Foro de Domiciliación de Nominas: Foro de discusión sobre Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con la Domiciliación de Nomina. Es decir sobre esos Regalos que hacen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras para que abramos una Cuenta en su Oficina y Domiciliemos allí nuestra Sueldo.
Ahh, y no se puede desistir de los juegos antes de que te los entreguen (ya lo había pensado yo también) porque te llega todo en el mismo paquete.
¿Y qué tiene que ver una cosa con la otra?
Se puede desistir perfectamente al día siguiente de firmar el contrato. DESISTES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE HAS FIRMADO, solicitas la devolución del dinero y que no te envíen los juegos ya.
Lógicamente no envías la carta de desistimiento que te han dado, sino otra hecha por tí adaptada a las circunstancias.
Si las mandas por burofax lo tienes todo bien cubierto.
Si te mandan los juegos, los devuelves con el seguro de correos y les pones una reclamación en consumo pidiéndoles como daños y perjuicios el coste del envio de vuelta porque habías desistido. Con el contrato de compraventa, el burofax del desistimiento, el albarán de entrega que te dieron al recibir los juegos y la factura del envío hacia ellos ya está todo demostrado. Eso si, yo desistiría del contrato también en el plazo de 7 días para que np haya problemas.
Si esperas a recibir los juegos luego pagarás el burofax o la carta certificada con acuse en que desistes (Recordar que el burofax es más caro pero se acredita el contenido y en la carta certificada no, sólo que se mandó una carta y la recibieron) y a mayores pagarás los gastos de devolución, y ellos podrán cobrarte lo que les costó enviarte los juegos a tí, porque lo de que vienen en un mismo paquete o no, no se sabe.
Salu2
Y quién dice que tenga algo que ver? Yo te digo lo que me dijo la directora del banco, que venían juntos en la misma caja, por lo que si rechazabas, o rechazabas todo o te quedabas con todo (por eso lo del desistimiento después). Yo también pensé lo del desistimiento antes del envío (como he hecho con alguna compañía de telefonía mòvil), y al preguntarselo me dijo que no.
Es más, juraría que venía la pregunta como tal en las preguntas frecuentes y decía que venía todo en el mismo paquete. Que luego no sea así ...
Yo creo que tu directora no distingue entre rechazar y desistir.
En las preguntas pone que hay que contratar todo. No puedes rechazar una parte.
Después de firmar puedes desistir del contrato. Puodrías desistir tanto de los dos contratos juntos o solo de la compra de los juegos, porque el contrato principal con el banco te permite hacerlo de ese que es accesorio o secundario.
Esto es lo que pasa cuando ponen direcotr de banco a alguien con la carrera de económicas o empresariales y no sabe de derecho... Le tienen queexplicar los contratos, jejeje
Ahh, y no se puede desistir de los juegos antes de que te los entreguen (ya lo había pensado yo también) porque te llega todo en el mismo paquete.
¿Y qué tiene que ver una cosa con la otra?
Se puede desistir perfectamente al día siguiente de firmar el contrato. DESISTES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE HAS FIRMADO, solicitas la devolución del dinero y que no te envíen los juegos ya.
Lógicamente no envías la carta de desistimiento que te han dado, sino otra hecha por tí adaptada a las circunstancias.
Si las mandas por burofax lo tienes todo bien cubierto.
Si te mandan los juegos, los devuelves con el seguro de correos y les pones una reclamación en consumo pidiéndoles como daños y perjuicios el coste del envio de vuelta porque habías desistido. Con el contrato de compraventa, el burofax del desistimiento, el albarán de entrega que te dieron al recibir los juegos y la factura del envío hacia ellos ya está todo demostrado. Eso si, yo desistiría del contrato también en el plazo de 7 días para que np haya problemas.
Si esperas a recibir los juegos luego pagarás el burofax o la carta certificada con acuse en que desistes (Recordar que el burofax es más caro pero se acredita el contenido y en la carta certificada no, sólo que se mandó una carta y la recibieron) y a mayores pagarás los gastos de devolución, y ellos podrán cobrarte lo que les costó enviarte los juegos a tí, porque lo de que vienen en un mismo paquete o no, no se sabe.
