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Bueno, tras firmar la subrogación ahora las dudas que me quedan por preguntar aquí ya son referente al tema de las tarjetas. Tengo dos: la tarjeta hipotecaria y la visa classic. Empecemos por la tarjeta hipotecaria.
En primer lugar quiero que me aclaréis la forma de pago. En internet solamente me deja poner una cuota fija (que va desde 30€, que es la que tengo actualmente, hasta 300€), pero yo lo que quiero es pagar a fin de mes todo lo cargado con la tarjeta, ¿cómo puedo hacerlo? y por cierto, la cuota fija que tengo de 30€, ¿se supone que tengo que pagarlos aunque ese mes no use la tarjeta?
Os pongo un ejemplo práctico: si pago con la tarjeta hipotecaria una compra de 300€ el 20 de marzo, ¿cuándo me la cobrarían, el 1 de abril o el 1 de mayo? Lo que yo tengo entendido es que de los primeros 300€ te los cobran a final de mes y lo que te pases de esos 300€ te los cobran a final del mes siguiente y que solamente te dan el 5% de los primeros 300€, es así?
Luego tengo la visa classic. Aquí me ofrecen cuatro formas de pago: pago aplazado (con un porcentaje que va desde el 10% al 50%, cuota fija que va desde 30 a 600€, pago inmediato y pago mensual fin de mes). Yo tengo el pago mensual a fin de mes, eso significa que todas las compras que realice el mes de marzo me las cobran el 1 de abril, no? ¿qué significa exactamente lo del pago aplazado al 50%?
En fin, ya se que son muchas preguntas, pero es que jamás he usado una tarjeta de crédito y soy un mar de dudas.
Saludos
Bueno, tras firmar la subrogación ahora las dudas que me quedan por preguntar aquí ya son referente al tema de las tarjetas. Tengo dos: la tarjeta hipotecaria y la visa classic. Empecemos por la tarjeta hipotecaria.
En primer lugar quiero que me aclaréis la forma de pago. En internet solamente me deja poner una cuota fija (que va desde 30€, que es la que tengo actualmente, hasta 300€), pero yo lo que quiero es pagar a fin de mes todo lo cargado con la tarjeta, ¿cómo puedo hacerlo? y por cierto, la cuota fija que tengo de 30€, ¿se supone que tengo que pagarlos aunque ese mes no use la tarjeta?
Os pongo un ejemplo práctico: si pago con la tarjeta hipotecaria una compra de 300€ el 20 de marzo, ¿cuándo me la cobrarían, el 1 de abril o el 1 de mayo? Lo que yo tengo entendido es que de los primeros 300€ te los cobran a final de mes y lo que te pases de esos 300€ te los cobran a final del mes siguiente y que solamente te dan el 5% de los primeros 300€, es así?
Luego tengo la visa classic. Aquí me ofrecen cuatro formas de pago: pago aplazado (con un porcentaje que va desde el 10% al 50%, cuota fija que va desde 30 a 600€, pago inmediato y pago mensual fin de mes). Yo tengo el pago mensual a fin de mes, eso significa que todas las compras que realice el mes de marzo me las cobran el 1 de abril, no? ¿qué significa exactamente lo del pago aplazado al 50%?
En fin, ya se que son muchas preguntas, pero es que jamás he usado una tarjeta de crédito y soy un mar de dudas.
Saludos
Hola antoni,
Yo creo que la tarjeta hipotecaria de ibanesto es igual que la tarjeta 10 en 1 de BANESTO. Lo que hace la gente que tiene la 10 en 1 es poner la cuota mensual de 300€, no pasar de esos 300€ al mes y comprar, dentro de lo posible, a fin de mes y únicamente en los comercios dónde te hacen el descuento. Siguiendo esta táctica optimizas el rendimiento de la tarjeta.
¿Podrías postear las condiciones exactas de la tarjeta hipotecaria? Así podríamos comparar con la 10 en 1 y tener una mejor referencia...
La nomina, te obligan a domiciliarla??? en caso de domiciliarla, es posible acceder a ofertas que tiene banesto??? portatil, tv...
Escritura de capitulaciones matrimoniales: me piden esta escritura en caso de que mi regimen sea diferente al matrimonial , cosa que en Catalunya lo es. El otro día fui a informarme al juez de paz y me comentó que al comprarme el piso cuando aún no me habia casado con mi pareja, no tenia porque presentar ninguna escritura dado que esa compra al no estar casados cuenta como ganancial(50%), ¿como lo veis? y para que querran esta hoja si jamás me la pidieron en cualquier otro banco?
Bueno, tras firmar la subrogación ahora las dudas que me quedan por preguntar aquí ya son referente al tema de las tarjetas. Tengo dos: la tarjeta hipotecaria y la visa classic. Empecemos por la tarjeta hipotecaria.
En primer lugar quiero que me aclaréis la forma de pago. En internet solamente me deja poner una cuota fija (que va desde 30€, que es la que tengo actualmente, hasta 300€), pero yo lo que quiero es pagar a fin de mes todo lo cargado con la tarjeta, ¿cómo puedo hacerlo? y por cierto, la cuota fija que tengo de 30€, ¿se supone que tengo que pagarlos aunque ese mes no use la tarjeta?
Os pongo un ejemplo práctico: si pago con la tarjeta hipotecaria una compra de 300€ el 20 de marzo, ¿cuándo me la cobrarían, el 1 de abril o el 1 de mayo? Lo que yo tengo entendido es que de los primeros 300€ te los cobran a final de mes y lo que te pases de esos 300€ te los cobran a final del mes siguiente y que solamente te dan el 5% de los primeros 300€, es así?
Luego tengo la visa classic. Aquí me ofrecen cuatro formas de pago: pago aplazado (con un porcentaje que va desde el 10% al 50%, cuota fija que va desde 30 a 600€, pago inmediato y pago mensual fin de mes). Yo tengo el pago mensual a fin de mes, eso significa que todas las compras que realice el mes de marzo me las cobran el 1 de abril, no? ¿qué significa exactamente lo del pago aplazado al 50%?
En fin, ya se que son muchas preguntas, pero es que jamás he usado una tarjeta de crédito y soy un mar de dudas.
Saludos
Hola antoni,
Yo creo que la tarjeta hipotecaria de ibanesto es igual que la tarjeta 10 en 1 de BANESTO. Lo que hace la gente que tiene la 10 en 1 es poner la cuota mensual de 300€, no pasar de esos 300€ al mes y comprar, dentro de lo posible, a fin de mes y únicamente en los comercios dónde te hacen el descuento. Siguiendo esta táctica optimizas el rendimiento de la tarjeta.
¿Podrías postear las condiciones exactas de la tarjeta hipotecaria? Así podríamos comparar con la 10 en 1 y tener una mejor referencia...
Salu2!
Exacto, la tarjeta hipotecaria es la diez en uno.
Ya me ha quedado claro lo de poner la cuota mensual a 300€. Pero si por ejemplo un mes hago una compra de 700€, los 400€ que sobran cuándo me los cobrarían y qué comisiones me cobrarían?
Saludos
Pues yo he comenzado a perder la esperanza.
Llamé a ibanesto en Diciembre, les di mis datos en Enero, les envíe la documentación a final de Enero.
Ayer me llegó un correo diciendome "Nos complace darle la bienvenida a Ibanesto.com.
Su operación de subrogación hipotecaria se encuentra en Situación de Pre-aceptada"
Ahora tienene que tasar ect.....
Pido 140000 € lo que em queda pendiente no amplio nada.
Llevo 3 años y pico pagando
La tasacción hace 3 años fue de 180000
Ingresos netos medios en casa entre 2300 y 3000.
Y creo que van a decir que no. Leyendo vuestros casos.
Bueno, tras firmar la subrogación ahora las dudas que me quedan por preguntar aquí ya son referente al tema de las tarjetas. Tengo dos: la tarjeta hipotecaria y la visa classic. Empecemos por la tarjeta hipotecaria.
En primer lugar quiero que me aclaréis la forma de pago. En internet solamente me deja poner una cuota fija (que va desde 30€, que es la que tengo actualmente, hasta 300€), pero yo lo que quiero es pagar a fin de mes todo lo cargado con la tarjeta, ¿cómo puedo hacerlo? y por cierto, la cuota fija que tengo de 30€, ¿se supone que tengo que pagarlos aunque ese mes no use la tarjeta?
Os pongo un ejemplo práctico: si pago con la tarjeta hipotecaria una compra de 300€ el 20 de marzo, ¿cuándo me la cobrarían, el 1 de abril o el 1 de mayo? Lo que yo tengo entendido es que de los primeros 300€ te los cobran a final de mes y lo que te pases de esos 300€ te los cobran a final del mes siguiente y que solamente te dan el 5% de los primeros 300€, es así?
Luego tengo la visa classic. Aquí me ofrecen cuatro formas de pago: pago aplazado (con un porcentaje que va desde el 10% al 50%, cuota fija que va desde 30 a 600€, pago inmediato y pago mensual fin de mes). Yo tengo el pago mensual a fin de mes, eso significa que todas las compras que realice el mes de marzo me las cobran el 1 de abril, no? ¿qué significa exactamente lo del pago aplazado al 50%?
En fin, ya se que son muchas preguntas, pero es que jamás he usado una tarjeta de crédito y soy un mar de dudas.
