Foro de Domiciliación de Nominas: Foro de discusión sobre Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con la Domiciliación de Nomina. Es decir sobre esos Regalos que hacen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras para que abramos una Cuenta en su Oficina y Domiciliemos allí nuestra Sueldo.
A mí las cuentas que me salen son las siguientes:
- Envío del TV: 99€
- Tarjeta débito 4B: 44€ (22€ anuales/12=1’83€ mensuales por 24 meses (primeros 6 meses gratis))
- Tarjeta Visa: 52’5€ (35€ anuales/12=2’91€ mensuales por 18 meses (primeros 12 meses gratis))
TOTAL: 195’5€
Pero además no estoy seguro de que no haya que pagar a hacienda el 18% del valor de retribución en especies. No sé cuánto se considera el valor de la TV, ¿500€?, si es así el coste total sería
- Envío del TV: 99€
- Tarjeta débito 4B: 44€ (22€ anuales/12=1’83€ mensuales por 24 meses (primeros 6 meses gratis))
- Tarjeta Visa: 52’5€ (35€ anuales/12=2’91€ mensuales por 18 meses (primeros 12 meses gratis))
- 18% retribución en especies: 90€
TOTAL: 285’5€
Sigue sin estar mal, pero vamos, que la tele gratis no es. A ver si alguien puede aclararme lo de hacienda.
Otra cosa, si hago un ingreso mensual de 800€, no es necesario mantener el dinero ¿no?¿podría retirar el dinero un par de días después?
Mi experiencia con la Televisión de 19" del año pasado.
Hecha la declaración de la renta del año pasado. Banesto no aparece como que me haya pagado ningún interés, por lo tanto, no pago nada por el regalo.
La tarjeta de débito, a pesar de lo que decía el contrato de la obligatoriedad de tenerla 12 meses, la cancele a los 10 días y no me pusieron ninguna pega, ni me han cobrado nada por ella.
Tarjetas F1 y 10en1, llevo 9 meses con ellas y no me han cobrado ninguna comisión.
Coste de mi TV: los 49 Euros de manipulación que me cobraron en su día.
Como digo, esta es "mi experiencia" con una promoción anterior, pero no creo que varie demasiado.
Última edición por Gonso el Mie Sep 10, 2008 11:41 am, editado 1 vez
Mi experiencia con la Televisión de 19" del año pasado.
La tarjeta de débito, a pesar de lo que decía el contrato de la obligatoriedad de tenerla 12 meses, la cancele a los 10 días y no me pusieron ninguna pega, ni me han cobrado nada por ella.
Tarjetas F1 y 10en1, llevo 9 meses con ellas y no me han cobrado ninguna comisión.
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Hola, supongo que en este caso de la tele de 32' es totalmente diferente, no podras anular las tarjetas antes de 13 meses en el mejor de los casos, por eso han estado listos al obligar los 13 y no 12 meses, se aseguran la renovación anual de ambas tarjetas. En tu caso serían sólo 12 meses, y no te pondrían pegas por hacerlo antes, pues la diferencia economica para ellos entre que la anules a los 12 meses o al día siguiente de recibirlas, no existía pero al ser 13 meses la cosa cambia y se aseguran la renovación anual de ambas.
Creo que no me equivoco, y que por algo han sacado la cifra de 13 meses, totalmente atípica en estos casos..
Un Saludo
A mí las cuentas que me salen son las siguientes:
-Envío del TV: 99€
-Tarjeta débito 4B: 44€ (22€ anuales/12=1’83€ mensuales por 24 meses (primeros 6 meses gratis))
-Tarjeta Visa: 52’5€ (35€ anuales/12=2’91€ mensuales por 18 meses (primeros 12 meses gratis))
TOTAL: 195’5€
Si quieres realizar las cuentas con total exactitud, has cometido un pequeño error, es dividir el coste de las tarjetas entre meses, pues su cuota es anual, por lo tanto, no puedes calcular su coste sobre 30 meses sino sobre 3 años completos, ya que la cuota del ultimo año te la cobraran completa, aunque tu tengas intención de darlas de baja cuando cumplas los 30 meses. Es decir:
-Envío del TV: 99€
-Tarjeta débito 4B: 55€ (22€ anuales por el 2º y 3º año y en el 1º año: primeros 6 meses gratis y los otros 6 meses, 11€)
-Tarjeta Visa: 70€ (35€ anuales por el 2º y 3º año y el 1º año gratuita)
TOTAL: 224€
Aún así, hay que saber que el sitio donde más barata la he encontrado es a 469€, y que el modelo es ya obsoleto y se ha dejedo de fabricar parece ser.
La tarjeta de débito era gratis solo los 6 primeros meses, por lo que podrían haberme cobrado 11 Euros por los otros 6 meses.
Ahí si tienes razón, pero por algo habrán puesto lo de los 13 meses, ¡¡digo yo!!, aunque para ser un poco originales podrían haber puesto 12 meses y 1 día, como las condenas. Ja,ja,ja.
