Miquel Escribio: |
¿Estás seguro que es una ayuda o subvención exenta?
Cada una de las subvenciones o ayudas puede tener un tratamiento diferente en el Impuesto sobre la Renta, por lo que para comprobar si deben o no declararse, conviene, en primer lugar, consultar el acuerdo de concesión de la ayuda, que, si está exenta, recogerá esta circunstancia.
Otra vez avisa de esa subvención y entre todos los foreros alquilamos un pisico en ese paraíso fiscal y nacen ahí todos nuestros niños. Podéis ser el municipio con más nacimientos
Saludos |
Seguro no estoy y por eso lo pregunto por aquí. Adjunto pantallazos del programa PADRE a ver qué os parece:
De las 4 opciones que el programa ofrece (su asistente) con el tema de subvenciones, solo "cuadra" la última, pero esto es lo que me dice después:
Añado mas leña al fuego. Desde el tfno de atención de Hacienda, después de tenerme un buen rato al tfno, me dicen esto:
ARTÍCULO 7, APARTADO H, Ley IRPF: ..."Igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad."
¿CÓMO LO VEIS?
GRAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAACIAS