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Este documento es un modelo para dirigirse al servicio de atención al cliente. La demanda es otra cosa.
Ok, es cierto. Hacerlo con Ocu son 242 euros más el 20% del importe que te devuelva el banco.
- Por lo que he leído, si la cantidad a reclamar es inferior a 2.000€ no necesitas abogado ni procurador, redactas la demanda y la presentas en el juzgado.
- Si no sabes o no tienes alguien que lo haga y no quieres pagar nada (ej: OCU) hasta ganar la demanda, hay bufetes que no cobran nada y sólo cobran si se gana la demanda.
Todo está en el % que quieran cobrar al final pero si no sale adelante y no te conlleva gastos estaría muy bien.
A mi me lo va a llevar en Cáceres un abogado que me da por escrito que a mi no me cobra nada.
Que sólo gana los honorarios del juicio si condenan en costas al banco, en cuanto me dé el papel todo escrito empiezo el proceso y ya os diré.
Saludos a todos
Según lo expuesto referente al bufete 4rr14g4 as0c14d0s no sale gratis la demanda, lo mínimo que palmarás es la provisión de fondos, la cual inicialmente son 100€ pero eso no quita para que más adelante te pidan pagar más por provisión...claro este bufete cuenta con que la demanda va a ganarse al menos parcialmente (lo de los AJDs está por ver) y con ello el escenario más probable a día de hoy es que te cobren la/s provisión/es y el 15% de la cantidad ganada. En el caso de ganar la demanda completamente, el bufete pega el sablazo, debe serle poco ganar las costas y el 10% de lo ganado, sino que se lleva también los intereses de demora que en algunas hipotecas de muchos años puede ser muy suculento ya que los intereses de demora pueden ser del 10% anual.
A mi me parece un "robo", teniendo en cuenta que el trabajo que harán para un cliente va a ser el mismo al 80% que el de otro cliente y que juegan con las cartas marcadas una vez que se pronunció el Tribunal Supremo en favor de los clientes... a rio revuelto ganacia de estos tiburones, ya huelen la carnaza y muestran su apetito.
P.D. según se comentó, al futbolista C4sill4s que tiene por castigo el dinero, aunq tiene fama de ser un rata, le salió gratis los servicios jurídicos de este bufete a cambio de ofrecer su imagen en los anuncios que se ven de este bufete.
Según lo expuesto referente al bufete 4rr14g4 as0c14d0s no sale gratis la demanda, lo mínimo que palmarás es la provisión de fondos, la cual inicialmente son 100€ pero eso no quita para que más adelante te pidan pagar más por provisión...claro este bufete cuenta con que la demanda va a ganarse al menos parcialmente (lo de los AJDs está por ver) y con ello el escenario más probable a día de hoy es que te cobren la/s provisión/es y el 15% de la cantidad ganada. En el caso de ganar la demanda completamente, el bufete pega el sablazo, debe serle poco ganar las costas y el 10% de lo ganado, sino que se lleva también los intereses de demora que en algunas hipotecas de muchos años puede ser muy suculento ya que los intereses de demora pueden ser del 10% anual.
A mi me parece un "robo", teniendo en cuenta que el trabajo que harán para un cliente va a ser el mismo al 80% que el de otro cliente y que juegan con las cartas marcadas una vez que se pronunció el Tribunal Supremo en favor de los clientes... a rio revuelto ganacia de estos tiburones, ya huelen la carnaza y muestran su apetito.
P.D. según se comentó, al futbolista C4sill4s que tiene por castigo el dinero, aunq tiene fama de ser un rata, le salió gratis los servicios jurídicos de este bufete a cambio de ofrecer su imagen en los anuncios que se ven de este bufete.
Creo que no es así, si ganas con condena a costas a la parte contraria se quedarían con el 10% incluyendo los 100€ de la provisión + los intereses. En mi caso sobre unos 1500€ se quedarían con 100€ + intereses de unos 12 años, que eso es verdad que me repatea un poco porque parece un poco oscuro y engañoso, pero si no tienes abogado de confianza como es mi caso no lo veo mala opción.
Si ganas sin condena a costas sería el 15% +100€, en mi caso unos 250€ pero en este caso si me quedo con los intereses
Creo que no es así, si ganas con condena a costas a la parte contraria se quedarían con el 10% incluyendo los 100€ de la provisión + los intereses. En mi caso sobre unos 1500€ se quedarían con 100€ + intereses de unos 12 años, que eso es verdad que me repatea un poco porque parece un poco oscuro y engañoso, pero si no tienes abogado de confianza como es mi caso no lo veo mala opción.
