Foro de Hipotecas y otros Prestamos: Foro donde se discuten Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con Prestamos, tanto Hipotecarios como de otro tipo, realizados por Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras
Efectivamente IberCja es una de las entidades que comercializa la Hipoteca Inversa en España. Sin embargo en el mercado actual existen otras 18 entidades que también la comercializan. Óptima Mayores es la primera consultora de España, tanto por volumen como por antigüedad, especializada en la gestión y contratación de Hipotecas Inversas. Ésto nos nos dota de la suficiente experiencia para recomedarle que simpre cuenten con los servicios de un asesor independiente ya que entre una oferta y otra puede haber una diferencia de hasta el doble en cuanto a la renta mensual.
También existe otra posibilidad de obtener una renta mensual. Se trata de la Renta Vitalicia Inmobiliaria, un contrato por el cual la Persona Mayor cobra una renta mensual durante el resto de su vida y puede seguir viviendo en su casa. A cambio que tras su fallecimiento la vivienda pase a ser propiedad del inversor que le ha estado pagando la renta.
También existe otra posibilidad de obtener una renta mensual. Se trata de la Renta Vitalicia Inmobiliaria, un contrato por el cual la Persona Mayor cobra una renta mensual durante el resto de su vida y puede seguir viviendo en su casa. A cambio que tras su fallecimiento la vivienda pase a ser propiedad del inversor que le ha estado pagando la renta.
Es mas favorable la hipoteca inversa, ya que la vivienda no pasa a ser propiedad del inversor sino que los herederos pueden a optar a quedarse con ella haciendo frente a los gastos ocasionados más un interés. Lógicamente puede haber casos que no les interese pero también puede ocurrir que fallezcan al año de constituir la inversa y su recuperación sería muy económica cosa que no ocurre con la Renta Vitalicia.
Sobre ésto hay un caso curiosísimo, ocurrido en Francia sobre los años 60, antecedentes de lo que hoy es la hipoteca inversa. Os cuento: un notario era vecino de un hombre de 80 años que tenía una buena casa y le ofreció pagarle una elevada cantidad mensual al vecino para quedarse con ella a su fallecimiento. El notario entonces tenía 45 años y murió 25 años después pero nunca difrutó de la casa de su vecino que continuaba en vida.¡¡¡ Había llegado a este acuerdo con el que durante mucho tiempo fué el hombre mas longevo de Francia!!!.
Es verídico. Y también es mala suerte, para el notario digo
Hola,
me surgen las siguientes dudas en referencia a la hipoteca inversa:
-De que cantidad se trataria como fuente complementaria de ingresos, entre otras cosas estamos hablando de una persona de 75 años, que no se lo que le podra restar de vida, pero si lleva jubilada desde los 65 no va a poder disfrutar de esa renta hasta 10 años después.
-No precisa vender la vivienda, pero entonces quien sigue pagando los gastos propios de la vivienda, es decir, el IBI, los seguros de hogar, los gastos de comunidad de vecinos, etcccc.....
-Luego se habla de un interes fijo, pero sera sobre una referencia, posiblemente la tasación que realicen de la vivienda, que de ser así cualquier hipotecado tendrá su experiencia, y a saber cual sera el tipo interes.
- Y todo ello para permitirte cobrar un extra, a saber, a sabiendas que ya tienes mas de 75 años, y con ello evitarte tener que venderla y pagar un alquiler, con lo que te sobra te creas tu propia pension,... O incluso a como estan hoy en día el tema de costes de las residencias de ancianos, privandote de poder ofrecer como pago de dicho coste esa vivienda y poder optar a vivir en una residencia de estas.
Me supongo que tendran sus numeros hechos y a como esta bajando el precio de la vivienda lo mismo te toca esperar a los 90 para que te den algo por tu vivienda, vamos en resumidas cuentas, una tomadura de pelo.
Un saludo.
Intento dar respuesta a continuación a tus preguntas:
- La cantidad a percibir depende de la edad de la persona mayor, del valor del inmueble y de las condiciones que aplique cada una de las entidades financieras. El plazo también dependerá de los criterios de la Entidad, para una persona de 75 años estará más o menos en los 15 años, si bien, como sabes la hipoteca inversa puede contratarse en la modalidad vitalicia de manera que la persona mayor tendrá garantizado el cobro de la mensualidad establecida de por vida.
- Todos los gastos asociados a la vivienda sigue pagandolos la Persona Mayor que contrata la Hipoteca Inversa. La titularidad de la casa no se modifica, solamente se constituye un crédito con la garantía de esa casa.
