Foro de Domiciliación de Nominas: Foro de discusión sobre Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con la Domiciliación de Nomina. Es decir sobre esos Regalos que hacen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras para que abramos una Cuenta en su Oficina y Domiciliemos allí nuestra Sueldo.
Así mismo que hay que notificarlo al banco, impreso ser 116 y ahí explicitas que la persona que te ha hecho el pago tiene una relación laboral contigo, con lo cual si quieren te pueden pedir una nómina y en ella deben figurar los datos de quien te paga la nómina de popular, falsificar esto seria delito
Siento no estar de acuerdo contigo en cuanto a la interpretación del documento ser116. No sé de donde sacas esas conclusiones a la vista del documento.
No veo que con él informes que la persona que envia la transferencia tiene una relación laboral contigo (ni siquiera hay que figurar su nombre en el ser116). Yo lo veo tan sencillo como que mi nomina la tengo domiciliada en el banco "Dinerin" y una vez que recibo el dinero allí, yo u otra persona desde esa cuenta ordena una transferencia al popular y que ese dinero que se recibe mediante esa transferencia es, proviene o corresponde a una contraprestación en concepto de nomina. Y así es, el dinero que se reciba en el popular corresponde a las contraprestaciones en concepto de nomina que te ingresa tu empresa en el banco "Dinerin" NI MAS NI MENOS.
O estoy yo muy equivocado o esa es la unica conclusion valida que se puede sacar del documento ser116.
Lo de la relación laboral lo pone en el contrato subido en la primera pagina
Lo de la relación laboral lo pone en el contrato subido en la primera pagina
A lo que te refieres que lo pone en el contrato, después de su detenida lectura, llego a la siguiente conclusion:
En la clausula TERCERA define lo que se entiende por nomina y ahí es donde habla que son los haberes percibidos por los trbajadores en el marco de una relación laboral (hasta ahí de acuerdo). A continuación dice que no se consideraran nomina los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayas notificado al banco como correspondientes a tu nómina.
Sigo teniendolo claro, la nomina NO la tienes ingresada en el Popular (ya que allí no te entra como tal), lo que haces es comunicarle al banco (mediante ser116) que las transferencias realizadas por ti mismo o los ingresos en efectivo corresponden a tu nomina, NO QUE SEA ÉSTE EL METODO DE PAGO DE TU NOMINA, en ningun caso les estas comunicando que en tu caso la nomina te la pagua alguien mediante una transferencia ni que la cobres en efectivo y por eso la ingresas en ventanilla.
Sigo sin ver esa interpretación a la que tu te refieres.
Saludos
Última edición por Csatelite el Lun Ene 23, 2012 10:32 am, editado 1 vez
Lo de la relación laboral lo pone en el contrato subido en la primera pagina
A lo que te refieres que lo pone en el contrato, después de su detenida lectura, llego a la siguiente conclusion:
En la clausula TERCERA define lo que se entiende por nomina y ahí es donde habla que son los haberes percibidos por los trbajadores en el marco de una relación laboral (hasta ahí de acuerdo). A continuación dice que no se consideraran nomina los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayas notificado al banco como [b]correspondientes[/] a tu nómina.
Sigo teniendolo claro, la nomina NO la tienes ingresada en el Popular (ya que allí no te entra como tal), lo que haces es comunicarle al banco (mediante ser116) que las transferencias realizadas por ti mismo o los ingresos en efectivo corresponden a tu nomina, NO QUE SEA ÉSTE EL METODO DE PAGO DE TU NOMINA, en ningun caso les estas comunicando que en tu caso la nomina te la pagua alguien mediante una transferencia ni que la cobres en efectivo y por eso la ingresas en ventanilla.
Sigo sin ver esa interpretación a la que tu te refieres.
Saludos
Yo no lo interpreto como que tu nómina está en otro banco, si no como que tu empresa no te paga por nómina automática y te pagan por transferencia normal, por eso tienes una relación laboral con quien te paga
De todas maneras ese es el punto más ambiguo, pero lo que si está claro es que te tiene que pagar otro en cualquier caso
pero lo que si está claro es que te tiene que pagar otro en cualquier caso
De verdad toni, no sé de donde sacas esas conclusiones.
Precisamente en ese punto lo que no pone, ni siquiera se intuye es que lo tenga que pagar otra persona (aunque tampoco lo prohibe).
