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 Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recibos Compartir


Foro de Domiciliación de Nominas Foro de Domiciliación de Nominas: Foro de discusión sobre Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con la Domiciliación de Nomina. Es decir sobre esos Regalos que hacen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras para que abramos una Cuenta en su Oficina y Domiciliemos allí nuestra Sueldo.

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Panoramix
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recibos   Compartir Responder citando
Los gastos de envio eran 49 euros para el caso de la de 19".

Muy interesante lo de cancelar las tarjetas en el mes 24, en ese caso serían el total a pagar por el TV sería 99 de envio + 93 de tarjetas + 30 de mantenimiento = 222 euros como máximo.
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Gonso
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recib   Compartir Responder citando
Creo que os pasáis de suspicaces con las clausulas del contrato. Lo que en mi pueblo llaman "cogérsela con papel de fumar".

Lo de Hacienda lo tengo claro. Mi opinión es que han añadidlo la clausula por que estaban cansados de que les preguntaran quien pagaba a hacienda por el regalo. Sigo pensando que el cliente no tiene que poner ni un Euro.

Lo de las tarjetas varia con cada contrato. TV de 19", ordenador, TV de 32" dependiendo de las que les interese promocionar. Sigo pensando que si lo negocias con la oficina, las cancelas sin ninguna repercusión económica.

El tiempo dará la razón a alguien pero, con la experiencia que he tenido con Banesto, me apuesto 1 Euro a que se puede sacar la TV por poco mas de los 100 Euros.
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Javiair
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recibos   Compartir Responder citando
A mi, el director de la oficina con la que lo estoy negociando me ha dicho que las tarjetas las puedo cancelar a los 13 meses (incluso antes) y que no me cobraran los gastos de la cuenta, pero esto de boca...

Tambien me ha dicho que a hacienda no hay que pagar nada, que se va a dar como "regalo promocional".
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Csatelite
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recibos   Compartir Responder citando
Por cierto, respecto a las cuentas que estais echando, tanto JAVIAIR como PANORAMIX, para calcular el coste total de la TV, tener en cuenta que sólo la renovación anual de la tarjeta (**)Match Point (que es la prioritaria para ellos), es nada más y nada menos que de "70 EURACOS ANUALES"

-En el ejemplo de Javiair (los 30 meses), seria:

TV 32''= 99 envio + 55 debito + 140 Match Point + 50 Diez en Una = TOTAL 344€

-Y en las cuentas de Panoramix (cancelando tarjetas a los 24 meses):

TV 32''= 99 envio + 33 debito + 70 Match Point + 25 Diez en Una + 30 Mantenimiento = TOTAL 257€

(**) Entiendo que esto es así ya que en la CONDICION SEPTIMA del ANEJO, dice que: "si el cliente no tiene la tarjeta de crédito Match Point o la tarjeta de crédito 123, contrata en este acto la tarjeta Macht Point."
De lo cual deduzco que si ya tienes la 123, ya te vale esa, pero si no la tienes, entonces te "encasquetan" la Match Point.
¿Es así o a alguno os han dejado contratar la 123 en lugar de la Match Point?
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Javiair
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recibos   Compartir Responder citando
A mi me dieron ayer viernes el contrato para que lo estudie y si estoy de acuerdo lo devuelva firmado el lunes.
El contrato es exactamente igual que el que se ha subido, pero parece que cada oficina puede "hacer la vista gorda" de algunas clausulas del contrato, por ejemplo, a mi solo me obligan dos tarjetas, la de débito y la 123, nada de match poin ni de 10 en 1, tambien me ha asegurado el director que puedo cancelar las tarjetas a los 13 meses que no ve van a combrar comisiones en la cuenta, por lo tanto mis cuentas son:

99 + 11 + 22 + 35 = 167 E.
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Csatelite
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recibos   Compartir Responder citando
VAMOS A VER, NO ES POR LIARLA, pero casi estaba convencido ya, de que la TV no habia que declararla a Hacienda........CUANDO..........

...me he encontrado con esta página: apmmadrid.com/info/jur... e06F64.htm , en la cual podreis leer una Sentencia de la Audiencia Nacional, en la que dicta que un seguro que una entidad bancaria concede a los clientes que domicilien su nómina, no puede calificarse como un rendimiento del capital mobiliario y por tanto no está sujeta a retención.

Hasta aquí ÉSTO coincidiría con vuestra VERSION (que conste que yo también quiero que esteis en lo cierto vosotros), pero.......