- Efectivamente, el tipo de interés en la hipoteca inversa es fijo (entre el 5,00 - 7,00 % según Entidades). Este interés se va aplicando sobre la deuda que se va acumulando mes a mes. El primer mes será sobre los gastos de constitución de la hipoteca más la primera mensualidad. El segundo mes será sobre la deuda ya acumulada en el primer mes más la nueva mensualidad cobrada y así hasta la finalización del crédito.
Por último, creo que la Hipoteca Inversa es una magnífica solución para muchas Personas Mayores que no pueden con sus pensiones tener una adecuada calidad de vida y que sin embargo tienen en su vivienda su mayor ahorro. ¿Por qué una tomadura de pelo? Es simplemente una solución, en la que evidentemente los bancos tienen un beneficio, pero a una persona mayor empezar a cobrar 700, 800, 900 €... Todos los meses les cambia la vida y además se quedan en su casa de siempre, sin tener que venderla, perder la referencia de su hogar de siempre, irse de alquiler u otras opciones similares. Además, si la Persona mayor quiere irse a una residencia puede alquilar la casa y obtener así más ingresos para poder pagarsela. De hecho, las residencias están encantadas con este producto que permite a sus clientes poder pagar las cuotas, ya que lo que sí que es vergonzoso y además está prohibido es que una Residencia se quede con una casa a cambio de mantener a una persona en su residencia hasta su fallecimiento.
Tambié n existe otra posibilidad de obtener una renta mensual. Se trata de la Renta Vitalicia Inmobiliaria, un contrato por el cual la Persona Mayor cobra una renta mensual durante el resto de su vida y puede seguir viviendo en su casa. A cambio que tras su fallecimiento la vivienda pase a ser propiedad del inversor que le ha estado pagando la renta.
Gruporetiro:Es igual de vergonzoso que se lo quede una residencia que se lo quede el banco ¿Dónde está la diferencia?. Siempre tiene que existir el que los familiares puedan rescatar esa vivienda. Hay entidades que así lo hacen.
Portuense: es que el piso no se lo queda un banco. El banco lo unico que hace es poner a tu disposición un producto que te facilita una solución a una situación económica y evidentemente cobra unos intereses a cambio. ¿Desde cuando un banco es una ong? ¿Por qué todos hacemos hipotecas para comprar nuestras casas y sin embargo esto nos parece mal? Yo creo que el verdadero problema es nuestra mentalidad (y así lo demuestra el hecho de que la Hipoteca Inversa esté ampliamente extendida en el resto de países desde hace décadas) y el afán de los herederos de quedarse con todo aunque sea a costa de que sus padres pasen penalidades, no puedan tener una persona que les ayude en casa, irse de viaje, etc.
Portuense: es que el piso no se lo queda un banco. El banco lo unico que hace es poner a tu disposición un producto que te facilita una solución a una situación económica y evidentemente cobra unos intereses a cambio. ¿Desde cuando un banco es una ong? ¿Por qué todos hacemos hipotecas para comprar nuestras casas y sin embargo esto nos parece mal? Yo creo que el verdadero problema es nuestra mentalidad (y así lo demuestra el hecho de que la Hipoteca Inversa esté ampliamente extendida en el resto de países desde hace décadas) y el afán de los herederos de quedarse con todo aunque sea a costa de que sus padres pasen penalidades, no puedan tener una persona que les ayude en casa, irse de viaje, etc.
Grupo Retiro, en la hipoteca inversa el banco no se queda con la vivienda, es como un prestamo hipotecario a la inversa, en el que el se recibe una renta y a cambio el banco paga una mensualidad. Al fallecimiento los herederos deben hacerse cargo de ese "prestamo" para recuperar la vivienda y si no pudiesen hacerlo el banco vende la propiedad, se cobra el préstamo y la diferencia la reintegra a los herederos. Corrígeme sino es así, pero en la Renta Vitalicia Inmobiliaría como tu mismo dijiste en tu primera intervención, al fallecimiento la propiedad pasa al inversor, es decir normalmente el banco. Por cierto desde luego que los bancos no son una Ong, estan para ganar dinero, cosa que no me parece mal, lo que si me parece mal es que a los bancos les sienten rematadamente peor, que los clientes exijamos cada vez más, que no queramos comisiones que no queremos que nos cobren administración, etc, cosa que desde este foro transmitimos y poco a poco la cultura financiera se va imponiendo y ya no somo tan tontos como antes. Por lo mismo: hipotecas inversas SÍ, pero como te he expuesto antes (como un préstamo a la inversa) y desde luego Renta Vitalicia Inmobiliaria, nada de nada.
