Yo no sé hasta que punto es bueno hacer esta trampilla, al vendedor le va bien porque paga menos plusvalías, pero el comprador, cuando venda el inmueble, tendrá un valor de plusvalía mucho mayor, por tanto tendrá que intentar convencer a su vez a este nuevo vendedor de escriturar por debajo del precio, si este se niega, pagará más plusvalía, por tanto al final no te ahorras nada. Es complicado de analizar.
hola, en Madrid también hay unas tablas de referencia que marcan los mínimos a escriturar. Creo que todas las CCAA las tienen, y el principal motivo es, primero, asegurarse una recaudación en concepto de impuestos, y segundo, para evitar la especulación. En la web hay un enlace donde al introducir el lugar, tipo de vivienda y m2, te marca el mínimo a escriturar.
Hay quien compra a un precio superior, pero escritura al mínimo, aunque no es muy aconsejable ni para el comprador ni para el vendedor, al haber dinero de dudosa procedencia y justificación.
saludos
Se puede escriturar por lo que quiera uno pero en notaría te avisaran que hay unas tablas, por lo menos aquí en Andalucia y que lo que marcan es lo mínimo por lo que "debe escriturarse". Si a pesar de ello te arriesgas a escriturar por menos, te arriesgas a que la Junta de Andalucía te haga una sería reclamación económica.
Por último decirte que las tablas superan el valor catastral. En otras comunidades entiendo que será igual o parecido
Me han comentado que a la hora de escriturar por una compraventa ha de tomarse el valor catastral de la vivienda y multiplicarla por un baremo por debajo del cual se consideraría "sospechosa" la operación. ¿Es esto correcto,? ¿incluso en una situación como la actual en la que mucha gente se ve forzada a vender a un precio por debajo de lo habitual?
hola, interesante tema, pero hay que aclarar varios conceptos:
- La plusvalía municipal es el impuesto por el que el vendedor paga una cantidad determinada por una fórmula matemática debido al incremento del valor del suelo(no de la vivienda).No confundir con el valor catastral, y viene especificado en el recibo del IBI. La fórmula para hallar esa cantidad no es complicada, pero es conveniente consultar con el Ayto. para asegurarse, ya que depende de la antigüedad de la vivienda.
- Otro concepto es laganancia patrimonial que se tiene al vender la vivienda; si se compró por 120.000€ y se vende por 300.000€ será de 180.000€; la cuota resultante es el valor de transmisión, del cual ha que pagar a HACIENDA el 15%. - La exección por reinversión en vivienda habitualla podemos incluir en la declaración de hacienda si en el plazo de 2 años compramos una vivienda habitual; en nuestro caso:
- valor de adquisición de 1ª vivienda:120.000€
- valor de transmisión:300.000(- plusvalía)
- ganancia patrimonial: (300.000- p.ej 2.000€)- 120.000€=178.000€
- exección por reinversión:178.000€.
- Hay que tener en cuenta las cantidades desgravadas por... Leer más ...
...Dom May 17, 2009 9:27 am Asunto: Re: Hipoteca con iBanesto
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Publicado: Sab Abr 18, 2009 9:45 pm Asunto: Re: Hipoteca con iBanesto
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Hola, os llevo leyendo desde hace tiempo y aprendiendo mucho sobre la "odisea" de cambio de hipoteca.
En mi caso comencé el 6 de febrero y acaban de mandarme la oferta vinculante y el lunes me vienen a tasar.
En el capital pendiente estimado de la oferta me viene una cantidad diferente a la real (cuando envié los datos era en febrero y ahora en abril ha cambiado unos 400 euros). Creeis que esto puede influir de alguna forma para que pueda rechazar la documentación mi banco actual. Debería llamar a Ibanesto para corregirlo? (me da miedo por las tiempos de respuesta que tienen)
Alguno ha seguido con su actual hipoteca despues que le hayan enervado la oferta?
un saludo
Yo empecé el 3 de febrero, me han tasado el 22 de abril y no se nada todavía, pero lo que no me han remitido es la oferta vinculante.
Creo que la oferta vinculante te la mandan rápido... Leer más ...
...que te obligan a cancelar todo) del depósito, te penaliza bastante. A mi modesto entender,yo haría lo siguiente:
1.- esperaría a finalizar el depósito
2.- si es posible, buscaría una entidad que no tuviera comisión por cancelación parcial o total del préstamo.
3.-una vez finalizado el depósito, si puedes asumir la letra, cancelaría el préstamo rápidamente con 100.000€, y con los restantes 300.000€ + intereses seguiría invirtiendo y sacando rendimiento, ya que la compra de una segunda vivienda, no tiene deducción fiscal posible, además de declarar el 1% de valor catastral por variación patrimonial no consolidada,a no ser que la nueva casa pase a ser tu vivienda habitual entonces podrás empezar a deducir por ella cuando las cantidades invertidas en ésta, superen las invertidas y efectivamente deducidas por la anterior. ¡¡ vaya rollazo te he soltado, jaja!!
4.- si el préstamo que eliges es para 8 años, estarías perdiendo, además de intereses al banco, la desgravación fiscal.
En resumen, espera a junio y luego cancelas toda la hipoteca, si no va a ser la vivienda habitual.
saludos