Foro de Fiscalidad de las Inversiones: En este foro se debatira sobre las repercusiones fiscales de las inversiones y se analizara el impacto de esta fiscalidad en la rentabilidad.
Hola,
como todos los años por estas fechas empezaran a llovernos ofertas de planes de pensiones y otros planes de previsión, todo ello con vistas a rebajar la factura fiscal.
Mi consejo, lo primero ver si tenemos RETENCIONES SUFICIENTES. Lo segundo y como mejor metodo de rebaja fiscal y a la vez para nuestro bolsillo, mejor que las ofertas que recibiremos de los bancos, es HACER AMORTIZACIONES PARCIALES AL PRESTAMO HIPOTECARIO, con ello obtienes dos ventajas, vas a deber menos y te van a devolver mas, un dos en uno.
Un saludo.
Hola Manu, no he entendido eso de que te van a devolver mas al hacer amortizaciones parciales. Si me doy cuenta de que debo menos pero lo otro se refiere a que se han amortizado la parte de los intereses??
Con respecto a los planes de pensiones, ¿que opinas de los PIAS?.
Hola,
te devuelven mas Hacienda, por el hecho de que si pagando las cuotas mensuales del prestamo hipotecario no llegas al limite legal de 9015 euros al año, con las AMORTIZACIONES que se suman a lo que pagas de cuota SI PUEDES LLEGAR, y por tanto lo que te van a devolver a la hora de la declaración de la renta es MAS.
Recordar que TODOS, TODOS, los gastos impuestos obligatoriamente por la entidad en cuanto al prestamo hipotecario son DEDUCIBLES, es decir se suman a la cuota del recibo, para el calculo de los 9015 euros.
Por ejemplo:
Cuota de la hipoteca al mes.................300 euros
Pagado al año en cuotas.....................3600euros.
Amortizacion parcial en el año de.........1000 euros.
Comision por cancelacion.....................100 euros.
Recibo del seguro vida vinculado a la hipoteca.......150 euros.
Recibo del seguro de hogar..................120 euros.
Aqui cabrian otros gastos impuestos, incluso correo.....5 euros.
Bueno de todos ellos en 2008 he pagado .......total 4.975 euros.
Por tanto a la hora de hacer la declaracion en junio de 2009, en el casillero de deduccion por vivienda habitual, pondre la cantidad de 4.975 euros, que a un 15% de deduccion me supondrán 746,25 euros de devolución a considerar en el resultado final de la declaracion.
Un saludo.
Hola,
respecto de los planes de pensiones, PIAS, u otros sistemas de previsión, en unos se desgrave antes y se pague despues, o en otros no desgraven y no paguen despues, .... de todos ellos opino:
1.-Prefiero yo mismo gestionarme mi jubilación.
2.- Son productos, que como se ha visto en esta crisis, son gestionados por IRRESPONSABLES, que no tienen ni .... IDEA, de darse cuenta que estan jugando con el dinero de gente que puede estar apunto de jubilarse, como los que les haya ocurrido a quienes se hayan jubilado este año, que habran visto menguados sus recursos un tanto por ciento demasiado elevado.
3.- Que aun teniendo dinero en dichos productos, te tienes que acabar tu preocupando de como van y de moverlos, sino quieres encima perder dinero. Encima de que son ellos los que cargar unas comisiones excesivas precisamente o supuestamente por darle rentabilidad a tus ahorros.
4.- Que es un dinero que ante una situación de apuro no te sirve pues no puedes recurrir a él.
5.- Que deberian mejorar la fiscalidad de estos productos si realmente quieren que la gente complemente la pension de la Seguridad Social.
6.- Que al fin y al cabo invierten en renta fija (como tu puedes hacerlo en depositos o tesoro publico), mixtos o en renta variable (como tu puedes comprar tus acciones). Que los que te aseguran una rentabilidad, al final o es bien escasa o no la mantienen como ya ha pasado con algunos mutualistas que han acabado en el juzgado.
En definitiva, NO SON PRODUCTOS ACONSEJABLES, solo interesan a las rentas muy altas y a quienes quieran utilizarlos para que en el momento de la herencia beneficiar a una persona en particular saltandose a los herederos legítimos o forzosos. No le veo mas utilidad de momento, a no ser que se efectuen cambios.
Un saludo.
No estoy muy seguro de que puedas incluir el gasto del Seguro del Hogar al estar vinculado a la Hipoteca.
En mi hipoteca, tengo una bonificación en el diferencial si contrato el Seguro del Hogar con el Seguro del Banco, No es exactamente una obligación sino una opcion para mejoral el Tipo de Interes.
