como podemos conseguir el borrador de la si no sabemos cuál es la casilla 620 de la declaración de año pasado?
Qué extraño que preguntes eso cuando en el mismo enlace que pones dejáis claro lo siguiente "Declaración de la Renta realizada por profesionales del derecho y la asesoría fiscal".
Me huele a un claro ejemplo de spam para darse a conocer...
Un saludo.
Gracias por el aviso, cada vez son mas sibilinos haciendo Spam.
Ya ha sido borrado su mensaje y editadas las citas donde salía su web, iba a borrar todo el post, pero como Portuense ha dejado un teléfono que puede ser de interés, lo dejo así
como podemos conseguir el borrador de la si no sabemos cuál es la casilla 620 de la declaración de año pasado?
Qué extraño que preguntes eso cuando en el mismo enlace que pones dejáis claro lo siguiente "Declaración de la Renta realizada por profesionales del derecho y la asesoría fiscal".
Me huele a un claro ejemplo de spam para darse a conocer...
como podemos conseguir el borrador de la si no sabemos cuál es la casilla 620 de la declaración de año pasado?
no tienes mas remedio que hacerlo directamente sin borrador con los datos fiscales de que dispongas o bien llamando al 901 12 12 24 y te informarán debidamente.
Continuando con un comentario anterior cuando estas en una cuenta como autorizado, aunque la cuenta genere interés no afecta en la declaración de la renta para la persona que esta autorizada.
bienvenido. Como dices, sólo afecta a titulares de cuentas,préstamos,depos,etc. La figura de autorizado es para manejar los fondos de dichos productos.
Aún así, siempre es conveniente revisar el borrador, no es la primera vez que pensamos que estamos como autorizados, y el operario del banco nos incluyó como titular.
saludos
Continuando con un comentario anterior cuando estas en una cuenta como autorizado, aunque la cuenta genere interés no afecta en la declaración de la renta para la persona que esta autorizada.
Relacionado con la Renta, y cómo no, con el habitual mal funcionamiento de nuestro amigo el "gigante azul", el BBVA.
Comprobad los DATOS FISCALES de Hipotecas que están emitiendo el BBVA; los están emitiendo mal, y cómo no, en perjuicio del hipotecado. Así, no están recogiendo los últimos movimientos de las hipotecas del mes de Diciembre, con lo que puede haber una cuota o sobre todo amortizaciones de final de año que no recogen. Dicen que "están arreglándolo" y en "breve" volverán a emitir dicha información Fiscal.
Por tanto, especialmente aquel que tenga Hipotecas (deducible, claro) en el BBVA, que CONSULTE LOS DATOS FISCALES que tiene HACIENDA, a ver si los han comunicado bien, porque el lío y sobre todo el engorro de papeleos con Hacienda puede ser monumental, por un error en la comunicación de los Datos Fiscales.
Lo mejor como se ha dicho: SOLICITAD EL BORRADOR y comprobad dichos datos.
No es que sea un experto en declaraciones de la renta, así que no te lo tomes al pie de la letra.
Cuando preguntaste sobre si es mejor ser cotitular o autorizado, comentarte que si la cuenta no genera intereses a efectos de IRPF no afecta.
Y si un familiar abre un depósito con dinero tuyo, los ingresos computan en la casilla correspondiente lo que le puede perjudicar dependiendo de los baremos. Para saberlo con exactitud tendría que jugar con el programa PADRE de la AEAT.
Bueno calentando motores para cobrar unos eurillos de hacienda (algunos, claro)... ya queda menos. De aquí a poquito ya podemos hacer nuestros cálculos.
DESDE EL 4 DE ABRIL HASTA EL 27 DE JUNIO BORRADOR DE LA DECLARACIÓN DE RENTA 2010
- Solicitud del borrador de declaración.
- Confirmación del borrador de declaración con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
DESDE EL 4 DE ABRIL HASTA EL 30 DE JUNIO BORRADOR DE LA DECLARACIÓN DE RENTA 2010
- Confirmación del borrador de declaración con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación en cuenta.
Hola,
a ver sobre el tema fechas......
En enero si te corresponden los 100 euros, en Febrero tambien,.... hasta ahi claro, no tienes que devolver nada.
Respecto de marzo, todo depende si aunque hayas cogido la excedencia SI HAS COTIZADO ALGO a la SEg.Social de ese mes, de ser asi SI te corresponden los 100 euros, pero si de todo el mes de marzo NO has cotizado ni un solo dia a la SEg.Social entonces te tocaria devolver los 100 euros, que eso toca en el momento que hagas la declaracion de la renta que sera en junio del año que viene.
Respecto de los siguientes meses a partir de marzo, SI sigues en excedencia y por tanto NO estas cotizando a la SEg.Social, entonces los 100 euros NO te corresponden y seran cantidades a sumar para luego devolver.
Mi consejo, cuando llegue el momento de la declaracion en el borrador o resumen de datos fiscales te aparecera lo cotizado a la SEg.Social y es solo comprobar a que meses corresponde, aquellos meses a los que no hayas cotizado NI UN SOLO DIA DEL MES entonces no le corresponden los 100 euros, pero aquellos en los que hayas cotizado aunque sea un solo dia, SI. En conclusion, aunque sigas recibiendo los 100 euros... Leer más ...
Hola,
segun informa la propia aeat.es, LOS BORRADORES ESTAN DISPONIBLES A PARTIR DEL DIA 05 DE ABRIL,
como todos los años, tener en cuenta que SUELEN VENIR INCORRECTOS, para aquellos los quieran confirmar, pero que sin embargo si que sirven de ayuda para tener los datos fiscales a añadir a la declaracion de la renta.
Lo que todavia ignoro es cuando empezara a estar disponible en nuevo programa PADRE para empezar a ir realizandola.
Hola,
si es que no tienes certificado que te habilite para el acceso, pues solicitarlo y te mandarán al móvil un mensaje con un numero que debes emplear luego en la pagina web de ellos para poderlo ver.
No obstante existe un teléfono de atención al contribuyente, que lo tienes en la propia pagina y en el que puedes consultar, plantear y todo lo que se te ocurra con referencia al borrador o la Declaración de la Renta.
901.33.55.33
Un saludo.
Hola,
entra en la pagina www.aeat.es, despues busca en particulares la opción Renta 08, y dentro de esta la opción Borrador o Datos Fiscales, de la nueva pagina se te habra teclea tu DNI completo y apellido, a continuación recibirás si no tienes certificado digital, una contraseña larga en tu número de móvil, si lo tienes dado a Hacienda, y colocando el mismo tienes acceso al Borrador o Datos Fiscales.
Un saludo.
Hola,
para que las obras tengan validez como desgravación sea sobre el total del coste, sea sobre la financiación empleada en el pago del coste, esta obra debe reunir una serie de condiciones por la que se entienda que se trata de una rehabilitación, ahora mismo no sabría decirte todas las condiciones pero si te metes en la pagina web de la Agencia y tecleas sobre consultas y lo haces sobre rehabilitación, lo veras detallado, y sino tambien en el manual IRPF 2008 que ya está disponible, y en el capitulo sobre desgravación vivienda.
En principio y por lo que creo recordar, un simple cerramiento de terraza no lo considera una obra o reforma de rehabilitación, por lo que los gastos te suponga dicho cerramiento no se podrían deducir en la declaración de la renta. No obstante para mayor certeza consultalo donde te he dicho y lo veras claro.
Un saludo.