Foro de Domiciliación de Nominas: Foro de discusión sobre Ofertas, Promociones y Noticias relacionadas con la Domiciliación de Nomina. Es decir sobre esos Regalos que hacen Bancos, Cajas de Ahorros y otras Entidades Financieras para que abramos una Cuenta en su Oficina y Domiciliemos allí nuestra Sueldo.
Quería contaros mi caso para que por favor me dierais vuestra opinión.
He ido a preguntar a un Bankia si podía ingresar mi nómina de "x" (x<2500) y además, hacer todos los meses una transferencia "y" tal que x+y>2500.
Me han dicho que sí puedo, pero que la otra transferencia tiene que ser "en concepto de nómina". Yo le he pedido que me especifique ese tema y no me lo han dejado muy claro, ya que la persona decía "con que pongas en la descripción de la transferencia la palabra NOMINA, ya vale", sin decirme nada de ... otro tipo de transferencias.... (me dio reparo preguntar por si se refería a ese tipo de transferencias)
Le he dicho que si me lo puede dejar por escrito, pero se limitó a señalarme que no hacía falta, porque lo ponía en las condiciones impresas: "en concepto de nómina".
¿Creéis que debo insistir más o para vosotros sería suficiente ese término impreso "en concepto de nómina" refiriéndose a poner el texto y punto, sin que sea ...otro tipo de transferencia...?
Que conste que entiendo la diferencia entre ambos tipos de transferencias. Sólo quiero saber si con lo que pone en el impreso y me ha dicho, ya es suficiente para que el resto que me falta para llegar a los 2500 pueda ponerlos como una transferencia normal y corriente con el texto "NOMINA".
Quería contaros mi caso para que por favor me dierais vuestra opinión.
He ido a preguntar a un Bankia si podía ingresar mi nómina de "x" (x<2500) y además, hacer todos los meses una transferencia "y" tal que x+y>2500.
Me han dicho que sí puedo, pero que la otra transferencia tiene que ser "en concepto de nómina". Yo le he pedido que me especifique ese tema y no me lo han dejado muy claro, ya que la persona decía "con que pongas en la descripción de la transferencia la palabra NOMINA, ya vale", sin decirme nada de ... otro tipo de transferencias.... (me dio reparo preguntar por si se refería a ese tipo de transferencias)
Le he dicho que si me lo puede dejar por escrito, pero se limitó a señalarme que no hacía falta, porque lo ponía en las condiciones impresas: "en concepto de nómina".
¿Creéis que debo insistir más o para vosotros sería suficiente ese término impreso "en concepto de nómina" refiriéndose a poner el texto y punto, sin que sea ...otro tipo de transferencia...?
Que conste que entiendo la diferencia entre ambos tipos de transferencias. Sólo quiero saber si con lo que pone en el impreso y me ha dicho, ya es suficiente para que el resto que me falta para llegar a los 2500 pueda ponerlos como una transferencia normal y corriente con el texto "NOMINA".
Gracias!!
Sólo una pregunta:
tienes algún inconveniente a hacer TraNsferencias de las nuestras?
Si no es así, no entiendo ese ánimo de rizar el rizo y buscar el "más difícil todavía".
Sabemos como actúan los bancos, pero a veces se lo ponemos a huevo...
y de verdad, te lo digo sin ánimo de polémica.
Saludos.
Tengo dudas sobre la legitimidad que pueda tener yo, asalariado, para hacer TNts sin consecuencias fiscales. Y peor aún, involucrando a otra persona en todo esto.
Preguntando y preguntando nadie me asegura 100% que no hay ninguna repercusión posible. Sé que a todos se os ha dado bien hasta ahora, pero aunque eso haya ocurrido, sigo viendo peligroso poder emitir transferencias como si yo, sin ser autónomo, estuviese pagando a alguien por un trabajo que no ha realizado.
Me han dado un teléfono (901 335 533) para informarme directamente sobre la "legalidad" o no de esa operación en mi caso... a ver qué me dicen.
Pero por el momento, querría saber si es posible que sin que sea TNt se puede cumplir la promoción con Bankia; evitando futuros problemas por si Hacienda tira de la manta, o por si los bancos tipo Cajamar se ponen duros en ese sentido a mitad de promoción.
Agradecería vuestra experta opinión sobre todo esto
Cuidadito con que dices y que no dices cuando llames a Hacienda.
Aunque en mi opinion, creo que poco o nada te van a aclarar ya que en este servicio de consulta telefonica estan preparados para las 3 o 4 tipicas preguntas y si les sacas de ahi "improvisan", ademas las consultas telefonicas no son vinculantes. Si se pretende una respuesta seria, habria que realizarla por escrito, y creo yo que eso podria levantar el animo investigador de nuestra queridisima Hacienda en estos momentos de necesidad recaudatoria.
Para mi existe un perfecto argumento: una cosa es "una cerveza TIPO alemana" y otra cosa es "una cerveza alemana".
