Cómo puedo rescatar mi plan de pensiones antes de tiempo
Los planes de pensiones cuentan con ventajas fiscales pero también con muchos inconvenientes. Uno de ellos es su falta de liquidez. En otras palabras, que rescatar el plan de pensiones antes de tiempo puede ser complicado.Sin embargo, existen una serie de excepciones que hacen a los partícipes poder disponer del dinero en determinadas ocasiones. Una de las más recientes ha sido la derivada como consecuencia del Covid, ya que se permite rescatar el plan si se está afectado por un ERTE o si, en el caso de los autónomos, ha habido un cese en sus negocios.
yo todavia no estoy casado asi que me viene bien para prevenir
Si es por prevenir NO TE CASES!!!!!
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Que nooooooo!!!! cásate chiquillo... tu cásate.... jaja
vhailor, es cuestión de números. Si la prójima tiene mas tela que tu, bienes gananciales.
Al contrario, separación de bienes.
Esto dicta la razón pero.... el corazón hace jugarretas y el handicap mayor es que ella sino es tonta, hará los mismos cálculos. .
Entonces ¿qué?.
En serio, si hay negocios por medio, sin duda separación de bienes. Si los dos son curritos, como la mayoría supongo, los gananciales tienen la ventaja de menores gravámenes fiscales y el gravísimo inconveniente que ante una posible separación, el reparto puede no ser equitativo.
vhailor..¡cásate que vas a saber lo que es bueno!. Por supuesto que lo digo con doble intención, a unos les va muy bien y a otros no tanto..en cualquiera de ellos, te vas a enterar ... pero merece la pena probar..¿o no?
...títulos pueden tener un vencimiento quedándoselos el banco a su fin o un plazo prefijado para convertirse en acciones del propio banco.
Estos titulos son muy iliquidos ya que normalmente no hay mercado secundario por lo cual si quieres venderlos, te dirán que tienen que buscar un comprador y te pondran el precio que crean conveniente.
En cuanto a la venta, si existieran plusvalías, no sería el 19%, ese es el porcentaje para productos de ahorro y creo que ese no es tu caso, tendrías que declararlo como plusvalía y el porcentaje no es fijo, dependerá de tus datos fiscales.
Estoy mirando la cuenta nómina de CAN al 3,29% y con devolución del 10% en recibos, algún cliente puede informar de cómo funcionan? Algún inconveniente? Vale la pena?
Gracias!
bundo días, yo llevo 2 meses con los recibos domicialiados y a princicpios de cada mes me devuelven el 10 % (- la retención fiscal) con el máximo de 20€
de momento perfecto.
Hola zymile...... a la larga los planes de pensiones son una mala inversión si no preguntale a tu banco que hacienda recupera el 43% de tus aportaciones ...........
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Para los que no lo sepan, la solucion a este inconveniente es, que cuando llegue la fecha de jubilacion es cobrar el plan de pensiones en forma de rentas, es decir, no cobrar todo el capital, sino en forma de una renta mes a mes, con las ventaja de que la perdida por retencion de hacienda es mucho menor y por supuesto la enorme ventaja fiscal que supone cobrarlo en rentas. Un saludo.
En principio si tu empresa te envia la nómina por transferencia a tu nombre a una cuenta donde no eres titular, aqui el banco receptor no tendria de aceptarla. Pues es obligación que el nombre del beneficiario sea titular(o en su caso igual podria funcionar si estas de autorizado), pero creo que legalmente tendrias de ser titular.
Eso tambien es por si alguna vez algun banco se equivoca de cuenta de beneficiario, lo que demuestra que no iba el dinero en esa cuenta es el nombre de beneficiario que no cuadra con el de la cuenta real.
Y hacienda tambien podria interpretar que se envia la nomina a una cuenta de una persona que no trabaja en esa empresa.
Te sugiero te pongas de cotitular o almenos autorizado en la cuenta de tu pareja.