Salu2
Y quién dice que tenga algo que ver? Yo te digo lo que me dijo la directora del banco, que venían juntos en la misma caja, por lo que si rechazabas, o rechazabas todo o te quedabas con todo (por eso lo del desistimiento después). Yo también pensé lo del desistimiento antes del envío (como he hecho con alguna compañía de telefonía mòvil), y al preguntarselo me dijo que no.
Es más, juraría que venía la pregunta como tal en las preguntas frecuentes y decía que venía todo en el mismo paquete. Que luego no sea así ...
Yo creo que tu directora no distingue entre rechazar y desistir.
En las preguntas pone que hay que contratar todo. No puedes rechazar una parte.
Después de firmar puedes desistir del contrato. Puodrías desistir tanto de los dos contratos juntos o solo de la compra de los juegos, porque el contrato principal con el banco te permite hacerlo de ese que es accesorio o secundario.
Esto es lo que pasa cuando ponen direcotr de banco a alguien con la carrera de económicas o empresariales y no sabe de derecho... Le tienen queexplicar los contratos, jejeje
Si estamos de acuerdo, pero como tú has dicho, una cosa es desistir, en los 7 días siguientes a la entrega (no es así?), y otra cosa es desistir antes de la entrega o rechazar sólo los juegos el día que te entreguen todo, lo cual no se puede hacer porque viene todo en la misma caja.
De todas formas, estamos hablando de lo mismo.
Ahh, y no se puede desistir de los juegos antes de que te los entreguen (ya lo había pensado yo también) porque te llega todo en el mismo paquete.
¿Y qué tiene que ver una cosa con la otra?
Se puede desistir perfectamente al día siguiente de firmar el contrato. DESISTES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE HAS FIRMADO, solicitas la devolución del dinero y que no te envíen los juegos ya.
Lógicamente no envías la carta de desistimiento que te han dado, sino otra hecha por tí adaptada a las circunstancias.
Si las mandas por burofax lo tienes todo bien cubierto.
Si te mandan los juegos, los devuelves con el seguro de correos y les pones una reclamación en consumo pidiéndoles como daños y perjuicios el coste del envio de vuelta porque habías desistido. Con el contrato de compraventa, el burofax del desistimiento, el albarán de entrega que te dieron al recibir los juegos y la factura del envío hacia ellos ya está todo demostrado. Eso si, yo desistiría del contrato también en el plazo de 7 días para que np haya problemas.
Si esperas a recibir los juegos luego pagarás el burofax o la carta certificada con acuse en que desistes (Recordar que el burofax es más caro pero se acredita el contenido y en la carta certificada no, sólo que se mandó una carta y la recibieron) y a mayores pagarás los gastos de devolución, y ellos podrán cobrarte lo que les costó enviarte los juegos a tí, porque lo de que vienen en un mismo paquete o no, no se sabe.
Salu2
Y quién dice que tenga algo que ver? Yo te digo lo que me dijo la directora del banco, que venían juntos en la misma caja, por lo que si rechazabas, o rechazabas todo o te quedabas con todo (por eso lo del desistimiento después). Yo también pensé lo del desistimiento antes del envío (como he hecho con alguna compañía de telefonía mòvil), y al preguntarselo me dijo que no.
Es más, juraría que venía la pregunta como tal en las preguntas frecuentes y decía que venía todo en el mismo paquete. Que luego no sea así ...
Yo creo que tu directora no distingue entre rechazar y desistir.
En las preguntas pone que hay que contratar todo. No puedes rechazar una parte.
Después de firmar puedes desistir del contrato. Puodrías desistir tanto de los dos contratos juntos o solo de la compra de los juegos, porque el contrato principal con el banco te permite hacerlo de ese que es accesorio o secundario.
Esto es lo que pasa cuando ponen direcotr de banco a alguien con la carrera de económicas o empresariales y no sabe de derecho... Le tienen queexplicar los contratos, jejeje
Si estamos de acuerdo, pero como tú has dicho, una cosa es desistir, en los 7 días siguientes a la entrega (no es así?), y otra cosa es desistir antes de la entrega o rechazar sólo los juegos el día que te entreguen todo, lo cual no se puede hacer porque viene todo en la misma caja.
De todas formas, estamos hablando de lo mismo.
Y yo te insisto otra vez que se puede hacer.