La primera lo que es seguro es que es una cerveza, pero no podremos afirmar que es alemana, ya que para que lo sea tendra que reunir otra serie de condiciones (contrato, realizar retenciones irpf, alta y tc1/2 de la seg social, etc).
Sencillamente lo que creo que nosotros hacemos, es utilizar una herramienta que nos ofrece el banco correcta o incorrectamente. De ahi a que se pueda afirmar por parte de Hacienda que existe una relacion laboral, creo que es mucho imaginar, y en todo caso se estarian comentiendo antes otro tipo de irregularidades, las que mencioné precisamente dentro del parentesis.
Tengo dudas sobre la legitimidad que pueda tener yo, asalariado, para hacer TNts sin consecuencias fiscales. Y peor aún, involucrando a otra persona en todo esto.
Preguntando y preguntando nadie me asegura 100% que no hay ninguna repercusión posible. Sé que a todos se os ha dado bien hasta ahora, pero aunque eso haya ocurrido, sigo viendo peligroso poder emitir transferencias como si yo, sin ser autónomo, estuviese pagando a alguien por un trabajo que no ha realizado.
Me han dado un teléfono (901 335 533) para informarme directamente sobre la "legalidad" o no de esa operación en mi caso... a ver qué me dicen.
Pero por el momento, querría saber si es posible que sin que sea TNt se puede cumplir la promoción con Bankia; evitando futuros problemas por si Hacienda tira de la manta, o por si los bancos tipo Cajamar se ponen duros en ese sentido a mitad de promoción.
Agradecería vuestra experta opinión sobre todo esto
Saludos!!
A ver. Te doy mi opinión conforme a mi experiencia.
Llamar a hacienda o preguntar continuamente a los bancos sólo puede tener una consecuencia: matar la gallina de los huevos de oro.
Legitimidad: Es legítimo que un banco cobre comisiones por tener una cta. Para sólo atender recibos de hipoteca? El B. España dice que no pero lo hacen.
Cuál es la ilegalidad de hacer tal o cual transferencia siendo tú titular en ambas cuentas?
Voy más allá: Es legítimo meter en la hipoteca los muebles, el coche, el yate etc? Los bancos lo permiten y se deduce Irpf con la hipoteca. Se mete hacienda?
En el caso que nos ocupa, en ningún momento hay fraude a hacienda, así que no busquemos las cosquillas a ésta o a hacienda, pxd
Por favor, no llames a hacienda, la opinión de los viajes a Tenerife ya se ha expresado claramente muchas veces y es dar las vueltas a lo mismo, pero como dicen por aquí, una cosa es "viajar" y otra cosa es llamar a hacienda y con otra palabras decirles "oye, no se si me podeis empapelar, investigad, por favor"...
Aún así, mi opinión es que no te pueden empapelar, pero vamos, que necesidad...
Si tu te sientes intranquilo haciendo TN, lo mejor es no hacerlas, y dormir tranquilo.
Y tienes razón, la Caja del Mar y similares, cualquier día cortan el chollo, por eso cada cual asume el riesgo que puede o está dispuesto a asumir.
Respecto a lo que te digan en la sucursal, tampoco es vinculante, lo único vinculante es lo que firmas y lo que tienen en sus folletos o en la página, en este caso las bases de la promoción, cuyo enlace está expuesto al prinpcipio del hilo.
sportingista, abundo en lo dicho por todos, si tienes miedo no vayas al banco, nadie del foro te va a poder asegurar nada, en el teléfono mágico TAMPOCO y puedes crear un problema.
Opino que no puede ocurrir nada, yo pongo una nómina de una cuenta mía a otra cuenta mía, si investigasen para recaudar ¿qué?¿dónde está la ganancia para que me cobre hacienda? ¿En el Ipad? Pues ya pagamos por ello.
De cualquier modo el banco no va a dar esa información tuya a no ser que se la pidan directamente alguien autorizado, son las empresas las obligadas a pasar a hacienda la información de nóminas, no los bancos.
Con respecto a que cualquier día cortan el grifo de las TN, nadie puede asegurar que no ocurra, es un riesgo que cada cual debe decidir si merece la pena asumirlo o no.
La verdad es que si no estás tranquilo, nadie te pone una pistola en la cabeza para que hagas TN, pero de ahí a llamar directamente a Hacienda....Te propongo algo mejor. Si de verdad quieres el iPad2 y quitarte de problemas, te llegas al Corte Inglés, y lo financias a 12 meses sin intereses. Fácil, rápido y no tienes que desembolsar el dinero en una única vez. Además se te queda en una cuota de unos 40-45€, vamos que lo pagas sin enterarte
Hay líneas que no hay que cruzar, y sobre todo, tener 2 dedos de frente para saber cuáles son esas líneas, y te puedo asegurar que llamar a Hacienda, aparte de que no te van a resolver la duda, es una línea muy peligrosa.
Al final cada uno es libre de hacer lo que quiera, pero por favor, cuidado con lo que se hace porque puede que perjudiques a otras personas.
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