y encima pon tambien que se rompe una tubería o que tienes que hacer reformas que el seguro no cubre por que es por "mantenimiento" (el seguro solo cubre "accidentes", aunque en la practica lo hagan más allá cubriendo mantenimiento)....
Te puedes ver en la ruina, embargado y debiendo al banco dinero toda tu vida que se acrecentará año a año por que no podrás pagar la pasta nunca.
Si quieres hacer éso, asegúrate de que tú puedas entrar a vivir ahí en el caso de que la casa se te quede vacía, así por lo menos no tendrás que pagar otra casa para vivir....
En mi trabajo he visto muchos casos de éstos.
A parte, si estás estudiando, no te conviene preocuparte por un... Leer más ...
Buenas a todos
antes de nada felicidades por el foro.
a ver liberbank (caja extremadura) me ha precondecido una hipoteca para hacer reforma en casa, me han concedido 80.000€ a 30 años, y euribor +2,1%!! con un minimo del 4%.
eso si con la nomina, plan de pensiones etc... se me queda en euribor +1,7% (con el mismo minimo del 4%)
que os parece????
ya se que para esa cantidad no influte mucho 0.5 arriba o abajo, son 30€, pero una vez que pase el primer año podre renegociar la hipoteca con otro banco y que me baje esas cuotas? gracias
Como anécdota curiosa respecto a los préstamos ICO deciros que en la Caixa dónde se socilitó no tenían ni pajotera idea de lo que les pedíamos, después de muchas consultas accedieron y nos otorgaron el préstamo ICO para la reforma de la casa. Lamentablemente la gente no conoce este tipo de préstamos (ni te lo ofrecen las entidades, evidentemente). Apuntar que hay que aportar las facturas de la reforma de la rehabilitación. Que no vale pedir un préstamo de 30.000 euricos para reformas e ir a la BMW, hacer viajes o amortizar un préstamo a interés más alto. Esto hay que tenerlo muy clarito, que tonticos no son...
Respondiendote iobertiano decirte que familiares (osea particulares) se han hecho reformas de la vivienda con u préstamo ICO y salen a la mitad de un préstamo personal bancario (lo de la mitad es + o -). Salen muy bien y los recomiendo.
hola Miquel, es interesante tu aportación,desconocía que pudieran acceder los particulares. me imagino que tendrán un fondo-limite para concederlos, y no sobrepasar cierta cantidad.
Puede ser una buena salida para quién lo esté pasando mal.
saludos
Respondiendote iobertiano decirte que familiares (osea particulares) se han hecho reformas de la vivienda con u préstamo ICO y salen a la mitad de un préstamo personal bancario (lo de la mitad es + o -). Salen muy bien y los recomiendo.
Aguamarina, entiendo que por una gran reforma en la vivienda, quiere decir en tu casa y para uso particular. Aquí la mejor hipoteca es la que puedas negociar por donde cobres la nómina, teniendo en cuenta de prestar mucha atención a comisiones de cancelación y amortización parcial, suelo de la hipoteca y carencias en caso de paro o enfermedad.
Referente al ICO, no he podido entrar al enlace de Miquel (esta en obras), pero te pongo el teléfono de atención al cliente: 900 121 121
de todas formas las normas de estos créditos, es que no son para particulares, sino para emprendedores. Copio y pego del apartado preguntas corrientes del la web del ICO:
¿Quién puede solicitar la financiación ICO?
La mayoría de nuestra financiación va dirigida a las empresas españolas independientemente de su tamaño, con especial dedicación en autónomos y pymes, así como algunas líneas que facilitan el acceso al crédito a ciudadanos y familias.
¿Qué entidades no pueden acceder a la financiación ICO, salvo condiciones particulares de alguna línea?
•Particulares
•Las entidades financieras
•Los clientes que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias y/o para con la Seguridad... Leer más ...
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