Jurídicamente se puede hacer. Tienes toda la razón para hacerlo. Estas amparado por la ley y por el contrato (Me refiero a desistir del contrato en los 7 días siguientes a firmarlo. Respecto a rechazar los juegos cuando llegue el paquete nunca he dicho que se pueda hacer, ya que como viene todo junto no es posible en la práctica)
No es problema del comprador que ellos lo envien todo en la misma caja. Es más, si a alguien le intentan convencer que no puede desistir de la compraventa tras firmar el contrato con la excusa de que viene todo en la misma caja, ese banco estaría cometiendo un abuso, ya que con esa práctica estarían impidiendo a un consumidor el ejercicio de un derecho legítimo
El banco o el vendedor debe tener previsto que haya personas que desistan de la compraventa de los juegos antes de que se los hayan enviado, y si no lo tiene previsto, preparar paquetes con la consola y el kinect para esas personas. Además tienen un plazo de 45 días para hacerlo por lo que no debería haber problemas. Otra cosa es que te puteen y te hagan esperar esos 45 días o aún habiendo desistido te envien todo y tengas que devolver los juegos.
Salu2
PD: Mira, yo soy abogado, te puedo decir que más de una persona ha venido a mi oficina después de firmar un contrato con empresas del tipo club del libro y similares y se habían arrepentido.
A ninguno le he dicho que espere a recibir los libros y los devuelva en 7 días. A todos les he dicho que inmediatamente manden una carta desistiendo para impedir que el vendedor pueda reclamar daños y perjuicios
Última edición por Morgan_Friskis el Mie Dic 15, 2010 12:08 am, editado 1 vez
Ahh, y no se puede desistir de los juegos antes de que te los entreguen (ya lo había pensado yo también) porque te llega todo en el mismo paquete.
¿Y qué tiene que ver una cosa con la otra?
Se puede desistir perfectamente al día siguiente de firmar el contrato. DESISTES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE HAS FIRMADO, solicitas la devolución del dinero y que no te envíen los juegos ya.
Lógicamente no envías la carta de desistimiento que te han dado, sino otra hecha por tí adaptada a las circunstancias.
Si las mandas por burofax lo tienes todo bien cubierto.
Si te mandan los juegos, los devuelves con el seguro de correos y les pones una reclamación en consumo pidiéndoles como daños y perjuicios el coste del envio de vuelta porque habías desistido. Con el contrato de compraventa, el burofax del desistimiento, el albarán de entrega que te dieron al recibir los juegos y la factura del envío hacia ellos ya está todo demostrado. Eso si, yo desistiría del contrato también en el plazo de 7 días para que np haya problemas.
Si esperas a recibir los juegos luego pagarás el burofax o la carta certificada con acuse en que desistes (Recordar que el burofax es más caro pero se acredita el contenido y en la carta certificada no, sólo que se mandó una carta y la recibieron) y a mayores pagarás los gastos de devolución, y ellos podrán cobrarte lo que les costó enviarte los juegos a tí, porque lo de que vienen en un mismo paquete o no, no se sabe.
Salu2
Y quién dice que tenga algo que ver? Yo te digo lo que me dijo la directora del banco, que venían juntos en la misma caja, por lo que si rechazabas, o rechazabas todo o te quedabas con todo (por eso lo del desistimiento después). Yo también pensé lo del desistimiento antes del envío (como he hecho con alguna compañía de telefonía mòvil), y al preguntarselo me dijo que no.
Es más, juraría que venía la pregunta como tal en las preguntas frecuentes y decía que venía todo en el mismo paquete. Que luego no sea así ...
Yo creo que tu directora no distingue entre rechazar y desistir.
En las preguntas pone que hay que contratar todo. No puedes rechazar una parte.
Después de firmar puedes desistir del contrato. Puodrías desistir tanto de los dos contratos juntos o solo de la compra de los juegos, porque el contrato principal con el banco te permite hacerlo de ese que es accesorio o secundario.
Esto es lo que pasa cuando ponen direcotr de banco a alguien con la carrera de económicas o empresariales y no sabe de derecho... Le tienen queexplicar los contratos, jejeje
Si estamos de acuerdo, pero como tú has dicho, una cosa es desistir, en los 7 días siguientes a la entrega (no es así?), y otra cosa es desistir antes de la entrega o rechazar sólo los juegos el día que te entreguen todo, lo cual no se puede hacer porque viene todo en la misma caja.