En ambos casos, es la primera vez que veo que puedas incluir este gasto del Seguro como gasto Deducible.
Le preguntaré a la Gestoría. Por esa regla de tres también incluimos el gasto de mantenimiento de las Tarjetas Vinculadas, no?
No estoy muy seguro de que puedas incluir el gasto del Seguro del Hogar al estar vinculado a la Hipoteca.
En mi hipoteca, tengo una bonificación en el diferencial si contrato el Seguro del Hogar con el Seguro del Banco, No es exactamente una obligación sino una opcion para mejoral el Tipo de Interes.
En ambos casos, es la primera vez que veo que puedas incluir este gasto del Seguro como gasto Deducible.
Le preguntaré a la Gestoría. Por esa regla de tres también incluimos el gasto de mantenimiento de las Tarjetas Vinculadas, no?
Saludos
Buenas:
El seguro del hogar es deducible, yo lo pongo todos los años.
Con respecto a las PIAS o planes de pensiones pienso tambien como Manu, mejor me gestiono yo mismo mi jubilacion.
Y por ultimo, yo hice una amortizacion de capital de mas del doble de ese limite de 9015 euros, si soprepasas ese limite significa que no te devuelven o que aunque la aportacion es superior solo te devolveran sobre los 9015€??
Gracias.
No estoy muy seguro de que puedas incluir el gasto del Seguro del Hogar al estar vinculado a la Hipoteca.
En mi hipoteca, tengo una bonificación en el diferencial si contrato el Seguro del Hogar con el Seguro del Banco, No es exactamente una obligación sino una opcion para mejoral el Tipo de Interes.
En ambos casos, es la primera vez que veo que puedas incluir este gasto del Seguro como gasto Deducible.
Le preguntaré a la Gestoría. Por esa regla de tres también incluimos el gasto de mantenimiento de las Tarjetas Vinculadas, no?
Saludos
Buenas:
El seguro del hogar es deducible, yo lo pongo todos los años.
Con respecto a las PIAS o planes de pensiones pienso tambien como Manu, mejor me gestiono yo mismo mi jubilacion.
Y por ultimo, yo hice una amortizacion de capital de mas del doble de ese limite de 9015 euros, si soprepasas ese limite significa que no te devuelven o que aunque la aportacion es superior solo te devolveran sobre los 9015€??
Gracias.
Saludos.
hola. La base máxima de deducción es de 9.015,18€ incluidos todos los gastos; es decir, sólo nos podemos desgravar por 9015€, aunque sí podemos cancelar préstamo por más cantidad.
Si cancelamos más de los 9015€ por lo menos podemos reducir la cuota(o reducir el tiempo), dependiendo de las posibilidades de cada uno.
saludos
Hola, mito,
respecto de la pregunta que realizas la respuesta es la ultima que tu mismo das, osea que solo te devuelven sobre el tope maximo de 9015 euros, aunque incluso las cuotas que pages te suponga superior a eso, hasta esa cantidad, pero claro puede haber gente que aun con las cuotas no llegue a esa cifra por lo que una forma de aprovechar el tope maximo es con las amortizaciones, ademas de que te estarias quitando deuda.
No obstante los 9015 euros de tope son en declaraciones conjuntas o individuales de una unica persona, pero en el caso de un matrimonio, cuya vivienda habitual se encuentra a nombre de ambos al igual que el prestamo, o si no se encuentra a nombre de los dos, pero si estan en gananciales,...., en este caso, si cada uno de los componentes realizara DECLARACION INDIVIDUAL, entonces serian 18.030 euros de tope maximo, porque se te permite 9015 euros por cada declaracion individual, pero lo conveniente seria realizar calculos, pues habria que tener en cuenta que ambos trabajarais y tuvierais las retenciones suficientes.
Un saludo.
Página 1 de 1 - Tema con 8 Mensajes y 15545 Lecturas - Última modificación: 29/11/2008
RSS
Puede publicar nuevos temas en este foro No puede responder a temas en este foro No puede editar sus mensajes en este foro No puede borrar sus mensajes en este foro No puede votar en encuestas en este foro No Puedes adjuntar archivos en este foro Tu no puedes descargar archivos en este foro
No nos hacemos responsables de las opiniones aqui vertidas por los usuarios, ni de su veracidad ni de su intención. Aviso Legal
Todos los logos y contenidos de este Portal son propiedad de Ofertas Bancarias o de sus respectivas marcas. Queda prohibida su reproducción sin previa petición de permiso.
No somos responsables de la veracidad de la información. Toda la información contenida en nuestro portal se brinda sin ninguna garantia de autenticidad.