Foro de Cuentas Alta Remuneracion: En este Foro se discutirá sobre Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con las Cuentas de Alta Remuneración. Es decir sobre esas cuentas que tienen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras que, sin ser Cuentas de Plazo, dan un interés muy Elevado
Hola, no acabo de ver la diferencia entre la zona del foro dedicada a Depositos y cuentas a plazo, y ésta dedicada a cuentas de alta remuneración.
Estoy buscando un lugar interesante para meter mis ahorros de la cuenta vivienda y utilizarla el ultimo año que me queda como eso, una cuenta vivienda de cara a hacienda, pero no tengo claro si solo me valen las cuentas corrientes, o los depositos a un mes tb me valen.
Así que ando de una zona a otra de los dos foros y a veces veo ofertas similares en depositos y en cuentas.
¿cual es basicamente la diferencia? ¿las dos opciones me valen como cuenta vivienda?
Hola,
efectivamente te valen tanto las cuentas de alta remuneración como los depósitos, lo que no te valen son los depósitos referenciados, estructurados o como les quieran llamar, pero el depósito puro y duro de toda la vida, SI.
Mi consejo es que aproveches al máximo la rentabilidad, para ello te va a suponer estar todos los meses realizando aperturas nuevas, por lo menos dentro de las posibilidades que existen en el mercado, y posteriormente aprovecharía los depósitos a 3 meses, ten en cuenta que dispones de 4 años para sacar el máximo partido y conviene no perder ni un día sin que tus ahorros rindan el máximo.
Pero si ves que eso te va a suponer mucho trabajo, muy lioso, engorroso y te vas a liar, aprovecha los depósitos a 3 meses, con los que tendrás mas tiempo para la proxima renovación y de ahí a los siguientes que te den la rentabilidad MAS ALTA.
Así que se llame cuenta vivienda, se llame cuenta alta remuneración, se llame depósito, SACA LA MAXIMA RENTABILIDAD, y recuerda no sobrepasar el límite de ahorro de 9015 euros por año, o por lo menos, aunque lo sobrepases no declares más de 9015 euros por año.
A todo esto, parece ser se comenta en otro hilo de este foro que pueden que hayan cambios en cuanto a el numero de años de duración y el porcentaje de devolución, pero de momento no hay nada aprobado, así que finaliza el año 2008 sujetandote a lo indicado.
Sobre lo del límite de los 9015 por año me refiero a que si ya dispones de 18000 euros, sacales el máximo rendimiento a los 18000, pero recuerda declarar unicamente 9015, lo cual te supone que 9015 de ese año ya son intocables, pero los otro 9000 si que podrías tocarlos pues todavía no estarían declarados, y ya los tendrías para el proximo año, pero sacandole provecho desde ya, siempre y cuando ya los tuvieras.
Cuando hagas el primer pago para el piso, recuerda que de ser posible emplear todo lo de la cuenta vivienda, mas los 9015 de ese año, que se supone ya lo tendrías durante el año en la cuenta vivienda, y deja para el año siguiente otros pagos. Así aprovechas al maximo no sobrepasar los 9015 por año.
La devolución por año van a ser de unos 1300 y pico por declaración, siempre y cuando tengas las suficientes retenciones.
También recuerda que si la vivienda a escriturar, en caso de matrimonio o pareja, va a ir a nombre de los dos, cada cual puede tener su propia cuenta vivienda (depósito, cuenta remunerada, etc...), con lo cual serían 9015 de devolución de uno MAS 9015 de devolución del otro, pero con la condición que las declaraciones no sean conjunta de vosotros dos, y por supuesto si los dos teneis las suficientes retenciones para ello.
Y respecto de la diferencia entre depósito y cuenta de alta remuneración, la mas clara entre ambas es la disponibilidad del ahorro, que claro si el depósito no cuenta con penalización, diriamos que es lo mismo.
Evita los depósitos referenciados a bolsa, a euribor, u otras cosas, vete a lo seguro, un plazo y un interes, y finalizado el plazo a que te paguen ese interes.
Supongo que habrán dividido el foro en esas dos secciones porque en los depósitos te "obligan" a mantener tu dinero por un tiempo determinado mientras que las cuentas de alta remuneración son simplemente cuentas corrientes con un interés mayor.
Puedes utilizar tanto depósitos como cuentas para desgravarte en Hacienda (las dos opciones te valen), lo que no quedaba tan claro era si se podía mover el dinero que deposites con tal de dejarlo a fin de año en la cuenta, pero parece que sí.
En el siguiente enlace www3.cajavital.es/ ..._4&mh=5_38 se comenta que "A lo largo del año, en el territorio alavés se pueden destinar cantidades de la Cuenta Vivienda a otros fines distintos de la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, siempre que antes de fin de año se reponga la cifra dispuesta. Esto no está permitido a residentes en el Estado.".
Muchisimas gracias,
Me temo que he llegado un poco tarde para pensar en rentabilizar bien mis ahorros. Llevo ya 3 años con la cuenta vivienda de ING, ahora solo me queda por desgravar lo que seria el ejercicio de 2008, por eso al menos quiero meterlo en otro sitio los meses que quedan.
Quiero informarme en ibercaja del deposito al 12% y también el de caja granada 7% 3 meses.
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