Foro de Planes de Pensiones: Foro dedicado a las Promociones, Ofertas y Noticias relacionadas con los Fondos de Pensiones. Los Regalos que nos ofrecen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades por abrir o traer nuestros Planes de Jubilación.
Este foro tendrá mucha mas vida cuando se acerquen las Navidades.
Hola, es mi primer post en el foro, he estado leyendo pero no he encontrado exactamente lo que buscaba así que os explico:
Mi madre se abrió un plan de pensiones en 1996 y fue haciendo las aportaciones mensuales que pudo, con la crisis este plan dejó de dar beneficios pero en el banco son tan listos que no la comunicaron que podía haberlo rescatado al cumplir los 60 ya que no ha cotizado 15 años y no tiene derecho a pension por jubiliación.
Al grano, mi madre tiene 15200€ y le ofrecen la posibilidad de rescatarlo todo de forma íntegra, mixta o por mensualidades ( eso otra que en la oficina siempre le dieron la opción de la renta vitalicia hasta el momento que lo ha querido retirar que dicen que ya no existe esa opción... )
He leido lo de la reducción del 40% pero no tengo claro que porcentaje se queda hacienda si cobra sus 15200€ entonces...
...la pregunta es la siguiente: Cual sería la mejor opción para mi madre ?? Si lo quiere cobrar todo cuanto se queda hacienda ?
Y otra cosa que igual es absurdo, mi madre ha cotizado 13 años ( en verdad ha trabajado mas de 30 años pero como antiguamente trabajaban sin contrato pues mira ) se podrían utilizar los cobros mensuales del rescate del plan de pensiones para cotizar los dos años que le faltan par tener derecho a la prestación por jubilación ???
Al grano, mi madre tiene 15200€ y le ofrecen la posibilidad de rescatarlo todo de forma íntegra, mixta o por mensualidades ( eso otra que en la oficina siempre le dieron la opción de la renta vitalicia hasta el momento que lo ha querido retirar que dicen que ya no existe esa opción... )
He leido lo de la reducción del 40% pero no tengo claro que porcentaje se queda hacienda si cobra sus 15200€ entonces...
...la pregunta es la siguiente: Cual sería la mejor opción para mi madre ?? Si lo quiere cobrar todo cuanto se queda hacienda ?
Saludos!
Respecto a la primera parte de tu pregunta, lo que cóbre de la recuperación se trata a efectos del IRPF como rendimiento del trabajo. Depende del resto de sus ingresos lo grabaran con un tipo u otro (desde 0% hasta el 43% creo).
La diferencia es que si lo cobra todo de una vez, tendra que declarar como ingresos solo el 60% de lo que le den ( en su caso 60% de 15.200) y solo tendra que pagar impuesto por esa cantidad y no por el total.
Respecto a la segunda pregunta mi ignorancia es absoluta, lo siento.
es que no se cual de esas es la mejor opción, mi madre querría cobrarlo todo junto pero que porcentaje le quita hacienda ?? ella no tiene otros ingresos, solo los 870€ que le han quedado de jubilicación a mi padre y tampoco se deducen nada porqueya no tiene hipoteca.
Ella ingresó 3200 desde 2006 hata agosto de 2009 o sea: 3200€
y desde 1996 unos 12000€ que quitandoles el 40% ese exento se quedan en 7200€
Entiendo que mi madre dbería declarar 7200 + 3200 = 10400€ , no ?
Si decide cobrarlo de golpe, tiene que declararlo como ganancia patrimonial y pagar el 18% del total ? o sea 1872 € para hacienda ???
y digo yo... si lo pide en 24 mensualidades de 630€ no se pueden declarar como tributos de trabajo o algo así y como no llega al mínimo no está obligada a hacer al declaración ??
Y otra cosa que igual es absurdo, mi madre ha cotizado 13 años ( en verdad ha trabajado mas de 30 años pero como antiguamente trabajaban sin contrato pues mira ) se podrían utilizar los cobros mensuales del rescate del plan de pensiones para cotizar los dos años que le faltan par tener derecho a la prestación por jubilación ???
Muchas gracias por vuestras respuestas!
Saludos!
hola,actualmente, los requisitos generales para acceder a la pensión de jubilación son(pensiones contributivas):
- estar afiliado y en alta en la seguridad social o estar cobrando la prestación de desempleo, estando como demandante de empleo.
- tener 65 años cumplidos y un período mínimo de cotización de 15 años, de los cuales dos deberán estar comprendidos en los últimos 15 anteriores a la jubilación.