Yo tengo cuenta en banco popular y me deja hacer transferencia como nómina. Este es el concepto que sale en la cuenta donde iba la transferencia
NOMINA DE XXXXXXXX: FEBRERO
donde "nomina de XXXXXX" te lo genera el banco y "febrero" fue el concepto que puse yo.
Hola,
referente a la primera cuestion sobre realizar transferencia con clave de nómina, igualmente desconozco la forma, aunque si me gustaría saberla, pero en cuanto al tema fiscal, NO TIENE REPERCUSIÓN NINGUNA, dado que para Hacienda lo que son tus ingresos, son los que les conste atraves de las retenciones de IRPF practicadas por la empresa y en el caso de empresas y autonomos, por las declaraciones trimestrales.
En cuanto a la segunda cuestión, sobre cobrar la nómina en la cuenta de tu pareja, indicar que no tiene repercusión fiscal ninguna, pues las retenciones IRPF te son practicadas a ti y no a tu pareja, por lo que a donde vaya finalmente no tiene repercusión ninguna, pues está clara la procedencia, salvo que ya se tratara de unas cantidades que por ellas mismas pudieran ser consideradas por Hacienda como Donación.
Igualmente si luego lo transfieres a un cuenta tuya, mejor todavía justificado tienes que no se trata de ninguna Donación.
Un saludo.
Que problema puede darse en el caso de que yo cobre mi nomina en la cuenta de mi pareja sin ser yo titular y luego transfiera (sin clave nomina ni nada) dicho dinero a otra cuenta de la que soy yo unico titular, alguine sabria decirme si puede darse algun problema de fiscalidad?.
Creo tener entendido que uno de los bancos que lo activa por defecto es el banco de Andalucía, y es probable que todos los del grupo.
Yo tengo una cuenta y he podido hacerlo, lo que pasa es que la tengo compartida con un empleado del banco, por lo que no estoy seguro si es valido para todos los clientes. Desde luego, él me ha dicho que cree que si lo es.
En cajamar aparece la opción, pero indica que "sólo para aqueloos que lo den de alta", supongo que para autonomos y empresas.
La Agencia Tributaria no mira el tipo de transferencia, se limita a controlar el movimiento de dinero y mientras sea entre cuentas de las que eres titular no tienes ningún problema.
Hola, tengo una cuenta en la que he activado la posibilidad de realizar transferencias con CLAVE DE NOMINA. Es la clave AN0 (para las transferencias convencionales es la clave AT0).
Mis dudas son referentes a la fiscalidad. si yo tengo en mi cuenta 3000 euros provinientes de mi trabajo como asalariado y los transfiero con clave de nómina a otra cuenta de mi propiedad, ¿tiene esta operación algún inconveniente fiscal? ¿Debo justificar algo? ¿Me perjudicará en mi declaración de la renta?
...del cliente", pero ahí radica el problema: de no devolver esa suma, los beneficios del seguro se verán reducidos.
El lugar de trabajo
Recurrir al lugar de trabajo es también una posibilidad, siempre que se tenga un contrato con una antigüedad mínima de tres meses. Si la empresa dispone de un plan de pensiones, es viable obtener un préstamo de ahí. Sin duda, es mejor que extraer el efectivo de la jubilación, puesto que evita el pago de impuestos adicionales. No obstante, presenta algunos inconvenientes. Cuando el dinero no se devuelve en el plazo pactado, no queda más remedio que asumir impuestos y penalizaciones; y en caso de perder el empleo, el préstamo deberá devolverse de manera inmediata, además de costear los impuestos por retirar el efectivo antes de tiempo. Pero, en el ámbito del trabajo, el mecanismo más usual para lograr liquidez es solicitar un anticipo del sueldo; un método que, si bien ha caído en desuso y varía según lo pactado en los convenios colectivos, está amparado y regulado por la ley.
El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores establece que el empleado tiene derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, "anticipos a... Leer más ...