Creo que la explicación, es que de todo se aprende y si se han dado cuenta de su error con vuestro caso de la tele de 19´, su rectificación ha venido por OBLIGAR en este caso a que se mantengan los 13 meses de rigor, es decir, 2 años.
Visto lo visto, está claro que hay que solicitar la cuenta Tarifa Plana Cero para que no cobren comisiones de mantenimiento, pero esto a su vez "obliga" a mantener las 2 tarjetas durante los 30 meses de la promoción.
Por tanto el punto clave a negociar con cada sucursal sería que dejasen anular las tarjetas, lo que supondría tener el TV por 99€.
Me parece que para calcular bien el coste total de la TV habría que sumar la retención del 25% del valor del regalo para hacienda que te quitan de tu cuenta cuando te dan el regalo.
Me parece que para calcular bien el coste total de la TV habría que sumar la retención del 25% del valor del regalo para hacienda que te quitan de tu cuenta cuando te dan el regalo.
Ya se ha dicho muchas veces en el hilo del portátil que, tanto éste como la TV, son regalos promocionales y, por tanto, exentos de tributar a Hacienda.
Anexo al contrato de cuenta formalizado entre Banesto y el cliente. Condición PRIMERA, último párrafo, cito TEXTUALMENTE:
"La entrega del TV LCD está sujeta al ingreso a cuenta que establece el art. 103 de RD 439/2007 por el que se aprueba el Raglamento de IRPF. El tipo aplicable será el vigente en cada momento. Actualmente es del 18% (en la comunidad foral de Navarra el 15%). Este ingreso a cuenta será a cargo del Banco que lo ingresará en la Agencia Tributaria a nombre y por cuenta del cliente."
ESTO NO COINCIDE CON LO QUE OS HAN INFORMADO EN LAS SUCURSALES.
Es más en el resumen anual de intereses del banco para incorporar en la declaración de Hacienda "imagino" que figurará como ingresos el importe total de la TV y como retención el ingreso a cuenta. Conclusión al añadir esto en nuestra declaración hará que debamos de pagar en ella y por la TV el porcentaje de nuestro tipo marginal de la declaración.
Anexo al contrato de cuenta formalizado entre Banesto y el cliente. Condición PRIMERA, último párrafo, cito TEXTUALMENTE:
"La entrega del TV LCD está sujeta al ingreso a cuenta que establece el art. 103 de RD 439/2007 por el que se aprueba el Raglamento de IRPF. El tipo aplicable será el vigente en cada momento. Actualmente es del 18% (en la comunidad foral de Navarra el 15%). Este ingreso a cuenta será a cargo del Banco que lo ingresará en la Agencia Tributaria a nombre y por cuenta del cliente."
ESTO NO COINCIDE CON LO QUE OS HAN INFORMADO EN LAS SUCURSALES.
Es más en el resumen anual de intereses del banco para incorporar en la declaración de Hacienda "imagino" que figurará como ingresos el importe total de la TV y como retención el ingreso a cuenta. Conclusión al añadir esto en nuestra declaración hará que debamos de pagar en ella y por la TV el porcentaje de nuestro tipo marginal de la declaración.
Saludos y ha echar numeros.
Pues por lo que yo entiendo es el Banco el que paga ese 18% a Hacienda, de la misma forma que cuando tienes un depósito normal y corriente y te ingresan x euros, el Banco ya se ha encargado de descontarte el 18%. Que alguien me corrija, pero creo que es así.
He estado esta mañana en una sucursal y me han confirmado que la unica tarjeta que es obligatoria es la de debito, y las de credito son opcionales. Ya lo he contratado ya os contare como va.
He estado esta mañana en una sucursal y me han confirmado que la unica tarjeta que es obligatoria es la de debito, y las de credito son opcionales. Ya lo he contratado ya os contare como va.
Pues entonces está claro que es cada sucursal la que decide en último instancia porque en las condiciones está muy, muy claro que son obligatorias dos tarjetas, la de débito y una de las de crédito a escojer.
Si a mi sólo me exigieran la de débito me pillaba la TV ya!
Veo que ya sois varios los que habéis firmado el contrato, así que de nuevo, os pediría el favor de que escaneaseis el CONTRATO COMPLETO, la parte de la cuenta y la parte de TV.
Si, efectivamente es el banco quien realiza el ingreso, pero la declaración tuya la haces TU y la pagas TU.
A ver si me explico, tu vas a tener que declarar a Hacienda:
-Como ingresos: uno de 599€ en concepto de la TV, más otro ingreso de 107.82€ correspondientes al pago del 18% (que te regala el banco a tí, con lo cual Hacienda también considera que es un ingreso a tu favor). TOTAL 706.82€
-Como retenciones a cuenta, precisamente esa cantidad de 107.82€ que realizó el banco.
Con estas cantidades tendras que ir a tu declaración e incluir los 706.82€ como ingresos y los 107.82€ como retenciones. El resultado a PAGAR (ya que SIEMPRE saldrá a pagar) será el de aplicar tu tipo marginal (no confundir con el tipo medio ni con la retención de IRPF) de la declaración a la diferencia de 706.82€-107.82€, es decir los 599€.