...si en nuestro caso la TV no debería estar sujeta tampoco a retención, entonces ¿¿¿¿¿¿POR QUÉ EN EL CONTRATO DE LA TV DE 32" FIGURA: "La entrega del TV LCD está sujeta al ingreso a cuenta que establece el art. 103 de RD 439/2007 por el que se aprueba el Reglamento de IRPF"???????????????????.

Es decir, segun la Audiencia Nacional, si lo que no puede calificarse como rendimiento del capital mobiliario no está sujeto a retención; ENTONCES si Banesto aplica retención a cuenta, en este caso por la TV, quiere decir ésto que si que lo considera rendimiento del capital mobliario, y por lo tanto DECLARABLE en la proxima campaña de RENTA.

Me extraña mucho que los servicios jurídicos y tributarios del banco se equivoquen en ésto y vayan a hacer unos ingresos a cuenta por algo que en teoría NO ESTARÍA SUJETO A RETENCIÓN. ¡¡menuda metedura de pata!!

Y sigo pensando que si en los contratos de la TV de 19" y en el del ordenador portatil, no ponía esta CONDICIÓN y ahora sí, será o bien porque estaban cometiendo un error y ahora lo subsanan, o bien porque hasta cierto valor no tiene que declararse y una vez superado éste entonces si existe obligación. NO LO SÉ, pero ahí os dejo la DUDA.

Saludos, ah y por cierto, a los que habeis hecho lo de la TV de 19" o lo del ordenador ¿el banco os ha dado algún papel diciendo que no se trata de rendimiento del capital mobiliario y SÍ de un regalo promocional, para poderlo justificar delante de Hacienda?
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Csatelite
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recibos   Compartir Responder citando
Bueno, aquí teneis un documento que definitivamente me ha sacado de dudas (aunque me genera otras que luego explicaré), se trata de una guia realizada por AFI (analistas financieros internacionales) para Caja Mediterráneo:

www.camempresas.com/CA... ion=488223

Es una guia sobre los diferentes productos financieros de las entidades bancarias y su tratamiento fiscal con la nueva Ley del IRPF. Leeros dentro del apartado 3.Casos especiales, punto 3.1.Regalos y premios recibidos por clientes (pag.13 del documento), lo que pone:

"Se califican de rendimientos de capital mobiliario cuando su entrega es consecuencia de la cesión de capitales y retribuye a los mismos, como puede ser un regalo por la suscripción de determinado producto financiero. Ejemplo: Un banco entrega una vajilla a los clientes que contraten determinado producto. Este tipo de rendimientos de capital mobiliario se integran en la base del ahorro que tributa a un tipo fijo del 18%.
Por el contrario los premios, es decir cuando no existe esa relación causa-efecto entre la imposición de capitales y la entrega del bien, por ejemplo, un sorteo entre los clientes o un premio por hacerse clientes o domiciliar una nómina, se califican de ganancias patrimoniales que no se consideran renta del ahorro y, por tanto, se han de integrar en la base general (junto con el resto de ganancias y pérdidas patrimoniales no procedentes de transmisiones patrimoniales)".

MI CONCLUSION: sigo manteniendo la primera idea que os expresé el día 10 en un mensaje mío: "Eso sería así (me refería a que pagaría al tipo fijo del 18%) siempre que se consideraran rendimientos del capital mobiliario, como es el caso de algunos depósitos bancarios. Pero en este caso me da la sensación de que está establecido segun recoge el Reglamento del Impuesto como un pago en especie o cesión/entrega de un bien por debajo de su valor, con lo cual se genera un incremento patrimonial, sujeto a retención y por lo tanto a gravamen segun tablas y no al tipo fijo del 18%, es decir, según el tipo marginal de cada uno"

Para mí está claro, se declara como ganacia patrimonial (luego intentaré aclararos las cuentas con Hacienda), AHORA VIENEN MIS DUDAS, pero si se declara como ganancia patrimonial ¿por qué el banco dice que está sujeto al ingreso a cuenta que establece el art. 103 del RD 439/2007 del Reglamento del IRPF, si el art. 103 se refiere a ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del CAPITAL MOBILIARIO?.
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Csatelite
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recibos   Compartir Responder citando
Bueno pues las cuentas a pagar a Hacienda quedarían de esta manera, primero aclarar que TODO EL MUNDO TENDRIA QUE PAGAR, excepto lo no obligados a presentar declaración:

-Como ingresos: uno de 718.80€ (599€+20%) (**) en concepto de la TV, más otro ingreso de 129.38€ correspondientes al pago del 18% (que te regala el banco a tí, con lo cual Hacienda también considera que es un ingreso a tu favor). TOTAL 848.18€

(**) Artículo 103. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del capital mobiliario. La cuantía del ingreso a cuenta que corresponda realizar por las retribuciones satisfechas en especie se calculará aplicando el porcentaje previsto en la sección II del capítulo II anterior al resultado de incrementar en un 20 % el valor de adquisición o coste para el pagador. La forma de calcular la renta a integrar en la base imponible, así como la base del ingreso a cuenta es el resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste para el pagador, según la normativa del Impuesto sobre el IRPF.