De todas formas, estamos hablando de lo mismo.
Y yo te insisto otra vez que se puede hacer.
Jurídicamente se puede hacer. Tienes toda la razón para hacerlo. Estas amparado por la ley y por el contrato
No es problema del comprador que ellos lo envien todo en la misma caja. Es más, si a alguien le intentan convencer que no puede desistir de la compraventa tras firmar el contrato con la excusa de que viene todo en la misma caja, ese banco estaría cometiendo un abuso, ya que con esa práctica estarían impidiendo a un consumidor el ejercicio de un derecho legítimo
El banco o el vendedor debe tener previsto que haya personas que desistan de la compraventa de los juegos antes de que se los hayan enviado, y si no lo tiene previsto, preparar paquetes con la consola y el kinect para esas personas. Además tienen un plazo de 45 días para hacerlo por lo que no debería haber problemas. Otra cosa es que te puteen y te hagan esperar esos 45 días o aún habiendo desistido te envien todo y tengas que devolver los juegos.
Salu2
PD: Mira, yo soy abogado, te puedo decir que más de una persona ha venido a mi oficina después de firmar un contrato con empresas del tipo club del libro y similares y se habían arrepentido.
A ninguno le he dicho que espere a recibir los libros y los devuelva en 7 días. A todos les he dicho que inmediatamente manden una carta desistiendo para impedir que el vendedor pueda reclamar daños y perjuicios
Jeje. Si en ningún momento te he dicho que no tengas razón. Es más, te la he dado, y sólo he comentado lo que me dijo la del banco, que no tenía ni idea?, con esto queda demostrado (yo, desde luego, de temas legales no la tengo). Yo lo único que sé, como he comentado anteriormente, es que yo lo he hecho con empresas de telefónia móvil.
De todas formas, como tú dices, todo puede ser que se tiren "preparando el paquete" el tiempo máximo, y que no lo traten de la mejor forma (si vamos todos "por las malas directamente"). Independientemente de que luego se tomen medidas.
Siento deciros que hoy mismo acudi al banco y ya firme el contrato , la directora me dijo que el pedido puede tardar 45 días y que de hecho es posible que tarde mas .A mi se me hace muxo tiempo pero es verdad que en el contrato pone 45 días.
Muy buenas,yo ya he hecho el contrato y no me han puesto ninguna pega por hacerme yo mismo la transferenia, siempre qu ponga en concepto de nomina y que la transferencia sea superior a 590 euros. Ademas llamo a la central delante de mi para asegurarlo. Siempre se podra poner que hace la transferencia el otra titular de la cuenta si hay mas de uno. Saludos.
Va a parecer de cajón, pero, sabe alguien cual es el numero de teléfono(feacientemente) de Viguera, de dnd mandar el burofax. Gracias
El burofax no se manda a un número de teléfono, sino a una dirección física. (No es un fax)
Tu tienes que llevar a la oficina de correos el folio o folios que quieras que entreguen y la dirección y datos del destinatario.
Lo pides con acuse de reibo y el que lo recoge firma.
Lo puedes comparar con un telegrama en el que pagas por folios en vez de por palabras, o con una carta certificada con acuse de recibo en la que además de tener prueba de cuando se envia y quien la recibe, también se certifica el contenido, lo que pone en el folio
Yo ya he ido a firmar todo y la verdad que no ha habído ninguna pega.. Lo he hecho a traves de una pensión y no ha pasado nada.
Y en cuanto al "tiket" de compra.. Te vale el ingreso que has hecho de los 195€ que has hecho en la cuenta, la chica me lo ha dicho, que lo guarde por si acaso como justificante de compra.
No sé porque quereis devolver los juegos si total.. Xbox con kinect y 5 juegos por 195 euros esta de lujo !!!.. El ingreso de ese dinero es obligatorio, así que.. Que mas dá quedarte con los juegos, si fuese opcional.. Lo entenderia, pudiendo luego vender los juegos en ebay o algo así.. Pero bueno.. Yo me los quedaré los que se usan con kinect.. Los otros los vendere.. Algun interesado ???? jajajaj
Vendo Halo3 y Forza3 para Xbox.. XDDD jajajajaj saludossss!!.