Y ojo los tipo marginales son muy altos, más datos:
En estas tablas hay unos escalones de ingresos en los que se señala la cuota a pagar; pero ocurre que nadie gana exactamente lo que se estipula en esa escala y por tanto hay un exceso sobre el escalón apropiado. Por ejemplo: si una persona gana 5000 € al año, se va a la tabla y se ve que hasta 4161,60 € se pagan 377,04 € de cuota estatal, y por el resto hasta los 5000 € se paga un tipo marginal del 15,84 %. (cifras irpf 2006)
Otro ejemplo: Una persona que gana más de 46.818 € al año paga de cuota integra por esos ingresos, entre cuota estatal y autonómica, 13.958 € , y por cada euro que gane más tributará por un 45% de tipo marginal (cifras irpf 2006)
Los tipos marginales establecidos para la ultima declaración de la renta del 2007 fueron:
-rentas hasta 17.360 euros deberán pagar un 24%
-rentas entre 17.360 y 32.360 euros pagarán un 28%
-rentas entre 32.360 y 52.360, un 37%
- y rentas por encima de 52.360 euros abonarán el 43%.
En resumen, el tipo marginal máximo se reduce dos puntos hasta el 43%, mientras que el mínimo pasa del 15% al 24%
En mi caso, mi tipo marginal está en el 37%, por lo cual al incluir esos 599€ como ingresos, mi declaración se verá aumentada y deberé de pagar más (o en su caso me devolverán menos) por un importe de 599€ x 37% = NADA MÁS Y NADA MENOS QUE 221.63€.
Aparte de los consabidos gastos de 99 € de manipulación, cuotas tarjetas varias, comision de mantenimiento en su caso, etc..
LO SIENTO POR EL LADRILLO, PERO CREO QUE ALGUIEN DEBÍA DE APORTAR ALGO DE CONOCIMIENTO SOBRE ELLO, ya que las cosas cambian radicalmente como habeis podido comprobar si la TV es tratada como regalo (como parece ser que fue la de 19´ que hicieron anteriormente, por cierto la palabra "regalo" ni "promocional" no aparece en ningun lugar del contrato) o como entrega de un producto SUJETO AL INGRESO A CUENTA del IRPF.
Yo no he firmado el contrato, tan solo he pasado por una oficina y lo he pedido para estudiarmelo (en ello estoy), por cierto no tengo escaner, si no lo subiría, de todas formas os puedo escribir lo más importante que vaya viendo, como ya he hecho con algunos puntos
"Si el cliente no tiene la tarjeta de crédito Match Point o la Tarjeta de Credito 123, contrata en este acto la Tarjeta Match Point. Asimismo contrata la Tarjeta de Credito Diez en Una, en caso de no tenerla ya.
-La concesion de las tarjetas de credito queda sujeta a los criterios habituales de riesgos del banco. Si el banco resuelve favorablemente su concesion, le seran enviadas las tarjetas, y le sera comunicado al titular el nº de contrato y el limite de las tarjetas
-El cliente se compromete a mantener en vigor las tarjetas contratadas durante un periodo de 13 meses desde la FECHA DE ALTA de la tarjeta."
ESTO ES LO QUE SE FIRMA Y POR LO TANTO LO QUE CREO QUE HABRA QUE CUMPLIR, AUNQUE ALGUIEN EQUIVOCADAMENTE (el director o subdirector de la oficina, que hoy está aquí y dentro de 6 meses, vete a saber donde) NOS HAYA INFORMADO DE OTRA COSA
-Como ingresos: uno de 599€ en concepto de la TV, más otro ingreso de 107.82€ correspondientes al pago del 18% (que te regala el banco a tí, con lo cual Hacienda también considera que es un ingreso a tu favor). TOTAL 706.82€
-Como retenciones a cuenta, precisamente esa cantidad de 107.82€ que realizó el banco.
Con estas cantidades tendras que ir a tu declaración e incluir los 706.82€ como ingresos y los 107.82€ como retenciones. El resultado a PAGAR (ya que SIEMPRE saldrá a pagar) será el de aplicar tu tipo marginal (no confundir con el tipo medio ni con la retención de IRPF) de la declaración a la diferencia de 706.82€-107.82€, es decir los 599€.
Y ojo los tipo marginales son muy altos, más datos:
Aunque tus cálculos fueran correctos y se considerase un pago de intereses, seguirías sin tener que pagar nada, ya que los intereses no están grabados al tipo marginal, sino al 18% fijo, que ya ha ingresado el banco.
-La concesion de las tarjetas de credito queda sujeta a los criterios habituales de riesgos del banco. Si el banco resuelve favorablemente su concesion, le seran enviadas las tarjetas, y le sera comunicado al titular el nº de contrato y el limite de las tarjetas
Si no quieres las tarjetas de crédito o el director de tu oficina te quiere librar de ellas, solo hay que hacer que el calculo de riesgos no le salga al banco.
Tengo poco y debo mucho. Ningún banco con estos datos te da un crédito , ni siquiera en tarjeta. Supongo que sera lo que hacen en las oficinas cuando quieren liberar de las tarjetas. Hacer que el estudio aconseje no concederlas.
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