Si ganas sin condena a costas sería el 15% +100€, en mi caso unos 250€ pero en este caso si me quedo con los intereses
Es así o se me escapa algo?
me remito al post de "pin1" que ha aportado las condiciones supuestamente del bufete.
Si condenan al contrario en costas, es porque te han estimado la demanda totalmente, el bufete se lleva esas costas (pagadas por el contrario), y a ti te sacan ADEMÁS el 15% y los intereses de demora.
Pero si no condenan en costas al contrario, es porque te han estimado en parte tu demanda que probablemente sea porque no te han concedido la devolucion de AJD que supone la mayor parte del montante que demandarías, es decir, que te concederían mucho menos de lo que has demandado y por otro lado pagarías al bufete el 10% de lo ganado más la provisión. mención especial que indican explicitamente "provisión inicial" en cambio cuando hay costas para el contrario indican únicamente "provisión" lo que deja abierta la posibilidad de que te pudieran exigir varias provisiones durante el proceso, porque en mi opinión me extraña que si el proceso es largo se vayan a conformar con una única provisión de 100€. Si tu demandas 1500€ y te lo estiman parcialmente (sin costas al contrario) suponiendo que te estimen solo 500€ al final tendrías que pagar al bufete 175€ (100 + 75) lo cual resulta el 35% de lo que has ganado. Y no se habla de que ocurre si se recurre la sentencia...y los gastos que eso incrementa.
Yo lo veo un abuso, esas condiciones tendrían sentido si no hubiera habido sentencia del TS y entonces tuvieran que trabajrse mucho más a fondo el asunto pero teniendo ya la ayuda importante de esa sentencia la victoria es "segura", a falta de si te lo estiman parcial o totalmente. Para eso creo que es más rentable meterse en alguna asociación, los costes son inferiores y se hace más fuerza, ni decir tiene si debajo de 3000€ no hace falta abogado/procurador incluso. Yo lo veo así, en mi opinión.
Para eso creo que es más rentable meterse en alguna asociación, los costes son inferiores y se hace más fuerza, ni decir tiene si debajo de 3000€ no hace falta abogado/procurador incluso. Yo lo veo así, en mi opinión.
Es por debajo de 2000 cuando no hace falta abogado/procurador
Creo que no es así, si ganas con condena a costas a la parte contraria se quedarían con el 10% incluyendo los 100€ de la provisión + los intereses. En mi caso sobre unos 1500€ se quedarían con 100€ + intereses de unos 12 años, que eso es verdad que me repatea un poco porque parece un poco oscuro y engañoso, pero si no tienes abogado de confianza como es mi caso no lo veo mala opción.
Si ganas sin condena a costas sería el 15% +100€, en mi caso unos 250€ pero en este caso si me quedo con los intereses
Es así o se me escapa algo?
me remito al post de "pin1" que ha aportado las condiciones supuestamente del bufete.
Si condenan al contrario en costas, es porque te han estimado la demanda totalmente, el bufete se lleva esas costas (pagadas por el contrario), y a ti te sacan ADEMÁS el 15% y los intereses de demora.
Pero si no condenan en costas al contrario, es porque te han estimado en parte tu demanda que probablemente sea porque no te han concedido la devolucion de AJD que supone la mayor parte del montante que demandarías, es decir, que te concederían mucho menos de lo que has demandado y por otro lado pagarías al bufete el 10% de lo ganado más la provisión. mención especial que indican explicitamente "provisión inicial" en cambio cuando hay costas para el contrario indican únicamente "provisión" lo que deja abierta la posibilidad de que te pudieran exigir varias provisiones durante el proceso, porque en mi opinión me extraña que si el proceso es largo se vayan a conformar con una única provisión de 100€. Si tu demandas 1500€ y te lo estiman parcialmente (sin costas al contrario) suponiendo que te estimen solo 500€ al final tendrías que pagar al bufete 175€ (100 + 75) lo cual resulta el 35% de lo que has ganado. Y no se habla de que ocurre si se recurre la sentencia...y los gastos que eso incrementa.
