Foro de Depósitos y Cuentas a Plazo: En este Foro se discutirá sobre Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con los Depósitos y Cuentas a Plazo. Es decir sobre esas promociones que hacen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras en las que, para conseguir clientes, ofrecen una Rentabilidad por encima de la del mercado.
A ver si entre todos podemos poner que entidad bancaria nos ofrece más rentabilidad por tener nuestra ahorrillos en la cuenta vivienda.
En la caixa hablando con los de una sucursal me ofrecen hasta un 4%.
Cajamadrid 4.30%
Caixa Galicia 4,50%.
Se nota que no has buscado en el foro porque ya se ha hablado bastante de las cuentas viviendas, y lo mejor es meterlo en cualquier deposito o cuenta de alta remuneración que sirve igual que una cuenta vivienda de cara a hacienda, y consigues mucho mas que esos 4 y pico %
Completamente. Olvidate de los productos de las entidades con denominación cuenta vivienda, suelen dar mucha menos rentabilidad que los depositos tradicionales. Hacienda permite por ejemplo que el dinero invertido en un deposito sea utilizado como cuenta vivienda. Estudia las opciones de los depositos que hay muchas oferta y muy buena.
y ala hora de hacer la declaración que hay que hacer para q un deposito nos cuente como cuenta vivienda.
En el apartado donde tienes que poner el numero de la cuenta, pones el nº de la cuenta donde tengas esos ahorros. A hacienda la da igual si esa cuenta es de un deposito o una cuenta corrienta normal. Lo unico que ya sabes que de ese dinero no podras coger ninguna cantidad para otra cosa que no sea la futura vivienda.
Yo sigo teniendo una duda:
¿Tienes que avisar a la entidad que el deposito que vas a contratar lo vas a declarar como cuenta vivienda?
Gracias y un saludo a todos.
Para nada.
Pero lo malo es que si se lo dices, puede que el comercial esté menos informado que tú y te diga que un deposito no sirve y que tienes que hacer por fuerza su producto destinado a cuenta vivienda, como me paso a mi. Por mucho que le decia que lo habia leido todo en internet, no se fiaba. Aunque al día siguiente me llamo rapidamente dandome la razón
Para Hacienda, Cuenta Vivienda es cualquier producto de ahorro, llamese cuenta a la vista, deposito, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos:
1.- El dinero que allí se meta no se podrá sacar para otro fin que la compra de la vivienda.
2.- No se podrá disponer de el dinero salvo para la compra de la vivienda.
No es necesario avisar a Hacienda, ellos sólo controlan los saldos y los incrementos que hagas al año del saldo, ya que sobre este ultimo calculan tu beneficio fiscal. Creo recordar que el 15% de un incremento maximo de 9.015€.
En lo relativo a plan de ahorro vivienda me entran un par de dudas y es posible que a alguno también le pueda surgir esto, o le haya surgido ya.
El otro día me estuve informando en varias cajas y bancos sobres planes de ahorro vivienda y sobre otros depósitos, que como he podido leer en hacienda es lo mismo…. Y el problema es el siguiente:
Uno de los depósitos que me interesan es a 15 meses y tal y como esta la economía me interesa más que uno de 3 meses porque al terminar dentro de 3 meses lo probable es que todos los depósitos sean a un interés menor, posiblemente mucho menor. (¿Opináis igual que yo?).
La duda que tengo es que si lo abro a 1 de diciembre de 2008 el deposito con 9015 euros, se terminaría el 1 de marzo de 2010. Para la declaración de 2008 escribiría como cuenta la que este el deposito en cuestión, pero en el 2009 que cuenta pongo en la declaración, porque tendría esta cuenta y luego otra que habría abierto con otros 9015 euros. Es decir a 31 de diciembre tendría dos depósitos para destinar a una vivienda. ¿Se puede hacer esto?, ¿o solamente podría utilizar el tema de depósitos en periodos no superiores a 1 año?. Que complicado es esto y todo por no abrir una cuenta vivienda.
Saludos y gracias
Precisamente hoy he llamado a Hacienda para confirmar mis dudas y lo que hay que indicar a la hora de hacer la declaración es:
* La fecha de apertura de la primera cuenta/depósito que utilicemos como cuenta vivienda (a partir de la cual comienzan a contar los 4/6 años de plazo).
* El número de cuenta/depósito donde se encuentre el dinero a fecha de 31 de diciembre del año en cuestión.
Como una misma persona no puede tener 2 cuentas viviendas disintas, a fecha de 31 de diciembre todo el dinero que vayamos a declarar debe estar en la misma cuenta/depósito que utilicemos como cuenta vivienda.
En el ejemplo que comentas, si no te dejan hacer nuevas imposiciones sobre el mismo depósito a 15 meses, o tampoco tienes la típica cláusula para cancelarlo cada 3 meses, no te conviene utilizarlo. Mejor abrir un depósito a 1 año, que el 1 de diciembre de 2009 terminaría, y podrías abrir otro nuevo con los 9015 euros de este año más los 9015 euros extras del segundo año.
Por lo que cuentas panoramix, lo que yo hago se confirma que es legal (mover el dinero durante todo el año, a condicción de tenerlo todo junto a fecha 31dic), como ya dije en algun mensaje anterior.
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