Saludos
Hola antoni,
Yo creo que la tarjeta hipotecaria de ibanesto es igual que la tarjeta 10 en 1 de BANESTO. Lo que hace la gente que tiene la 10 en 1 es poner la cuota mensual de 300€, no pasar de esos 300€ al mes y comprar, dentro de lo posible, a fin de mes y únicamente en los comercios dónde te hacen el descuento. Siguiendo esta táctica optimizas el rendimiento de la tarjeta.
¿Podrías postear las condiciones exactas de la tarjeta hipotecaria? Así podríamos comparar con la 10 en 1 y tener una mejor referencia...
Salu2!
Exacto, la tarjeta hipotecaria es la diez en uno.
Ya me ha quedado claro lo de poner la cuota mensual a 300€. Pero si por ejemplo un mes hago una compra de 700€, los 400€ que sobran cuándo me los cobrarían y qué comisiones me cobrarían?
Saludos
Por lo que he leido de la 10 en 1, te cobrar un 1% mensual o lo que es lo mismo, un 12% anual.
Pásate por el subforo de tarjetas y leete el hilo de la 10 en 1.
Bueno, pues hace un rato he hablado con mi tutora y me ha dicho que uno-e no ha movido ficha, así que hemos quedado para firmar el martes que viene, día 24.
Total, que todo el proceso, desde la primera llamada hasta la firma, va a durar MES Y MEDIO.
Perdonad,pero estoy en proceso con ibanesto.Tengo una pregunta:ya tengo pagado el seguro de hogar anual con la hipoteca de cajasur(un seguro de hogar obligado con ellos).¿tengo que pagar el de ibanesto si me voy con ellos al cancelar el prestamo o sigo con el mio hasta enero 2010,que me caduca¿.¿si sigo con el mio puedo cancelar mi cuenta en cajasur o tengo que mantenerla hasta enero?Es por el tema de comisiones,tc..
Saludos
Perdonad,pero estoy en proceso con ibanesto.Tengo una pregunta:ya tengo pagado el seguro de hogar anual con la hipoteca de cajasur(un seguro de hogar obligado con ellos).¿tengo que pagar el de ibanesto si me voy con ellos al cancelar el prestamo o sigo con el mio hasta enero 2010,que me caduca¿.¿si sigo con el mio puedo cancelar mi cuenta en cajasur o tengo que mantenerla hasta enero?Es por el tema de comisiones,tc..
Saludos
Ibanesto te permite mantener tu seguro actual hasta la renovación, que será cuando tengas que contratarlo con ellos. Basta con que en tu seguro actual incluyas una cesión de derechos a favor de ibanesto.
Bueno, tras firmar la subrogación ahora las dudas que me quedan por preguntar aquí ya son referente al tema de las tarjetas. Tengo dos: la tarjeta hipotecaria y la visa classic. Empecemos por la tarjeta hipotecaria.
En primer lugar quiero que me aclaréis la forma de pago. En internet solamente me deja poner una cuota fija (que va desde 30€, que es la que tengo actualmente, hasta 300€), pero yo lo que quiero es pagar a fin de mes todo lo cargado con la tarjeta, ¿cómo puedo hacerlo? y por cierto, la cuota fija que tengo de 30€, ¿se supone que tengo que pagarlos aunque ese mes no use la tarjeta?
Os pongo un ejemplo práctico: si pago con la tarjeta hipotecaria una compra de 300€ el 20 de marzo, ¿cuándo me la cobrarían, el 1 de abril o el 1 de mayo? Lo que yo tengo entendido es que de los primeros 300€ te los cobran a final de mes y lo que te pases de esos 300€ te los cobran a final del mes siguiente y que solamente te dan el 5% de los primeros 300€, es así?
Luego tengo la visa classic. Aquí me ofrecen cuatro formas de pago: pago aplazado (con un porcentaje que va desde el 10% al 50%, cuota fija que va desde 30 a 600€, pago inmediato y pago mensual fin de mes). Yo tengo el pago mensual a fin de mes, eso significa que todas las compras que realice el mes de marzo me las cobran el 1 de abril, no? ¿qué significa exactamente lo del pago aplazado al 50%?
En fin, ya se que son muchas preguntas, pero es que jamás he usado una tarjeta de crédito y soy un mar de dudas.
Saludos
Hola Antoni, yo estoy más o menos como tú:
- La cuota fija es que lo máximo que puedes pagar a fin de mes. Si es 30€ y tú compras por valor de 15€, te cobran 15€ al final del mes siguiente. Si compras por valor de 40€, te cobran 30€ y el mes siguiente los 15€ restantes con intereses. La historia está en colocar el máximo (300€), así que ya sabes cuánto puedes gastar cada mes.