Transcribo literalmente:
"no se consideraran nomina los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayas notificado al banco como correspondientes a tu nómina"
Habla de las transferencias realizadas por EL PROPIO TITULAR o los ingresos en efectivo (SIN ESPECIFICAR QUIEN PUDIERA INGRESARLOS)
¿Donde pone lo de que los realice otra persona en cualquier caso?
"no se consideraran nomina los importes de las transferencias realizadas por el propio titular "
Yo lo veo clarito vamos, los ingresos da igual quien los haga...
Pero hombre, no cortes la frase por ahí, que la frase continua.!!!
"no se consideraran nomina los importes de las transferencias realizadas por el propio titular o los ingresos en efectivo que no hayan sido notificados al Banco por el cliente como correspondientes a su nomina"
Es decir, que si se lo comunicas al banco valen tanto las transferencias realizadas por el propio titular como los ingresos en efectivo. Nada dice de que tenga que ser otra persona y que de ahí se deduzca que tiene una relación laboral contigo, como antes afirmabas.
"no se consideraran nomina los importes de las transferencias realizadas por el propio titular "
PEro debes añadirle esto
que no hayas notificado al banco como correspondientes a tu nómina
Y en realidad al firmar el ser116 están notificándolo no?
Mi opinión es esa, y yo creo que realmente sólo se puede reclamar hasta cierto punto y que hay un agujero legal donde el beneficiado seguramente sea el banco
Yo he optado por no reclamar (en principio) pero no quiere decir que bien argumetnado no se pueda ganar algo, o al menos molestar como hacíais referencia...pero habría que anexar contrato, y ver que se cumplen los puntos indicados (en mi opinión)
Hoy han tenido los santos cojones de llamarme para hacerme una encuesta de satisfacción cuando aún ni se han dignado en contestar a la reclamación que puse hace ya 2 semanas.
Yo he optado por no reclamar (en principio) pero no quiere decir que bien argumetnado no se pueda ganar algo, o al menos molestar como hacíais referencia...pero habría que anexar contrato, y ver que se cumplen los puntos indicados (en mi opinión)
El no reclamar en principio, supone que al final también te quedas seguro sin el ipad o macbook de esta gente, y te han estado mareando y jugando con tu dinero, tiempo e ilusiones por el regalo, pero me parece muy respetable tu postura.
Yo he optado por no reclamar (en principio) pero no quiere decir que bien argumetnado no se pueda ganar algo, o al menos molestar como hacíais referencia...pero habría que anexar contrato, y ver que se cumplen los puntos indicados (en mi opinión)
El no reclamar en principio, supone que al final también te quedas seguro sin el ipad o macbook de esta gente, y te han estado mareando y jugando con tu dinero, tiempo e ilusiones por el regalo, pero me parece muy respetable tu postura.
Soy de los que piensan que a los bancos hay que reclamarlos siempre. En este foro habreis visto ejemplos ilustrativos de lo que se consigue con un buen escrito una vez agotada la vía verbal. Una vez puestos a escribir nunca faltan argumentos.
Como suelo decir, si reclamas a lo mejor ganas sino lo haces seguro pierdes.
Yo pienso como cuenta13 y portuense, hay que reclamarles, aunque solo sea por el tiempo que nos han hecho perder. Yo todavía estoy esperando que los de marketing digan algo, pero por si acaso voy a ir empezando a redactar alguna reclamación....
_________________ Hace más el que quiere que el que puede...
Opino igual. El modo de evitar que abusen o se pasen por el forro los compromisos es reclamar.
Llevo unas cuantas reclamaciones. A ver en qué quedan...
Opino igual. El modo de evitar que abusen o se pasen por el forro los compromisos es reclamar.
Llevo unas cuantas reclamaciones. A ver en qué quedan...
Contestación a la reclamación que puse en la web del banco popular:
Code::
Acusamos recibo a su correo electrónico de fecha 5 de enero de 2012, y en contestación al mismo, le indicamos que este Servicio de Atención al Cliente ha observado que durante el periodo de la campaña de domiciliación de nuevas nóminas, usted no cumplió con los requisitos de la misma, motivo por el cual no fue posible la entrega del regalo correspondiente.
Sin embargo, hemos tenido conocimiento de que la sucursal, a pesar de encontrarse fuera del plazo de la campaña y como atención comercial, le ha ofrecido dicho regalo, condicionando su entrega a la correcta domiciliación de su nómina y cumplimiento de los demás requisitos a lo cual usted no ha accedido.
Por todo ello, procedemos a cerrar su expediente de reclamación.
Atentamente,
Banco Popular
Servicio de Atención al Cliente
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