A partir del 04-04-2011, sin esperar a recibirlo en vuestro domicilio, se puede solicitar el borrador de la renta o los datos fiscales accediendo a la página web, existiendo como novedad que si se está de acuerdo con el borrador, SE PODRA CONFIRMAR, siempre que la confirmación se haga por vía telemática, siendo necesario el nif y el importe de la casilla 698.
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