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La nueva reforma hipotecaria cambia el eje del sistema en el ámbito de la subrogación hipotecaria de acreedores.
· El cliente de la entidad A acude a un segundo banco (B) para mejorar sus condiciones hipotecarias. Al igual que con la anterior normativa, se mantiene un plazo de 15 días naturales durante el cual el deudor no podrá, aunque quiera, trasladar su hipoteca a B (subrogación).
· Sin embargo, el cambio consiste en que, durante dicho plazo, la entidad A, sin ni siquiera tener que negociar directamente con su cliente, podrá notificar notarialmente que iguala la oferta de B o, incluso, la mejora.
· La mera igualación de la oferta de B permite a la entidad A retener a su cliente obligatoriamente por ley, a pesar de que mantenga la intención de subrogar su hipoteca con B. Así, la norma no admite que el deudor pueda cambiarse de entidad, y no sólo con el objetivo de ver mejoradas sus condiciones financieras, ya que el cliente puede estar interesado en cambiar de banco por múltiples razones: descontento con el servicio, mala relación personal con el director de su sucursal, productos financieros más atractivos, ubicación de la entidad crediticia, etc.
· Al no poder subrogarse, el cliente deberá solicitar una nueva hipoteca con B y cancelar la antigua con A, con unos costes superiores a la subrogación.
Como veo que explicáis la reforma hipotecaria os comento mi caso por si me podéis ayudar...
Tengo una subrogacion a la hipoteca del promotor firmada el 27 de abril de 2007. Después, en la misma fecha, hice una novacion privada con el banco en la que se modificaba capital, diferencial, establecia suelo y techo, y comisión por novacion del 1%.
Al estar firmada el 27 de abril ¿Que comisión por cancelación total me pueden aplicar lo que marca la escritura? ¿Y por subrogacion, lo que marca la escritura o 0,5?
Quiero cambiar de banco por suelo y techo.
Gracias
Bueno...pues a mi me puede venir bien....
Un banco con el que no hace mucho empecé a trabajar quiere "quitar" mi hipoteca al banco del cual soy cliente habitual (bueno...hipoteca + plan de pensiones+ productos, jaja, todo va en el lote)...el caso es que yo sólo puedo abandonar mi banco si el primero me "seduce", pero claro....si el de toda la vida se pone a su nivel....dequetecagas, no?: me quedo con mi banco de siempre y a mejores condiciones hipotecarias
Corregidme si me equivoco
Gracias
Página 1 de 1 - Tema con 4 Mensajes y 7592 Lecturas - Última modificación: 27/03/2009
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