Foro de Domiciliación de Nominas: Foro de discusión sobre Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con la Domiciliación de Nomina. Es decir sobre esos Regalos que hacen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras para que abramos una Cuenta en su Oficina y Domiciliemos allí nuestra Sueldo.
raponchi entonces explicanos si puede ser cuanto tiempo te ha llevado gestionarlo todo...aunque sea aproximado! desde que firmaste los recibos, realizaste el ingreso de nomina y recibiste tu flamante regalazo!!
raponchi entonces explicanos si puede ser cuanto tiempo te ha llevado gestionarlo todo...aunque sea aproximado! desde que firmaste los recibos, realizaste el ingreso de nomina y recibiste tu flamante regalazo!!
Vamos a ver... Firmé los contratos el 11 de octubre, ingresé en efectivo mi "nómina" el 13. A lo largo de esta semana me llegaron las 2 tarjetas. Y ayer mismo, 21 me llamaron para recoger el cacharro. Y ya está.
Voy a probar con Imagengratis. Cada imagen es una página del contrato.
Raponchi, te gestionaron lo del ipad al recibir la tn o ya se habían cargado también los recibos?
Ah! Entregue una copia de los recibos a domiciliar el día 17. Por supuesto aún no se ha cobrado ninguno a través del Popular. E insisto que el ingreso de la nómina fue en efectivo, aunque en otra sucursal tuve la opción de simple transferencia. Nada de TN.
raponchi entonces explicanos si puede ser cuanto tiempo te ha llevado gestionarlo todo...aunque sea aproximado! desde que firmaste los recibos, realizaste el ingreso de nomina y recibiste tu flamante regalazo!!
Vamos a ver... Firmé los contratos el 11 de octubre, ingresé en efectivo mi "nómina" el 13. A lo largo de esta semana me llegaron las 2 tarjetas. Y ayer mismo, 21 me llamaron para recoger el cacharro. Y ya está.
Voy a probar con Imagengratis. Cada imagen es una página del contrato.
En el primer vistazo parece indicar sólo nomina o pension mediante transferencia nominas de empresas; aunque se deja la puerta abierta a otro tipo de ingresos siempre que se comunique al Banco.
Es decir estamos a expensas del Director de turno para que nos acepten o nó las TN y/o ingresos por ventanilla.
Con todo espero la colaboración de otros compañeros mas duchos en los contratos.
Con respecto a los que indicaban que no habia contrato de adhesion
Con respecto a los que indicaban que no habia contrato de adhesion
Respecto a eso, debo aclarar que este contrato me lo han entregado con el regalo, no antes. Imagino que a los demás les pasará lo mismo, hasta que no reciban el regalo, no firman el contrato.
Después de leer ese contrato de adhesion, creo que quedan claras un par de cosas:
-No admiten ningun tipo de transferencias (TN o no TN) que estén realizadas por el mismo titular.
-En caso de que no se trate de la nomina real, el cliente deberá notificar al banco por escrito que dicho abono corresponde al importe de su nómina. Y en este caso, y ya que la transferencia no puede ser realizada por el mismo titular, tan sólo aceptarian el ingreso EN EFECTIVO.
Estro es lo más importante que se puede entresacar del documento.
Saludos y espero que os sea de utilidad esta información.
Con respecto a los que indicaban que no habia contrato de adhesion
Respecto a eso, debo aclarar que este contrato me lo han entregado con el regalo, no antes. Imagino que a los demás les pasará lo mismo, hasta que no reciban el regalo, no firman el contrato.
En consecuencia me reafirmo: Estamos a expensas del director de la oficina de turno, que permite un tipo de ingreso y/o transferencia según sus objetivos y del cumplimiento de los mismos.
Por lo tanto a buscar oficinas nuevas y/o perdidas de la mano de dios.
En consecuencia me reafirmo: Estamos a expensas del director de la oficina de turno, que permite un tipo de ingreso y/o transferencia según sus objetivos y del cumplimiento de los mismos.
Pues yo entiendo justo lo contrario (salvo que me equivoque), a lo que estas a expensas es del contrato, no de lo que el director quiera inventarse.
Si existe un contrato que admite ciertas condiciones, esas son las que hay que cumplir, el director si le dejas por pedir te pedirá la luna.
Hola a todos, acabo de ver el "contrato" y veo alguna cosilla rara.
Os cuento, yo ya he pedido el ipad con estas condiciones (ya por escrito y en papel)
-comosiones semestrales 4 euros
-comisiones apuntes 0 euros
-tarjeta debito 15 euros/año
-tarjeta credito HALCON (0 euros si gastas más de 300 euros).
Hablando de la nómina, pregunté si el paro servía y me dijo que para coger el regalo NO, pero que si ahora tengo nómina y por cualquier motivo me fuese al paro, no debería haber problemas (pero esto verbalmente) y se computaría como "nomina".
Pero leyendo ahora el contrato (que no me han dado, aunque como habeis puntualizado, lo darán al recoger el regalo) veo que SUBSIDIO no se considera nomina, ya me pone en duda...
Despues de leer ese contrato de adhesion, creo que quedan claras un par de cosas:
-No admiten ningun tipo de transferencias (TN o no TN) que estén realizadas por el mismo titular.