Pues si que esta bien la oferta. Yo hace unos días me abrí la cuenta en la CAM para pillar la wii, que tenia muchas ganas, pero ésta me está picando...
Segun el contrato que habeis colgado, en la clausala segunda dice: Se considerarán nóminas o pensiones las percibidas por dichos conceptos a través del Sistema de Compensación Electrónico (SNCE). Para otros conceptos retributivos que se perciban por transferencia o cheque, la cuantía deberá ser superior al SMI, debiendo el titular notificar al banco por escrito que dicha percepción se corresponde al concepto nómina.
Creeis que si hago yo mismo, o mi mujer, una transferencia normal desde mi otro banco y aviso al santander por escrito de que esa tranferencia es "concepto nomina", la aceptaran??
Pues, aquí otro del santander...vamos a ver como nos sale la jugada con los transportes. Yo no tengo excesiva prisa, así qué esperare pacientemente. Lo qué estaré impaciente es cuando me tengan qué hacer la devolución de la pasta...jajaja. A lo mejor dentro de un mes y medio no me suelen tanto y me los quedo.....dios cuantas dudas...
Que desesperante abrir una cuenta en el Santander.
Tienen impresoras matriciales y sacan tropecientas hojas de contrato a velocidad de tortuga...
He desistido, mañana volveré cuando lo tengan todo sacadito.
He podido leer un poco el folleto interno que tienen ellos, y como novedad puedo indicar que te lo envían a la dirección que tu les digas, no tiene porque ser tu domicilio.
Intentan enviarlo dos veces, y si no pueden entregarlo, la tercera vez lo llevan a la oficina.
El teléfono que viene en su documento de Transportes Viguera es el 941245611
Viene escrito claramente, que no esperan a la llegada de la nómina para enviar el regalo. Lo tiene que autorizar la del banco, tecleando no sé donde.
A los 90 días de firmado y no llegar la nómina, te clavan los 299 euros.
También tienen escrito claramente, que tienen que darte carta de desintimiento
Muy buenas,yo ya he hecho el contrato y no me han puesto ninguna pega por hacerme yo mismo la transferenia, siempre qu ponga en concepto de nomina y que la transferencia sea superior a 590 euros. Ademas llamo a la central delante de mi para asegurarlo. Siempre se podra poner que hace la transferencia el otra titular de la cuenta si hay mas de uno. Saludos.
Pero vihor, aunque te permitan hacertela tú mismo, en el contrato consta tu empresa real como supuesta pagadora ¿verdad? ¿o te han puesto directamente a ti?
Para no dar explicaciones, yo preferíria poner a mi empresa y después probar con TN (que todo indica que son perfectamente válidas)
Segun el contrato que habeis colgado, en la clausala segunda dice: Se considerarán nóminas o pensiones las percibidas por dichos conceptos a través del Sistema de Compensación Electrónico (SNCE). Para otros conceptos retributivos que se perciban por transferencia o cheque, la cuantía deberá ser superior al SMI, debiendo el titular notificar al banco por escrito que dicha percepción se corresponde al concepto nómina.
¿Qué significa esto del SNCE?. He buscado información sobre él y no me queda del todo claro. La cuestión es si yo domicilio una nómina percibida a través del SNCE de pongamos 400 euros, que está por debajo del SMI, me sigue valiendo porque pertenece al SNCE. ¿Cuáles son las nóminas que se perciben a través del SNCE?
Esto me trae de cabeza porque dado mis condiciones laborales puedo tener nóminas de muy diferente cuantía encontrándome meses en que duplico o másqueduplico el SMI y otros en las que no llego, así que tenía pensado compensar estos meses con transferencias de dinero que tengo guardado, pero si no hace falta pues eso que me ahorro
kATON snce ES SERVICIO NACIONAL DE COMPENSACION ELECTRONICA.
Al final siempre que no sea de una cuenta que esta a tu nombre ...puedes indicar que son pagos de nomina.