Yo lo veo un abuso, esas condiciones tendrían sentido si no hubiera habido sentencia del TS y entonces tuvieran que trabajrse mucho más a fondo el asunto pero teniendo ya la ayuda importante de esa sentencia la victoria es "segura", a falta de si te lo estiman parcial o totalmente. Para eso creo que es más rentable meterse en alguna asociación, los costes son inferiores y se hace más fuerza, ni decir tiene si debajo de 3000€ no hace falta abogado/procurador incluso. Yo lo veo así, en mi opinión.
Que recomendarías entonces? En la OCU creo que sale más caro todavía...
Muchas gracias por ponerse en contacto con nosotros. En respuesta a su cuestión, estos son nuestros honorarios y nuestra manera de trabajar:
Nuestros honorarios por este trabajo son los siguientes:
A) Vía amistosa: Si recuperamos su dinero sin demanda, mediante negociación con el banco: 100 € + IVA como provisión de fondos + 15 % + IVA de la cantidad recuperada.
B) Vía judicial: Si tenemos que demandar al banco:
a) Si el banco se allana a nuestra petición sin celebrar juicio: 15 % + IVA de la cantidad recuperada.
b) Si el banco no se allana y se celebrar juicio:
b1) Si no hay condena en costas al banco el 15% + IVA de la cantidad recuperada.
b2) Si hay condena en costas al banco: cobraremos las costas y usted no pagará nada más que los 100 € + IVA iniciales.
Nuestra intención es que usted recupere su dinero lo más rápidamente posible y, de no ser así, que no tenga que pagarnos nada al condenar el juez al banco en costas.
¿Por qué debería confiar en nosotros?:
1.- Siempre conocerá a su abogado, este será el mismo en todo el proceso y podrá llamarlo y visitarlo las veces que haga falta.
2.- Nuestro compromiso es por escrito, ante todo claridad en el servicio y tranquilidad para usted.
3- Solo cobramos cuando usted lo haga.
Tiene a su entera disposición este correo de contacto para cualquier cuestión.
.CCS Paseo de la Castellana, 59 Planta baja 28046 Madrid 91 0609739
Buenos Días,
Esta es la documentación que nos haría falta que nos remitiese de la hipoteca:
1. Escritura de hipoteca
2. Factura del notario
3. Factura del registro de la propiedad
4. Liquidación del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados
5. Honorarios de la gestoría.
El estudio no conllevaría ningún tipo de coste o compromiso. En caso de ganar, nosotros le cobraríamos un 15% de las cantidades recuperadas, pero siempre con posterioridad al momento en que usted recuperase el dinero.
Si quiere una cita puede llamar o bien al teléfono siguiente: 912 913 777
Por mi parte lo tengo claro:
1) Vía amistosa: lo reclamo a lo Juan Palomo en el banco a ver qué me dicen (o no me contestan en 2 meses desde la presentación de la reclamación al SAT). Lo poco o mucho que consiga no lo reparto con nadie...
2) Vía judicial: uso abogados que vayan a comisión, mejor darles el 15-20% que quedarme yo con el 100% de nada... (en cuanto a los 100 y pico euros como provisión de fondos para los gatos iniciales de presentar la demanda los doy por bien empleados ya que las posibilidades de ganar aunque sea parcialmente -que sólo reconozcan el 50% de los gastos de formalización- son muy altas.
La opción de presentar yo mismo la demanda por ser menor de 2000 euros aunque posible la descarto, no soy abogado ni quiero embarcar gratis a ningún abogado conocido al que al final tendría que agradecerle el favor con un regalo a la altura... prefiero contratar los servicios de alguien y despreocuparme (por otra parte, tampoco me la quiero jugar presentando algo que luego por defecto de forma por hacerlo en plan "aficionao" y tirando de favores al final no consiga resultados).
Suerte a todos en cualquier caso a los que reclamen (el 10% según dicen de los afectados).
_________________ No me des, llévame dónde haya.
http://pastaextra.blogspot.com.es
b) Por el timbre de los documentos notariales, el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por partes iguales entre prestamista y prestatario, y el correspondiente a las copias, por quien las solicite”.
La sentencia completa no está todavía publicada, y aunque en la nota de prensa pone "casos concretos", es razonable suponer que van a ir los tiros por ahí.
Por otra parte, mi abogado que me desaconsejó no incluir la tasación (según me contó, no la estaban admitiendo y al rechazarla entonces perjudicaba el resto de conceptos reclamados) ahora me dice que sí están aceptando la reclamación de la tasación.
Visto lo visto, seguimos pagando la cama y una vez más la banca gana.
_________________ No me des, llévame dónde haya.
http://pastaextra.blogspot.com.es
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