Espero que me corrijas si estoy equivocado. Un saludo
Hola portuense, ante todo, agradecerte tus comentarios, ya que creo que hemos creado un debate muy interesante.
Evidentemente, cada persona tiene un criterio, pero mi opinión, dada la experiencia que tengo de muchos años conociendo infinidad de casos reales, se resume en: HIPOTECA INVERSA, SÍ; RENTA VITALICIA, SÍ.
La cuestión está en saber en que situaciones es más interesante una o la otra. Las mensualidades que se perciben con la Renta Vitalicia son en la mayoría de los casos entre un 25% - 40% superiores a la Hipoteca Inversa. Además, con esta opción, que cuenta con las máximas garantías legales, la persona mayor también se beneficia de dejar de pagar las cuotas extraordinarias de la vivienda, el Impuesto de Bienes Inmuebles y el seguro multirriesgo del continente de la vivienda. También puede alquilar la vivienda, porque como usufructuaria tiene ese derecho.
La Renta Vitalicia es siempre más aconsejable que la Hipoteca Inversa para aquellas Personas que no tengan hijos o herederos directos o que simplemente quieran rentabilizar al máximo en vida su vivienda.
Te pongo un claro ejemplo: una señora de 75 años, que percibe una pensión de viudedad bajita y que tiene una vivienda de 350.000 €. No tiene hijos, y los únicos familiares son unos sobrinos que la llaman una vez al año si es que la llaman. Desgraciadamente, como este ejemplo son miles en la vida real. Si esta señora contrata una Hipoteca Inversa puede recibir en el entorno de los 756 €, mientras que si realiza una Renta Vitalicia percibirá unos 1.150 €, además de dejar de pagar derramas extraordinarias, IBI y seguro. ¿Por qué va renunciar a obtener mayores ingresos y vivir mucho mejor? ¿Todo para que el día de mañana un montón de sobrinos se reparta lo que sobre una vez liquidada la deuda con el banco y pagado el impuesto de sucesiones? Particularmente, en este caso soy absolutamente partidaria de hacer una Renta Vitalicia, porque cuando te mueras tu casa no te la puedes llevar contigo, así que lo que tienes que procurar es que los años que vivas lo hagas lo mejor posible. Piensa que también se establecen rentas mínimas garantizadas para los herederos en caso de fallecimiento prematuro.
En definitiva, lo importante es que en nuestro país se esté ya cambiando por parte de las Personas Mayores la mentalidad y disfruten al máximo de lo que han conseguido con mucho esfuerzo durante años, sin tener esa idea de que si no dejas la casa en herencia no eres una buena persona. Después, el optar por una Renta Vitalicia o una Hipoteca Inversa será una decisión particular de cada persona. Por ello, para nosotros, lo importante es ofrecer siempre las dos alternativas a las Personas Mayores.
De nuevo, agradecerte tus comentarios sobre este debate que hemos tenido.
Comprendido Grupo Retiro, y gracias por reconocer que con la Renta Vitalicia al igual que en algunas residencias,la casa pasa a poder de los bancos, lo demás es demagogia. Cada uno que saque sus conclusiones.
Pues una compañera de trabajo lo consulto una vez con un banco para un familiar eso de la hipoteca inversa (no la renta vitalicia) y salio muy decepcionada. Le daban muy poco dinero, no se si 100 o 200 euros, y la casa no es que fuera tampoco una chabola. Al final desistieron, porque para cobrar solo 200 euros mas al mes teniendo ya 75 años, no les compensaba ese producto.
En mi caso, mis padres firmaron con la BilbaoBizkaiaKutxa una hipoteca inversa. Era indispensable que yo, como único heredero figurase como avalista, así que firmé. Hoy me arrepiento porque al término del contrato yo debo responder de la deuda acumulada (300.000 euros) con "todos mis bienes presentes y futuros", y nadie me asegura que el piso que heredaré alcanze ese valor. Estoy viendo que cuando llegue el día, yo tendre 65 años, alguno de mis padres posiblemente siga vivo y tenga que cuidarle, vender la casa en dos meses (es el plazo que me da el banco) y mi jubilación será el mínimo (es por lo que estoy cotizando)
Estoy a punto de decidir abortar la operación.
¿Algún consejo?
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