Incluso los cheques
Es decir, si la empresa X (llámese El corte inglés, telepizza, Randstad... Pongo ejemplos de empresas grandes que todo el mundo conozca) me paga una nómina de 450 euros (menor al SMI) domiciliada en el santander, ¿ésta pasa por el SNCE? Porque si es así, según lo citado anteriormente, no tendría que preocuparme por hacerme una transferencia desde otra cuenta para llegar a cubrir los 633,30€/mes rn que está fijado el SMI para 2010 (cambiese por el de 2011 cuando corresponda). Por eso pregunto cuáles son las nóminas que pasan por el SNCE, porque al leer información sobre él no me queda del todo claro.
Pd: ¿cuando hablais de TN queréis decir transferencias nominativas?
Pues ya he recibido el importe de los juegos. Cierro mi circulo y me quedo tranquilo.
Rectifico una cosilla, es cierto que en ningun sitio pone que Vigueras tenga 45 días para devolver el dinero. Lo que pone es que se compromete a enviar los juegos en el plazo de 45 días (lo mismo que con la consola). Sobre la devolución no pone nada de plazos.
Para sobry1980:
No haces mas que dar fe a lo que digo. Leemos lo que nos conviene y como nos conviene.
En la primerita pagina del foro esta todo puesto, ademas cuando te dan los papeles en la oficina, te los puedes releer para confirmar que son los mismos y que no han cambiando, por si acaso al banco le da por cambiar y vamos pensando que como conocemos los del foro, pues ya esta.
Te completo la frase que me indicas ya que veo que has parado de leer hasta donde a ti te parecia guay el asunto.
"A los efectos de este contrato, se entenderán incluidos los conceptos de nómina, pensión y cualquier tipo de prestación de carácter público y periódico. Se considerarán nóminas y pensiones las percibidas por dichos conceptos a través del sistema de compensación electrónico (SNCE) o de la Seguridad Social. Para otros conceptos retributivos que se perciban por transferencia o cheque, la cuantía deberá ser superior al salario mínimo interprofesional, debiendo el titular notificar al banco por escrito que dicha percepción se corresponde al concepto de nómina, pensión o prestación periódica."
¿Algo mas completito verdad? sobre todo porque te piden que firmes que esas transferencias son nómina, pensión o prestación periódica.
Después, en otra claúsula, la cuarta creo, es donde pone que el incumplimiento de la claúsula segunda, faculta al banco a cobrarte los 299€, incluso de otra cuenta por si en la de la promoción no tienes saldo (estaria por ver si solo del banco santander, o podrian hacerlo con otras cuentas pertenecientes a su grupo, que no es pequeño precisamente)
Otra cosa es que esa parte la pasen por alto algunos y admitan transferencias (recordar que en las tres que pregunte yo, no me dejaron hacerlo asi). Eso si, si luego hay problemas, diles que es que te lo dijeron, a ver que te contestan. Mas que nada porque donde lo hice yo, la chica me dijo que eso es por cuenta y riesgo del que lo hace así, es decir, que si se revisan las transferencias y se detectan estas irregularidades, o paga el que te ha abierto la cuenta o pagas tu y ya me diras quien va a pagarla. A no ser que seas un cliente VIP y no quieran guerra contigo, que me da que ninguno estamos en ese caso.
Cuando yo tuve todo hecho, le pregunte por si fallaba la nomina en los 12 meses y me dijo que en ese caso, se podria hacer un ingreso en la cuenta para que no pasase nada y que en principio valdría, pero con los 12 meses me dijo que no. Y aun así, me dijo que "puede" que no pasase nada, es decir, tampoco te lo asegura ni te lo dan por escrito. Depende ya de las ganas de recaudar que tengan.
Resumiendo, que lo que va a misa es lo que firmas, de lo demas, por mucho que se haya hablado, donde dije digo........
Puede que no pase nada, pero en cualquier caso. Con papeles por delante, no te pueden decir nada. Sin ellos, ala, a discutir y suerte.
Y por favor, leed bien las cositas, que esta todo dicho y redicho y aunque estan posteados los papeles a firmar, no esta de mas leer los que nos da el banco, por si acaso cambian algo, que no os pillen.
De lo que se entera uno leyendo, oye.
Saludos a tod@s y perdon por el tocho, pero es que tiene tela, después de 138 paginas y todavia con lo mismo.
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