Foro de Hipotecas y otros Prestamos: Foro donde se discuten Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con Prestamos, tanto Hipotecarios como de otro tipo, realizados por Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras
Noticia sobre la sentencia que obligaría a los bancos a devolver los gastos de formalización de la hipoteca.
Destaco esta frase "es clave que exista esa cláusula, que es abusiva y nula, pues si no la hay puede entenderse que hubo una negociación entre la entidad y el cliente y que este asumió los gastos motu proprio. "
"El coste de la reclamación a través de la OCU es de 125 euros en concepto de gastos de abogado, otros 75 por el coste de procurador –en ambos casos más el IVA correspondiente del 21%– y, en caso de ganarse, el 20% de la cantidad recuperada. Este precio incluye los costes de las eventuales apelaciones si estas son necesarias".
OCU cobra 242 euros si se pierde. Si se gana la diferencia entre 241 y el 20% de lo ganado.
Cinco bancos cambian la cláusula de los gastos de la hipoteca para evitar demandas
Tras la sentencia del Supremo, Santander, CaixaBank, Bankia, Sabadell e Ibercaja asumen parte de los costes que antes cobraban a los clientes.
La banca es consciente de que la sentencia del Supremo en la que consideraba abusivo que el cliente pagara todos los gastos de la escritura hipotecaria puede tener consecuencias. Para evitar más conflictos y demandas en el futuro, la mayor parte del sector (al menos el Santander, CaixaBank, Bankia, Ibercaja y Sabadell) han asumido parte de los gastos que hasta ahora pagaba el cliente, lo que supone admitir que la situación ha cambiado radicalmente. Por otro lado, el BBVA y el Popular, afectados por la sentencia del Supremo, no consideran que deben devolver todo a sus clientes tras la sentencia del Supremo que les afectaba a ellos por tener cláusulas abusivas.
Adicae presentará una reclamación extrajudicial sobre los gastos hipotecarios
La Asociación pide "prudencia" a la hora de reclamar, ya que no todos los gastos de la constitución de una hipoteca debe pagarlos el banco.
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España Adicae ha invitado hoy a los consumidores a unirse a la reclamación extrajudicial que presentará ante las entidades financieras y el Banco de España sobre los gastos hipotecarios.
Adicae ha presentado hoy en rueda de prensa las iniciativas que llevará a cabo ante "el fraude masivo de la banca por el cobro indebido de gastos de formalización de las hipotecas".
Hay que presentarla ante un juzgado de primera instancia, aunque también se están presentando en juzgados de lo mercantil. Es recomendable primero presentar una reclamación en el servicio de atención al cliente. Cada demanda es un mundo. Por el trabajo que me ha costado hacerla, cobraría, pero eso ya en privado.
Yo presenté ayer mi reclamación en Bankinter y pienso llegar hasta el final, son casi 1500 pavos en mi caso, como casi siempre quien no llora no mama...
He recopilado toda la información en forma de FAQs (incluido también enlaces a varios modelos de reclamación para presentar) a partir de varios artículos en un post.
Hola compis, soy un poco nulo en estos temas y he estado documentandome pero me surgen un par de dudas:
Formalice con el BBVA , en el año 2000 una hipoteca, que todavia estoy pagando religiosamente, seguidamente en el año 2007 solicite una ampliación de dicha hipoteca para poder afrontar una reforma del piso, hay van mis dudas:
1ª Podria solicitar el reintegro de los gastos de notaria , registro e impuestos de actos juridicos de la hipoteca y de la ampliación, creo recordar que hubo que tasar la vivienda para concederme dicha ampliación. No se si el gasto de tasación se puede solicitar.
2ª Estaria en plazo para solicitar dichos reintegros.
Un saludo
Este documento es un modelo para dirigirse al servicio de atención al cliente. La demanda es otra cosa.
Ok, es cierto. Hacerlo con Ocu son 242 euros más el 20% del importe que te devuelva el banco.
- Por lo que he leído, si la cantidad a reclamar es inferior a 2.000€ no necesitas abogado ni procurador, redactas la demanda y la presentas en el juzgado.
- Si no sabes o no tienes alguien que lo haga y no quieres pagar nada (ej: OCU) hasta ganar la demanda, hay bufetes que no cobran nada y sólo cobran si se gana la demanda.
_________________ No me des, llévame dónde haya.
http://pastaextra.blogspot.com.es
Este documento es un modelo para dirigirse al servicio de atención al cliente. La demanda es otra cosa.
Ok, es cierto. Hacerlo con Ocu son 242 euros más el 20% del importe que te devuelva el banco.
- Por lo que he leído, si la cantidad a reclamar es inferior a 2.000€ no necesitas abogado ni procurador, redactas la demanda y la presentas en el juzgado.
- Si no sabes o no tienes alguien que lo haga y no quieres pagar nada (ej: OCU) hasta ganar la demanda, hay bufetes que no cobran nada y sólo cobran si se gana la demanda.
Por eso ofrecía mi modelo de demanda para reclamación de importes inferiores a 2000, para presentarla uno mismo en el juzgado. Como he trabajado en ellas muchas horas, pensaba en cobrar una pequeña cantidad. Hasta ahora he recibido unas treinta preguntas de asesoramiento y ninguna propuesta de compra.
Alguien sabe cuanto cobran los de arriaga asociados? En su web pone que si pierden, ellos pagan los costes, pero no se cuanto cobran o con cuanto se quedan si ganan. .. ¿alguna opción mejor?
En mi caso serían unos 1500€, ¿hacer tú la demanda es de verdad factible o mejor ir con abogado?
Yo les escribí pidiendo información. Copio y pego el mail de respuesta. Un saludo.
