Atención a este párrafo, con esto te presentas en tu banco usurero y que te devuelvas las comisiones cobradas ilegalmente, esó si, la cuenta sólo tiene que ser usada para pagar el préstamo, nada de tarjetas, recibos, etc.
El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad, o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los íntegros de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración.
Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación -apertura de cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que ésta le impuso en interés propio, siendo claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios.
Dejo aquí la carta que escribí por si a alguien le sirve de ayuda, el mérito de la redacción es en su mayor parte de los foreros, porque como ya he dicho es prácticamente una copia de lo que los compañeros han redactado. Un saludo!!!
Madrid,xx de xx de xx
Estimados Sres.:
Por el presente escrito les manifiesto mi disconformidad en lo relativo a las comisiones aplicadas a la cuenta que mantengo con ustedes.
Les informo que la cuenta nº xxxxxxxxxxxx objeto de la citada carta está, desde el día xx dexxxx de xx dedicada exclusivamente a atender los pagos del préstamo hipotecario nº xxxxxxxxx que mantengo con Vds. como sin duda podrán comprobar en el extracto de movimientos bancarios que les adjunto. Así mismo incluyo formulario de reclamación de su entidad.
Dicha cuenta no se utiliza para otro propósito que el descrito, careciendo de tarjetas u otros medios de pago activos, no habiéndose realizado operaciones de domiciliación en la misma en el citado periodo, ni transferencias, excepción hecha por traspasos entre mis cuentas por motivos obvios del pago ligado al préstamo referido.
Les solicito la devolución de las comisiones cobradas desde el día xx de xxxxx de xxxxxxhasta la fecha de hoy, así como la no aplicación de dichas comisiones en lo sucesivo.
Les recuerdo que el Banco de España en su Circular 8/1990, de 7 de septiembre, basada en la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989 establece los requisitos que deben concurrir en el momento de percibirse comisiones por las entidades de crédito, entre los que se encuentran la existencia de un servicio efectivo al cliente y que aquel haya sido solicitado en firme o aceptado por este último. Asimismo, las consideraciones efectuadas por el Servicio de Reclamaciones del Banco de España en relación a las ‘Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo’ establecen que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad, o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los íntegros de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración.
Agradeciéndoles su interés, quedo a la espera de su atención a las referidas consideraciones, advirtiéndoles que en caso contrario tomaré las medidas que considere oportunas en defensa de mis intereses, viéndome obligada a tener que acudir al correspondiente servicio del banco de España
Atención al cliente “xx xxxxx”
Mi ciudad 28 de noviembre de 2011
Estimados Sres.:
Por el presente escrito les manifiesto mi disconformidad en lo relativo a las comisiones aplicadas a la cuenta que mantengo con ustedes.
Yo, Nombre apellidos con DNI xx.xxx.xxx-0 y Nombre apellidos con DNI xx.xxx.xxx-0, titulares del préstamo Hipotecario 000.000000-00 y titulares de la cuenta 0000 0000 00 00 00000000 dedicada exclusivamente a atender los pagos del citado préstamo que mantengo con ustedes.
Les solicito la devolución de las comisiones cobradas desde el día de la apertura de la cuenta 0000 0000 00 00 00000000 hasta la fecha de hoy, así como la no aplicación de dichas comisiones en lo sucesivo.
Les recuerdo que el Banco de España en su Circular 8/1990, de 7 de septiembre, basada en la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989 establece los requisitos que deben concurrir en el momento de percibirse comisiones por las entidades de crédito, entre los que se encuentran la existencia de un servicio efectivo al cliente y que aquel haya sido solicitado en firme o aceptado por este último.
Asimismo, las consideraciones efectuadas por el Servicio de Reclamaciones del Banco de España en relación a las ‘Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo’ establecen que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad, o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los íntegros de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración.
Agradeciéndoles su interés, quedo a la espera de su atención a las referidas consideraciones, advirtiéndoles que en caso contrario tomaré las medidas que considere oportunas en defensa de mis intereses, viéndome obligado a tener que acudir al correspondiente servicio del banco de España
Reciban un cordial saludo.
Fdo: yo Fdo: mi mujer
DNI: 00.000.0000 DNI: 00.000.0000
Os cuento mi experiencia:
Día 05/12/2011 presento la carta en la oficina de "la caixa"
día 07/12/2011 recibo llamada del director que cual era el motivo de esa carta, que ya me había explicado que había otra fórmula para no pagar comisiones (ingresar nomina,3 recibos y hacer 3 pagos trimestrales con su tarjeta) le dije que lo que él me había ofrecido me parecía un "CHANTAJE" si, si tal como lo estáis leyendo
bien me dijo que el pasaba la carta atención al cliente, pero que no iba a servir de nada
recibo una carta del Servicio Atención al Cliente de "la caixa"
diciéndome en pocas palabras que por la razón y cuantía de la reclamación trasladan mi reclamación al Defensor del Cliente de Cajas de Ahorros Catalanas.
a los pocos días con fecha del 29/12/2011 recibo una carta del Defensor del Cliente de las cajas de ahorros catalanas
Sr. xxxx
Distinguidos señores:
A través del Servicio de Atención al Cliente de la Caja de Ahorros y pensiones de Barcelona, recibimos la reclamación que formulan frente a dicha entidad, de la que se le da traslado, mediante copia, para que ésta formule sobre ella alegaciones a la mayor brevedad posible.
una vez presentadas, les será comunicada la resolución correspondiente.
Reciban un cordial saludo.
bien que deberia hacer yo ahora que van a cumplir los 60 días desde que los presente
me pongo en contacto con el Defensor del Cliente de las cajas de ahorros catalanas??
hago la carta al banco de España?
espero que me echéis una mano
muchas gracias
Los 2 meses son desde que entra el escrito al Defensor del Cliente. En la carta del 29/12 debería ponerte la fecha de entrada. Si no sabes las fechas, espera al 29 de febrero y vete sobre seguro, con los plazos cumplidos porque si no es así el Banco de España te va a devolver la reclamación sin entrar a tratar el asunto.
y esto sigue estando en vigor o desde que se publico esto hasta la fecha de hoy ha variado....
Quote::
Les recuerdo que el Banco de España en su Circular 8/1990, de 7 de septiembre, basada en la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989 establece los requisitos que deben concurrir en el momento de percibirse comisiones por las entidades de crédito, entre los que se encuentran la existencia de un servicio efectivo al cliente y que aquel haya sido solicitado en firme o aceptado por este último. Asimismo, las consideraciones efectuadas por el Servicio de Reclamaciones del Banco de España en relación a las ‘Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo’ establecen que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad, o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los íntegros de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración.
Entiendo que sigue en vigor, cuando continúa apareciendo en la web del Banco de España.
Sin ir más lejos, ha sido un elemento de persuasión definitivo a los impresentables con los que tengo la hipoteca, que pretendían freírme a comisiones.
Pues cuando me venza el depósito, si me cobran comisiones es lo que haré. Muchas gracias por vuestra ayuda, espero no perder esos 80 eurillos....que pensando que ya los tenia perdidos...si los recupero....me van a saber a gloria....
en el bes son muy serios si te han cobrado alguna comision por una cuenta exclusiva para un deposito se lo dices y te devoveran la comision ipsofacto sin esperar a que te venza el deposito
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