Foro de Cajon de Sastre: Foro sobre temas varios que no tengan que ver, necesariamente con el asunto principal de la Web, pero que pueden ser interesantes para todo el mundo.
Una empresa en UK, me llama para hacerles de asesor, para hacerles un informe o lo que sea en Londres.
Yo me doy el viaje y les hago el trabajo, y como es lógico, les facturo, el coste de mi trabajo son 2000€
Esa factura va sin IVA puesto que es una empresa extranjera. Y no me hacen retención de IRPF.
Cuando mi asesor declare esa factura de 2000€ (Sin IVA ni IRPF), al final del año en las declaraciones. ¿Cuánto tengo que pagar? 21% de IVA + 20% de IRPF? Al ser empresa extranjera y no haber iva, solo el 20% de IRPF?
Una empresa en UK, me llama para hacerles de asesor, para hacerles un informe o lo que sea en Londres.
Yo me doy el viaje y les hago el trabajo, y como es lógico, les facturo, el coste de mi trabajo son 2000€
Esa factura va sin IVA puesto que es una empresa extranjera. Y no me hacen retención de IRPF.
Cuando mi asesor declare esa factura de 2000€ (Sin IVA ni IRPF), al final del año en las declaraciones. ¿Cuánto tengo que pagar? 21% de IVA + 20% de IRPF? Al ser empresa extranjera y no haber iva, solo el 20% de IRPF?
Gracias.
Architecto complicadito lo pones, habrá que informase antes de responder aunque supongo la solución. ¿Lo preguntas o nos examinas?, ja,ja.
Investigando por internet he leído desde que sí que hay que cobrar IVA a que no hay que cobrar IVA porque está exento de IVA, tendrá que apañárselas la otra empresa.
Me da igual saber si el trabajo se tiene que hacer en España o en UK.
Si tengo que hacer un informe, me da igual redactarlo aquí que en Londres, o si tengo que asesorar, hacerlo por teléfono o presentarme allí.
Lo que quiero saber es montante final de lo que podría costar. Para ver la forma de poder trabajarle a una empresa extranjera que salga más económica y sacar el mayor beneficio posible (pagar menos impuestos) dentro de la legalidad por supuesto.
Y es una suposición teórica, nada de examinar a los expertos del foro, precisamente por eso vengo a preguntaros, porque seguro que me podéis aclarar la situación.
En mi empresa,bueno la de mi jefe,les trabajamos a una empresa francesa ( con euros,no libras ) y NO se imputa el iva al ser una empresa NO española,lo que si hay que pasar es por Hacienda e imputarlo como ingreso el la declaración trimestral y anual,claro.
Supongo que el iva al ser un impuesto diferente en cada pais,no se "recauda" en trabajos realizados entre empresas de paises diferentes,que es lo que hace la empresa en cada factura,otra cosa es a nivel consumidor que ahi SI que pagas si.
Visente, entonces entiendo que no pagáis IVA y en la declaración trimestral y anual simplemente tenéis que declarar esos 2000€ como beneficios para pagar el Impuesto de sociedades o IRPF según corresponda debido al beneficio obtenido.
Supongo que el iva al ser un impuesto diferente en cada pais,no se "recauda" en trabajos realizados entre empresas de paises diferentes,que es lo que hace la empresa en cada factura,otra cosa es a nivel consumidor que ahi SI que pagas si.
No lo tengo de todo claro este punto VISENTE, ¿estás seguro? es que creo haber visto en EL Corte Inglés que a las compras superiores a una determinada cantidad a los ciudadanos de la comunidad europea les devuelven el IVA. Ya te digo que creo haber visto, no estoy seguro.
Una empresa en UK, me llama para hacerles de asesor, para hacerles un informe o lo que sea en Londres.
Yo me doy el viaje y les hago el trabajo, y como es lógico, les facturo, el coste de mi trabajo son 2000€
Esa factura va sin IVA puesto que es una empresa extranjera. Y no me hacen retención de IRPF.
Cuando mi asesor declare esa factura de 2000€ (Sin IVA ni IRPF), al final del año en las declaraciones. ¿Cuánto tengo que pagar? 21% de IVA + 20% de IRPF? Al ser empresa extranjera y no haber iva, solo el 20% de IRPF?
Gracias.
Lo primero que tienes que hacer es darte de alta en el IVA intracomunitario. No te extrañes si te llega una inspección de Hacienda cuando pidas el IVA: hay tanto fraude con lo del intracomunitario que es frecuente que se haga una inspección a ver si de verdad hay un negocio o si es un chiringuito para defraudar.
La factura va sin IVA, pero luego, timestralmente, hay que hacer las declaraciones de IVA intracomunitario (modelo 349). No se paga el IVA, pero se dice "oiga, yo emití una factura sin IVA porque era para un señor de UK".
Con esto del IVA intracomunitario, se da la curiosa paradoja de que a las empresas les es más interesante importar (fastidiando la balanza de pagos) que comprarle al proveedor local, porque se ahorran adelantar el IVA (que al 21%, es un buen pico).
Una empresa en UK, me llama para hacerles de asesor, para hacerles un informe o lo que sea en Londres.
Yo me doy el viaje y les hago el trabajo, y como es lógico, les facturo, el coste de mi trabajo son 2000€
Esa factura va sin IVA puesto que es una empresa extranjera. Y no me hacen retención de IRPF.