Buenos días,
Me pongo en contacto para llevar a cabo la valoración de su caso sobre los gastos de hipoteca.
La documentación necesaria a aportar es:
§ Escritura de hipoteca
§ Factura del NOTARÍA correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario.
§ La TASACIÓN de la vivienda
§ Factura del REGISTRO DE PROPIEDAD por la inscripción de la Hipoteca.
§ IMPUESTO DE ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS al que se encuentre sujeta y no exenta la Escritura de Préstamo Hipotecario.
§ Gastos de GESTORÍA, siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el Banco.
§ Acuerdo firmado con el banco, en su caso.
Puede enviar la documentación contestando a este email y haremos la valoración.
Las condiciones de contratación son:
HONORARIOS DEL ABOGADO. Los honorarios de Abogado por la tramitación del encargo efectuado se determinan como se expone a continuación:
A) En caso de resolución estimatoria con condena en costas a la parte contraria, Arriaga Asociados percibirá el 10% de las cantidades reclamadas, las costas procesales y los intereses legales devengados, descontando la provisión de fondos.
B) En caso de resolución estimatoria sin condena en costas a la parte contraria, los honorarios de Arriaga Asociados ascenderán al 15% de la cantidad recuperada o del perjuicio establecido por la sentencia, adicionalmente a la provisión de fondos inicial.
C) En caso de acuerdo, judicial o extrajudicial, que ponga fin a la reclamación objeto de este encargo, el cliente deberá abonar adicionalmente a la provisión de fondos, el 15% de la cantidad recuperada en concepto de honorarios de su abogado. Esta misma cantidad aplicará si una vez presentada la demanda, el cliente viese satisfecha su reclamación por cualquier causa o motivo distinto de los anteriores y que no implicara un desistimiento.
D) Si el procedimiento judicial se pierde sin o con condena en costas, quedará en poder de Arriaga Asociados la provisión de fondos y el cliente no tendrá que pagar ninguna otra cantidad. Arriaga Asociados asumirá las costas de la parte contraria.
Los honorarios correspondientes al presente encargo se liquidarán por Arriaga Asociados, cuando finalice el encargo por cualquiera de las formas previstas en la presente hoja de encargo. La obligación del pago de los honorarios nace desde el momento que la entidad bancaria consigna el pago en el juzgado, realiza el pago directamente al cliente, se amortiza o compensa el crédito.
FORMA DE PAGO. Para el inicio de los trabajos objeto de este encargo, el CLIENTE ingresará en concepto de provisión de fondos la cantidad de 100€.
Cualquier duda puede llamar al 900 264 600.
En mi caso es una escritura de compraventa con subrogación hipotecaria a la que ya tenían firmada los constructores. ¿tendría derecho a reclamar en este caso? porque en la escritura compadezco yo y la otra parte es la constructora, no el banco... Aunque sí se cita al banco en cuestión con el que se tiene la hipoteca
Yo les escribí pidiendo información. Copio y pego el mail de respuesta. Un saludo.
Buenos días,
Me pongo en contacto para llevar a cabo la valoración de su caso sobre los gastos de hipoteca.
La documentación necesaria a aportar es:
§ Escritura de hipoteca
§ Factura del NOTARÍA correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario.
§ La TASACIÓN de la vivienda
§ Factura del REGISTRO DE PROPIEDAD por la inscripción de la Hipoteca.
§ IMPUESTO DE ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS al que se encuentre sujeta y no exenta la Escritura de Préstamo Hipotecario.
§ Gastos de GESTORÍA, siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el Banco.
§ Acuerdo firmado con el banco, en su caso.
Puede enviar la documentación contestando a este email y haremos la valoración.
Las condiciones de contratación son:
HONORARIOS DEL ABOGADO. Los honorarios de Abogado por la tramitación del encargo efectuado se determinan como se expone a continuación:
A) En caso de resolución estimatoria con condena en costas a la parte contraria, Arriaga Asociados percibirá el 10% de las cantidades reclamadas, las costas procesales y los intereses legales devengados, descontando la provisión de fondos.
B) En caso de resolución estimatoria sin condena en costas a la parte contraria, los honorarios de Arriaga Asociados ascenderán al 15% de la cantidad recuperada o del perjuicio establecido por la sentencia, adicionalmente a la provisión de fondos inicial.
C) En caso de acuerdo, judicial o extrajudicial, que ponga fin a la reclamación objeto de este encargo, el cliente deberá abonar adicionalmente a la provisión de fondos, el 15% de la cantidad recuperada en concepto de honorarios de su abogado. Esta misma cantidad aplicará si una vez presentada la demanda, el cliente viese satisfecha su reclamación por cualquier causa o motivo distinto de los anteriores y que no implicara un desistimiento.
D) Si el procedimiento judicial se pierde sin o con condena en costas, quedará en poder de Arriaga Asociados la provisión de fondos y el cliente no tendrá que pagar ninguna otra cantidad. Arriaga Asociados asumirá las costas de la parte contraria.
Los honorarios correspondientes al presente encargo se liquidarán por Arriaga Asociados, cuando finalice el encargo por cualquiera de las formas previstas en la presente hoja de encargo. La obligación del pago de los honorarios nace desde el momento que la entidad bancaria consigna el pago en el juzgado, realiza el pago directamente al cliente, se amortiza o compensa el crédito.
FORMA DE PAGO. Para el inicio de los trabajos objeto de este encargo, el CLIENTE ingresará en concepto de provisión de fondos la cantidad de 100€.
Cualquier duda puede llamar al 900 264 600.
Gracias.
Yo les llamé y me pidieron los datos para tener una cita gratuita y sin compromiso con los abogados, pero no tenían hueco en agenda y me dijeron que me llamarían cuando tuvieran abierta más agenda.
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