"Si la entidad financiera no se ha dirigido al cliente por correo ordinario, sms o correo electrónico, eso significa que el banco ya tiene su documento por lo que no debe preocuparse. Corresponde a la entidad avisar al cliente. El problema puede surgir si la carta llega a un domicilio antiguo donde ya no vive el cliente.
En algunos casos, se ha solicitado también otros documentos que prueben a qué actividad económica se dedican. Estos trámites se realizan en aplicación de la nueva normativa contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo."
El País