Cuando mi asesor declare esa factura de 2000€ (Sin IVA ni IRPF), al final del año en las declaraciones. ¿Cuánto tengo que pagar? 21% de IVA + 20% de IRPF? Al ser empresa extranjera y no haber iva, solo el 20% de IRPF?
Gracias.
Lo primero que tienes que hacer es darte de alta en el IVA intracomunitario. No te extrañes si te llega una inspección de Hacienda cuando pidas el IVA: hay tanto fraude con lo del intracomunitario que es frecuente que se haga una inspección a ver si de verdad hay un negocio o si es un chiringuito para defraudar.
La factura va sin IVA, pero luego, timestralmente, hay que hacer las declaraciones de IVA intracomunitario (modelo 349). No se paga el IVA, pero se dice "oiga, yo emití una factura sin IVA porque era para un señor de UK".
Con esto del IVA intracomunitario, se da la curiosa paradoja de que a las empresas les es más interesante importar (fastidiando la balanza de pagos) que comprarle al proveedor local, porque se ahorran adelantar el IVA (que al 21%, es un buen pico).
Lo primero que tienes que hacer es darte de alta en el IVA intracomunitario. No te extrañes si te llega una inspección de Hacienda cuando pidas el IVA: hay tanto fraude con lo del intracomunitario que es frecuente que se haga una inspección a ver si de verdad hay un negocio o si es un chiringuito para defraudar.
La factura va sin IVA, pero luego, timestralmente, hay que hacer las declaraciones de IVA intracomunitario (modelo 349). No se paga el IVA, pero se dice "oiga, yo emití una factura sin IVA porque era para un señor de UK".
Lo primero, muchísimas gracias por tu respesta, pero tengo algunas dudas, a ver si me las pudieras aclarar.
Con respecto a lo de la inspección...
¿En qué consiste esa inspección?
¿Importaría que yo fuera uno de los socios o dueño de esa empresa extranjera?
zxspectrum Escribio:
Con esto del IVA intracomunitario, se da la curiosa paradoja de que a las empresas les es más interesante importar (fastidiando la balanza de pagos) que comprarle al proveedor local, porque se ahorran adelantar el IVA (que al 21%, es un buen pico).
Con esto quieres decir que si yo tengo una empresa en España e importo un producto del extranjero, me ahorro pagar el iva? Luego en la declaración del IVA cuando lo cobre al comprador, tendré que pagárselo a hacienda, pero me evito el adelantarlo, no?
Al revés es exactamente igual? Es decir, una empresa en UK o en cualquier otro país, si compra algún producto en España, lo comprará sin IVA y ya pagarán lo que tengan que pagar en UK, no?O tiene que pagar el IVA y luego solicitar la devolución?
Lo primero que tienes que hacer es darte de alta en el IVA intracomunitario. No te extrañes si te llega una inspección de Hacienda cuando pidas el IVA: hay tanto fraude con lo del intracomunitario que es frecuente que se haga una inspección a ver si de verdad hay un negocio o si es un chiringuito para defraudar.
Lo primero, muchísimas gracias por tu respesta, pero tengo algunas dudas, a ver si me las pudieras aclarar.
Con respecto a lo de la inspección...
¿En qué consiste esa inspección?
En lo que los inspectores de Hacienda quieran.
En mi empresa actual, se tiraron 2 días enteros revisando papeles, y eso que nosotros no teníamos nada de sospechoso (empresa con más de 20 años en negocios, buena facturación, dando beneficios desde hace mil, etc).
En la empresa anterior creo que no pidieron nada.
Architecto Escribio:
¿Importaría que yo fuera uno de los socios o dueño de esa empresa extranjera?
No sabría decirte.
Dudo que investiguen tanto, pero si vas a hacer un chanchullo para defraudar el IVA, yo que tú no lo haría. Hacienda está muy muy dura desde hace cosa de un año.
Si todo va a ser legal, no tengas ningún miedo. En principio, no tiene porqué haber ningún problema con que tú seas socio de ambas empresas.
Otra cosa es que te factures a ti mismo por conceptos etéreos, ahí sí que puedes tener problemas (pero no a la hora de darte de alta en el intracomunitario, sino más adelante, porque miran con lupa).
Architecto Escribio:
zxspectrum Escribio:
Con esto del IVA intracomunitario, se da la curiosa paradoja de que a las empresas les es más interesante importar (fastidiando la balanza de pagos) que comprarle al proveedor local, porque se ahorran adelantar el IVA (que al 21%, es un buen pico).
Con esto quieres decir que si yo tengo una empresa en España e importo un producto del extranjero, me ahorro pagar el iva? Luego en la declaración del IVA cuando lo cobre al comprador, tendré que pagárselo a hacienda, pero me evito el adelantarlo, no?
Correcto.
Architecto Escribio:
Al revés es exactamente igual? Es decir, una empresa en UK o en cualquier otro país, si compra algún producto en España, lo comprará sin IVA y ya pagarán lo que tengan que pagar en UK, no?O tiene que pagar el IVA y luego solicitar la devolución?
Funciona igual para todas las empresas de la UE: compras sin IVA, y luego cuando vendes el producto, recaudas el IVA y lo ingresas trimestralmente.
Vamos, que si se dan estas 3 condiciones, vas a tener un 21% del precio final para negociar durante hasta 3 meses:
- Precio similar o mejor al de España
- Los proveedores extranjeros te sirven
- El coste del envío o plazo de entrega es aceptable
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