- tambíen cuando se tengan cumplidos los 65, y no estando de alta, se demuestren 15 años de cotización(periodo mínimo)
Luego hay otras situaciones extraordinarias, pendientes de aprobación por la autoridad competente.
Lo que si podría hacer es intentar trabajar 2 años más para llegar a los 15 cotizados, y que la pensión sea más alta.
saludos
es que no se cual de esas es la mejor opción, mi madre querría cobrarlo todo junto pero que porcentaje le quita hacienda ?? ella no tiene otros ingresos, solo los 870€ que le han quedado de jubilicación a mi padre y tampoco se deducen nada porqueya no tiene hipoteca.
Ella ingresó 3200 desde 2006 hata agosto de 2009 o sea: 3200€
y desde 1996 unos 12000€ que quitandoles el 40% ese exento se quedan en 7200€
Entiendo que mi madre dbería declarar 7200 + 3200 = 10400€ , no ?
Si decide cobrarlo de golpe, tiene que declararlo como ganancia patrimonial y pagar el 18% del total ? o sea 1872 € para hacienda ???
y digo yo... si lo pide en 24 mensualidades de 630€ no se pueden declarar como tributos de trabajo o algo así y como no llega al mínimo no está obligada a hacer al declaración ??
En ningún caso lo tiene que declarar como ganancia patrimonial, siempre lo va a declarar como tributos del trabajo.
La única diferencia es que si lo cobra todo de una vez tiene la deducción del 40% y si lo cobra en 24 mensualidades no se puede deducir nada.
Por lo que cuentas de su caso, casi seguro que le interesa mas cobrarlo de una vez.
es que no se cual de esas es la mejor opción, mi madre querría cobrarlo todo junto pero que porcentaje le quita hacienda ?? ella no tiene otros ingresos, solo los 870€ que le han quedado de jubilicación a mi padre y tampoco se deducen nada porqueya no tiene hipoteca.
Ella ingresó 3200 desde 2006 hata agosto de 2009 o sea: 3200€
y desde 1996 unos 12000€ que quitandoles el 40% ese exento se quedan en 7200€
Entiendo que mi madre dbería declarar 7200 + 3200 = 10400€ , no ?
Si decide cobrarlo de golpe, tiene que declararlo como ganancia patrimonial y pagar el 18% del total ? o sea 1872 € para hacienda ???
y digo yo... si lo pide en 24 mensualidades de 630€ no se pueden declarar como tributos de trabajo o algo así y como no llega al mínimo no está obligada a hacer al declaración ??
En ningún caso lo tiene que declarar como ganancia patrimonial, siempre lo va a declarar como tributos del trabajo.
La única diferencia es que si lo cobra todo de una vez tiene la deducción del 40% y si lo cobra en 24 mensualidades no se puede deducir nada.
Por lo que cuentas de su caso, casi seguro que le interesa mas cobrarlo de una vez.
Buenas Noches a todos:
Sabeis si han comenzado las promociones bonificadas para los traspasos de planes de pension?
Le conviene rescatarlo todo, y como se considera un rendimiento de trabajo no tendría que pagar nada debido a la cantidad. En cuanto a los 2 años que le faltan de cotizaciones para acceder a la jubilación, puede establecer un convenio con la Seguridad Social y cotizar esos dos años sin necesidad de trabajar, y asi llegaría a tener 15 años de cotizaciones, preguntalo en la Seg. Social o entra en su web.
HOLA , TENGO UN FONDO DE PENSIONES POR EL AYUNTAMIENTO,EN LA ACTUALIDAD ESTOY COBRANDO DESDE MARZO DEL 2010 UNA PENSION PERMANENTE ABSOLUTA PARA TODO TRABJO CON CARACTER RETROACTVO DEL 19/11/2009. HE COBRADO DEL AYUNTAMENTO CON SUS RESPECTIVS DESCUENTOS ENERO Y FEBRERO, EN EL MES DE MARZO ME HICIERON UNA LIQUIDACIÓN, MI PREGUNTA ES CUANDO E EINTERESARIA RESCATRA EL PLAN DE PENSIONES EN FORMA DE CAPITAL ESTE AÑO 2010 O EN EL 2011, TENGO IGUALMENTE UNA INVALIDEZ DEL 55POR CIENTO
Página 1 de 1 - Tema con 8 Mensajes y 24750 Lecturas - Última modificación: 04/12/2010
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