Foro de Fiscalidad de las Inversiones: En este foro se debatira sobre las repercusiones fiscales de las inversiones y se analizara el impacto de esta fiscalidad en la rentabilidad.
Si he cambiado de cuenta vivienda este año que tendria que poner en la declaración? el numero de cuenta nuevo y la fecha de la nueva o el numero de la nueva y la fecha de la vieja?
Y otra cosa,a mi se me cumple el plazo el año 2010 de cuatro años y no se si en ese año también se a alargado dos años mas el plazo o no alguien lo sabe?
Si he cambiado de cuenta vivienda este año que tendria que poner en la declaración? el numero de cuenta nuevo y la fecha de la nueva o el numero de la nueva y la fecha de la vieja?
Y otra cosa,a mi se me cumple el plazo el año 2010 de cuatro años y no se si en ese año también se a alargado dos años mas el plazo o no alguien lo sabe?
Yo también he cambiado de banco la cuenta vivienda. En la declaración hay que poner el nº de la cuenta nueva, pero en antiguedad se mantiene la de la primera que se abrió para controlar el plazo de 4 años.
Lo de los 2 años mas sin obligación a comprar vivienda, yo creo que era como fecha limite 2010, y como la ley salio en 2008 por eso se dijo que eran 2 años mas. Pero la mia por ejemplo cumplirá en 2009, así que cuento con que tendré 1 año mas de margen. A no ser que a final de año digan otra cosa.
Supongamos que mi base imponible del año 2010 es de 9000 EUR. Haciendo la declaración tal cual me saldria que tengo que pagar de IRPF 800 EUR aprox, los cuales ya he ido pagando con las retenciones de la nomina de la empresa en la que trabajo, por lo que el diferencial en la declaración me sale a 0 EUR.
Entiendo que si hago una cuenta vivienda de 6000 EUR me permite desgravarme unos 800 EUR del IRPF por lo que el diferencial de la declaración me saldra -800 EUR y hacienda me devolvera dicho dinero.
Podria entonces abrir una cuenta vivienda de 9000 EUR, desgravandome los 1300 EUR aunque mi cantidad de IRPF sea 800 EUR?? Es decir, puedo desgravarme por la cuenta vivienda mas cantidad de la que tengo que pagar??
Supongamos que mi base imponible del año 2010 es de 9000 EUR. Haciendo la declaración tal cual me saldria que tengo que pagar de IRPF 800 EUR aprox, los cuales ya he ido pagando con las retenciones de la nomina de la empresa en la que trabajo, por lo que el diferencial en la declaración me sale a 0 EUR.
Entiendo que si hago una cuenta vivienda de 6000 EUR me permite desgravarme unos 800 EUR del IRPF por lo que el diferencial de la declaración me saldra -800 EUR y hacienda me devolvera dicho dinero.
Podria entonces abrir una cuenta vivienda de 9000 EUR, desgravandome los 1300 EUR aunque mi cantidad de IRPF sea 800 EUR?? Es decir, puedo desgravarme por la cuenta vivienda mas cantidad de la que tengo que pagar??
No.
Al hacer la declaración, lo máximo que te puede salir es que tendrías que haber pagado 0 y que, por lo tanto, te devuelvan todo lo que has ido pagando.
Nunca te puede salir a devolver mas de lo que has pagado, por muchas deducciones y desgravaciones que tengas.
Tengo otra pregunta. Supongamos que me abro una cuenta vivienda, dentro de cuatro años me compro una casa con usando dicho dinero, pero no la habito xq vivo con mi novia en su casa. Tengo entendido que no podria alquilarla. Pero podria:
1) Empadronarme allí, dar alta de luz, agua y alquilarla de forma estacional (fines de semana, días sueltos) a traves de webs como booking, loquo, idealista, etc... ? Ya que cuando yo he alquilado apartamentos a traves de estos sitios no he firmado ningun contrato de alquiler.
2) Empadronarme allí, dar alta de luz, agua y alquilarla de forma normal (con contrato)?
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