- En cuanto a la de crédito es como explicas, y lo del pago aplazado, pues creo que ese mes solo con 50%, y al otro, el otro 50%
Perdonad,pero estoy en proceso con ibanesto.Tengo una pregunta:ya tengo pagado el seguro de hogar anual con la hipoteca de cajasur(un seguro de hogar obligado con ellos).¿tengo que pagar el de ibanesto si me voy con ellos al cancelar el prestamo o sigo con el mio hasta enero 2010,que me caduca¿.¿si sigo con el mio puedo cancelar mi cuenta en cajasur o tengo que mantenerla hasta enero?Es por el tema de comisiones,tc..
Saludos
Ibanesto te permite mantener tu seguro actual hasta la renovación, que será cuando tengas que contratarlo con ellos. Basta con que en tu seguro actual incluyas una cesión de derechos a favor de ibanesto.
Salu2!
Gracias Juanka y felicidades!
Lo que pasa es que mi seguro de hogar con cajasur(es de ellos mismo,no es de otra compañia) es vinculante con el prestamo,me quitan 0,20 de bonificación en el euribor(ya sabras lo de la hipoteca ligera,euribor +1 -0,60 (nomina,seg. Hogar y gasto con Visa).Asi que supongo que al cancelar el prestamo con ellos,el seguro desaparecerá,creo.No se..Ahi esta ahora mi duda,y ni me apetece pagar otro este año ni tener la cuenta abierta en cajasur mas de dos meses después de irme a ibanesto por las supuestas comisiones ue me clavarian...
Saludos!
Otra duda, si al final me aprueban la subrogación, y mi caja no se enerva, ¿estaría obligado a hacer la hipoteca con ibanesto? Lo digo porque a lo mejor mi caja se pone en contacto conmigo y me dice de hacer par de cosillas a mi favor pero sin bajar el diferencial (por lo que no igualaría la oferta) pero que me favorecen por otro lado, ¿podría decirle a ibanesto que no, con todos los gastos que han hecho? ¿Podrían reclamarme algo?
Pregunta: ¿techo al 5.95 o 2000€ de ahorro en un año?
¿Por qué la gente no quiere hacerse un seguro de vida? Joder, nunca se sabe, vas a dejar a tu mujer e hijos pagando (si pueden) si te pasa algo???
Neo que tal?? Sigues igual que yo no?? Y otra vez me han llamado esta mañana para decirme que no me preocupe que lo que pasa es que están muy liados y aún no les han dicho nada. Pues a otros que empezaron como yo ya saben lo que pasa, no entiendo.
Hola.
Dos cuestiones:
- ¿Recomendáis la hipoteca de Ibanesto?
- ¿Sabéis si una vez firmada la oferta vinculante hay marcha atrás?
Totalmente recomendable.
Yo, hace como 4 años, ya delante del notario para firmar las escrituras, no firmé porque no estaba conforme con una de las cláusulas y no tuve ningún problema con ello.
Hola Antonio,
No se nada nuevo, desde el día 11 de febrero que hablé con mi gestor y todo OK que lo remitía a la unidad formalizadora, no he sabido nada más de gestores, ni tutores, ni nada de nada
El jueves 5 llamé a la U.Formalizadora para preguntar y el 9 me contestaron que estaba todo siguiendo su curso, pero no me informaron de nada.
Espero que la semana que viene se acuerden de nosotros ¿no Antonio?
Mira el caso de juanka, lo meteórico que ha sido, igual tenemos suerte.
Según la ley, si en el plazo de SIETE DIAS NATURALES uno-e no ha remitido a ibanesto un certificado de deuda pendiente, pierde su derecho a enervar la subrogación, por lo que parece que me he librado de ellos.
Esto no es exactamente así. Se establece por ley que el banco al que se le prsenta una subrogación, ha de entregar al banco que la presenta un certificado de deuda pendiente. Esto no es así en muchísimos casos. Por desidia, desconocimiento o el motivo que sea, muchas veces ese certificado no se presenta.
La subrogación sigue su curso aunque no se presente ese certificado, porque el banco que se quiere llevar la hipoteca, calcula exactamente la deuda pendiente con los datos que tenemos de las hipoteca en cuestión.
Trabajo en un banco, hemos tramitado subrogaciones, y nos han llegado subrogaciones, hemos enervado, hemos no enervado, etc...
La ley es tan difusa que hace que las entidades se aprovechen del vacío legal y de la manga ancha
Yo firmé la subrogación el 9 de marzo, y la verdad es que todo ha ido sin problemas. Además, me han dejado las manos libres con el seguro de hogar y lo puedo contratar con quien quiera. La duda que tengo es, ¿por qué cantidad de dinero tengo que contratar el seguro de hogar?¿por el valor de tasación?¿por el capital pendiente de amortizar?¿por el valor de seguro que ponga la tasación?¿por el que me dé a mí la gana?
Saludos
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