-Como retenciones a cuenta, precisamente esa cantidad de 129.38€ que realizó el banco.

Con estas cantidades tendras que ir a tu declaración e incluir los 848.18€ como ingresos y los 129.38€ como retenciones. El resultado a PAGAR (ya que SIEMPRE saldrá a pagar) será el de aplicar tu tipo MARGINAL (no confundir con el tipo medio ni con la retención de IRPF) de la declaración a los 848.18€ y al resultado restarle el ingreso efectuado de 129.38.

Los tipos marginales establecidos para la ultima declaracion de la renta del 2007 fueron:
-rentas hasta 17.360 euros deberán pagar un 24%
-rentas entre 17.360 y 32.360 euros pagarán un 28%
-rentas entre 32.360 y 52.360, un 37%
- y rentas por encima de 52.360 euros abonarán el 43%.

En mi caso, mi tipo marginal está en el 37%, por lo cual al incluir esos 848.18€ como ingresos, mi declaración se verá aumentada y deberé de pagar más (o en su caso me devolverán menos) por un importe de 848.18€ x 37% = 313.83€ - 129.38€ del ingreso a cuenta = NADA MÁS Y NADA MENOS QUE 184.45€.

Aparte de los consabidos gastos de 99 € de manipulación, cuotas tarjetas varias, comision de mantenimiento en su caso, etc.. Aún así puede compensar en algo la adquisición de la TV de esta manera, aunque su COSTE FINAL se acerca muchisimo al precio real en la calle. Sin olvidar también que te tienes que comprometer con el banco durante los próximos 30 meses.

SALUDOS"FISCALES" PARA TODOS/AS"
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Gonso
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recib   Compartir Responder citando
csatelite Escribio:


"Se califican de rendimientos de capital mobiliario cuando su entrega es consecuencia de la cesión de capitales y retribuye a los mismos, como puede ser un regalo por la suscripción de determinado producto financiero. Ejemplo: Un banco entrega una vajilla a los clientes que contraten determinado producto. Este tipo de rendimientos de capital mobiliario se integran en la base del ahorro que tributa a un tipo fijo del 18%.

Tu quieres que Hacienda se haga rica y no sabes como conseguirlo.

Con el ejemplo que pones se ve claro. un regalo por determinado producto = rendimiento de capital mobiliario => integrarlo en la base del ahorro (distinta de la base del trabajo) => se paga el tipo fijo del 18%. Ese 18% es el que Banesto ingresa a hacienda como concepto de retención en origen.

Conclusión. A la hora de hacer cuentas con hacienda. no hay que pagar ni un Euro mas.

Ahora, si sigues mirando normas y leyes, seguro que encuentras mas motivos para dudar, de esto y de cualquier otra cosa. Nos sobran leyes para defender cualquier cosa y la contraria.
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Envío Asunto: Re: Banesto - Regalo de Televisión 32" por Nomina y 3 Recibos   Compartir Responder citando
¿No será que Banesto se ha aliado con Hacienda para recaudar mucha pasta y que salvemos al país de la crisis?
¡¡¡Quedemonos la tele y salvemos el país!!!!

csatelite,no dudo de tu buena fé pero,relájate;sí,Hacienda es lo que és,"somos todos",pero como dice Gonso,una cosa es la retención del
capital (18%),y otro el tipo de gravamen personal en las demás castañas por las que hay que tributar;no creo que tenga que "tributar" por que me "den" una tele ó un regalito en cualquier banco,ya dicen que ellos me ingresan "la retención,que estan obligados a retenerme",son una empresa y yo un particular,o persona física como me denomina Hacienda.
Además,con no ponerlo,si no te pillán,ja,ja,ja....si es que hay algo que declarar,un saludo y Suerte.
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Perdón por reflotar el hilo.
Me ha dejado de funcionar la tele (no coge la señal de la antena)
¿Alguien ha tenido algún problema?
¿Dónde hay que llamar para enviarla al servicio técnico?
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