-En caso de que no se trate de la nomina real, el cliente deberá notificar al banco por escrito que dicho abono corresponde al importe de su nómina. Y en este caso, y ya que la transferencia no puede ser realizada por el mismo titular, tan sólo aceptarian el ingreso EN EFECTIVO.
Estro es lo más importante que se puede entresacar del documento.
Saludos y espero que os sea de utilidad esta información.
De la cláusula:
"No se considerarán nómina o pensión los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayan sido notificados al Banco por el cliente como correspondientes a su nómina o pensión."
Yo interpreto que se podrán considerar como nómina las transferencias realizadas por el propio titular o ingresos en efectivo siempre que se haya notificado al Banco que éstos corresponden a su nómina.
Despues de leer ese contrato de adhesion, creo que quedan claras un par de cosas:
-No admiten ningun tipo de transferencias (TN o no TN) que estén realizadas por el mismo titular.
-En caso de que no se trate de la nomina real, el cliente deberá notificar al banco por escrito que dicho abono corresponde al importe de su nómina. Y en este caso, y ya que la transferencia no puede ser realizada por el mismo titular, tan sólo aceptarian el ingreso EN EFECTIVO.
Estro es lo más importante que se puede entresacar del documento.
Saludos y espero que os sea de utilidad esta información.
De la cláusula:
"No se considerarán nómina o pensión los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayan sido notificados al Banco por el cliente como correspondientes a su nómina o pensión."
Yo interpreto que se podrán considerar como nómina las transferencias realizadas por el propio titular o ingresos en efectivo siempre que se haya notificado al Banco que éstos corresponden a su nómina.
¿Alguien más lo interpreta así?
Yo soy de tu misma opinion.
Con la sóla comunicación al Banco y la aceptación por parte del mismo de la notificacion=que se pongan un sello en el escrito podríamos realizar transferencias normales como nominas.
Por lo de 'transferencias realizadas por el propio titular ', no tiene mucho sentido pues si cobras la nomina en otra entidad y la tienes atada por prestamo y/o regalo por domiciliación; lo logico es que se la envies de una cuenta de la que eres titular a otra cuenta que también eres titular en elpopular
¿Pero, podrian obliagrte a transferir el importe exacto de tu nomina??
Despues de leer ese contrato de adhesion, creo que quedan claras un par de cosas:
-No admiten ningun tipo de transferencias (TN o no TN) que estén realizadas por el mismo titular.
-En caso de que no se trate de la nomina real, el cliente deberá notificar al banco por escrito que dicho abono corresponde al importe de su nómina. Y en este caso, y ya que la transferencia no puede ser realizada por el mismo titular, tan sólo aceptarian el ingreso EN EFECTIVO.
Estro es lo más importante que se puede entresacar del documento.
Saludos y espero que os sea de utilidad esta información.
De la cláusula:
"No se considerarán nómina o pensión los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayan sido notificados al Banco por el cliente como correspondientes a su nómina o pensión."
¿Alguien más lo interpreta así?
Yo estoy contigo Juanka99.
Interpreto que se podrán considerar como nómina las transferencias realizadas por el propio titular o ingresos en efectivo siempre que se haya notificado al Banco que éstos corresponden a su nómina.
Por eso piden me han pedido para que sean válidas las TN un recibo de nómina; y de ahí que cada oficina interprete esta condición como quiere.
En consecuencia me reafirmo: Estamos a expensas del director de la oficina de turno, que permite un tipo de ingreso y/o transferencia según sus objetivos y del cumplimiento de los mismos.
Pues yo entiendo justo lo contrario (salvo que me equivoque), a lo que estas a expensas es del contrato, no de lo que el director quiera inventarse.
Si existe un contrato que admite ciertas condiciones, esas son las que hay que cumplir, el director si le dejas por pedir te pedirá la luna.
Saludos
Yo estoy con csatelite, juanka y demás
Es más, fue lo q me dijeron a mi, q dejaban constancia de q se ingresaba por transferencia y valía
Despues de leer ese contrato de adhesion, creo que quedan claras un par de cosas:
-No admiten ningun tipo de transferencias (TN o no TN) que estén realizadas por el mismo titular.
-En caso de que no se trate de la nomina real, el cliente deberá notificar al banco por escrito que dicho abono corresponde al importe de su nómina. Y en este caso, y ya que la transferencia no puede ser realizada por el mismo titular, tan sólo aceptarian el ingreso EN EFECTIVO.
Estro es lo más importante que se puede entresacar del documento.
Saludos y espero que os sea de utilidad esta información.
Así es, si ingresas en efectivo o por transferencia normal , para que se considere como nómina tienes que firmar un documento tipificado del banco :"modelo SER116" donde "MANIFIESTAS" que son en nombre de la empresa que te paga, indicando cuál es la misma y correspondiendo a una contraprestación en concepto de nómina.
Firmado el mismo, el banco considera cada uno de dichos pagos periódicos como una nómina “atípica” según su terminología bancaria, pero nómina a todos sus efectos internos pues acto seguido el director marcará en su sistema con una clave que dichos pagos corresponden a una nómina (no se extralimita de ningún modo pues simplemente lee sin tener por qué dudar de lo que acabas de manifestar y firmarle por escrito) cumpliendo las condiciones de la promoción.
Según me comentaron, ésta es la opción que suelen dar, cuando les comentas o pruebas que tienes la nómina real comprometida en otra entidad, por hipoteca, etc.
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