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Hola,
tienes que mirarte en la escritura del prestamo hipotecario, no de la vivienda sino la del prestamo hipotecario, que comision por cancelación PARCIAL Y TOTAL tienes escriturada, y si parece ser que la cancelación por ley se limita a un 1%, salvo que no tengas otra cosa escriturada que te favorezca.
Primer punto. No es lo mismo cancelación parcial que total, entiendo que tu quieres realizar una cancelación TOTAL, y que por ello pretenden cobrarte un 1%, por lo que deberias verte si a lo mejor por cancelación PARCIAL no te cobran nada, o no te cobran nada hasta cierto minimo y como maximo el total de la deuda.
De ser así, realiza CANCELACIONES PARCIALES A COSTE O, y deja un minimo muy minimo para una CANCELACION TOTAL a coste 1%, con ellos has rebajado el importe de la comision.
Punto dos. Los gastos te suponga la comision de cancelación te pretendan cobrar se entienden como parte de lo pagado durante el año a la hora de la desgravación fiscal en la Declaración de la Renta, no olvides incluirlo para desgravarte un 15%.
Un saludo.
Bueno, pues lo tienes claro, el 1%, aun con eso ten en cuenta que le restas capital a un 1% a las letras, que es interesante, aunque no lo ideal, que seria sin esa comisión pero es mejor que dejar correr el prestamo.
Un saludo.
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